Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2004 (02/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2004

rio modificar el articulo 6º de la Resolucion Directoral Municipal Nº 092-04-MML/DMTU, a fin de otorgar un plazo a las personas juridicas que vienen implementando su MORDAZA de estacionamiento de acuerdo a lo dispuesto por el citado Decreto, y puedan obtener la correspondiente ampliacion de su autorizacion; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ordenanza Nº 104, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y demas normas complementarias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo 6º de la Resolucion Directoral Municipal Nº 092-04-MML/DMTU, en el sentido siguiente: "Articulo 6º.- Otorguese un plazo de 120 dias calendario contado a partir del 30 de MORDAZA del 2004, para que las personas juridicas comprendidas en los alcances de la Resolucion Directoral Municipal Nº 001-04-MML/DMTU culminen la implementacion de su MORDAZA de estacionamiento conforme a lo dispuesto por el Decreto de Alcaldia Nº 032 y el inciso 4) del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Municipal Nº 001-04-MML/DMTU, asi como obtengan y presenten MORDAZA de la licencia de funcionamiento expedida por la Municipalidad Distrital correspondiente". Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion General de Transporte el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal 12318

plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, a traves del Informe Nº 135-2004-GR-MDA, la Gerencia de Rentas sustenta la necesidad de prorrogar la fecha de vencimiento, para el pago de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2004; Que, siendo politica de la Administracion el conceder las mayores facilidades a los contribuyentes propietarios de un predio con uso vivienda o predio sin construir para que se puedan acoger a los mencionados beneficios resulta necesario ampliar la fecha de vencimiento de la MORDAZA cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del presente ejercicio, asi como de los beneficios de descuento de los Arbitrios Municipales del presente ano; Que, mediante Proveido Nº 1931-2004-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades; aprobada por Ley Nº 27972 y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento para el pago de la MORDAZA cuota trimestral del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales a que se refiere el MORDAZA parrafo del Articulo 1º y 2º de la Ordenanza Nº 047-MDA, en los siguientes terminos: Pago Fraccionado MORDAZA Cuota Propietarios de un solo inmueble con uso vivienda o terreno sin construir: Vence el 15 de MORDAZA del 2004. Articulo 2º.- PRORROGAR, hasta el 15 de MORDAZA del 2004, la vigencia del incentivo otorgado del 8% de descuento sobre el pago total de la 2da., 3ra. y 4ta. cuota de los Arbitrios del ano 2004 aprobada mediante Ordenanza Nº 060-MDA. Articulo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, para lo cual contara con el apoyo de la Secretaria de Imagen Institucional, para la difusion respectiva, asi como de las demas areas de la Municipalidad en lo que fuera concerniente. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 12316

MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan plazo de pago de cuotas e incentivo referente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 030
Ate, 28 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Informe Nº 135-2004-GR-MDA de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 1699-2004-GAJMDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; asi como el Proveido Nº 1931-2004-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Ate mediante Ordenanza Nº 047-MDA, publicada el 9 de enero del 2004 fijo las fechas de vencimiento, para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2004, estableciendose que respecto de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, el pago de la MORDAZA cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales vence el 30 de junio del 2004; Que, asimismo con fecha 25 de junio del 2004 se publico la Ordenanza Municipal Nº 060-MDA, la cual en su Articulo Primero establece que los contribuyentes propietarios de un solo predio con uso vivienda y/o terreno sin construir que hayan cancelado la totalidad de la primera cuota de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2004 y cumplan con cancelar al contado la MORDAZA, tercera y cuarta cuota hasta el 30 de junio del presente ano se les otorgara el incentivo de descuento de ocho por ciento (8%) sobre los importes por pagar de las referidas cuotas facultando ademas al senor MORDAZA a prorrogar la vigencia de dicha Ordenanza mediante Decreto de Alcaldia previo informe de la Gerencia de Rentas; Que, de conformidad con el Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, el

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 07-2004-DA/MDB
Brena, 21 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, el 15 de MORDAZA del 2004 se celebra el Quincuagesimo MORDAZA Aniversario de Creacion Politica del distrito de Brena, establecido por Decreto Ley Nº 11059 de fecha 15 de MORDAZA de 1949; Que, el 28 de MORDAZA del 2004, se celebra el 183º Aniversario de la Independencia del Peru; Que, habiendose programado una serie de actividades que requieren de la participacion del vecindario brenense, corresponde una manifestacion tradicional de identificacion patriotica el cumplir con embanderamiento y la limpieza y/ o pintado de las fachadas en general de los inmuebles del distrito; Estando al merito de lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el Inc. 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

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