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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2004 (02/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G36/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de julio de 2004 razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 12224 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 316-2004-JEF/RENIEC Lima, 4 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 0860-2004/GP/SGDAC/HYC RE- NIEC, los Informes Nº 128-2003-GP/SGDAC/HYC RENIECy Nº 001-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº533-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Ase-soría Jurídica, de fecha 20 de mayo del 2004; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 18 de octubre del 2002, el ciudadano HUMBERTO ZACARIAS GUTIERREZ SÁNCHEZ inter-pone recurso de impugnación a la inscripción que contieneel apellido de casada que se consigna en el Documento deIdentidad Nº 32890611 a nombre de ESPERANZA AURO-RA GONZALEZ DE GUTIERREZ, por cuanto le causaperjuicio al registrar un estado civil que se encuentra di- suelto por mandato judicial, motivo por el cual la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Es-tado Civil, realiza la verificación de los documentos, evi-denciándose que con fecha 16 de agosto de 1984, la ciu-dadana ESPERANZA AURORA GONZALEZ DE GUTIE-RREZ obtiene la Inscripción Nº 32890611, declarando comoestado civil: casada. Posteriormente, en el año de 1999, lamisma ciudadana solicita el duplicado de la Inscripción Nº32890611, declarando los mismos datos; Que, por Oficio Nº 094/2002-OREC-MDS, de fecha 18 de diciembre del 2002, la Municipalidad Distrital de Santa -provincia del Santa - departamento de Ancash, informa quesí se encuentra registrada la Partida de Matrimonio deESPERANZA AURORA GONZALES RUTTE y HUMBER-TO ZACARIAS GUTIERREZ SÁNCHEZ, matrimonio reali-zado el 8 de octubre de 1976, la misma que contiene ano-tación marginal de la Sentencia de Divorcio inscrita en juliode 1992; Que, la ciudadana ROSA VÁSQUEZ DE MORI, con fecha 16 de mayo de 1988, se presenta ante el RegistroElectoral de Tarapoto y obtiene la Partida de Inscripción Nº01118568, asimismo, el día 5 de febrero del 2002, la mis-ma ciudadana solicita la rectificación de la Inscripción, estavez registrándose con el nombre de ROSA VASQUEZESTRELLA DE MORI, para lo cual adjunta Partida de Ma-trimonio Nº 64 expedida por la Municipalidad Distrital de laBanda de Shilcayo; Que, por Oficio Nº 0159-03-MDBSH, de fecha 10 de julio del 2003, la Municipalidad Distrital de La Banda deShilcayo informa que la ciudadana ROSA VASQUEZ ES-TRELLA DE MORI no se encuentra registrada en el Librode Matrimonios de dicho Registro Civil; Que, el comportamiento realizado por las ciudada- nas ESPERANZA AURORA GONZALEZ DE GUTIE-RREZ ó ESPERANZA AURORA GONZALES RUTTE yROSA VASQUEZ ESTRELLA DE MORI al haber inser-tado datos falsos ante el Registro, registrando informa-ción que no se ajusta a la realidad a fin de lograr suinscripción con una identidad que no le corresponde,constituye indicio razonable de la comisión de presuntodelito contra la Fe Pública, en la modalidad de FalsedadIdeológica, previsto y sancionado en el artículo 428º delCódigo Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que interponga las accionesque correspondan en defensa de los intereses del Estadoy del Registro Nacional de Identificación y Estado Civilcontra ESPERANZA AURORA GONZALEZ DE GUTIE-RREZ y ROSA VASQUEZ ESTRELLA DE MORI; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y repre-sentación de los intereses del Estado interponga las ac-ciones legales que correspondan contra ESPERANZAAURORA GONZALEZ DE GUTIERREZ o ESPERANZAAURORA GONZALES RUTTE y ROSA VASQUEZ ESTRE-LLA DE MORI, por presunto delito contra la Fe Pública, enla modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Esta-do y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Regis-tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los finesa que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12007 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 317-2004-JEF/RENIEC Lima, 4 de junio de 2004 Visto, los Oficios Nº 616 y Nº 615-2004-GP/RENIEC, los Informes Nº 142-2004-GO-SGREC/RENIEC y Nº 1290-2003-GO/DIEC/RENIEC, y el Informe Nº 566-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, defecha 31 de mayo del 2004. CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente laborfiscalizadora ha detectado que, en el año 1984, la ciudada-na ROSARIO CASTILLO OBANDO DE ZARATE obtienela Inscripción Nº 17929790, registrando haber nacido en eldistrito de Contumazá, provincia de Contumazá, departa-mento de Cajamarca con fecha 14 de septiembre de 1914.Posteriormente, solicita mediante trámite de rectificaciónde nombre, quedando registrada como OBDULIA DELROSARIO CASTILLO OBANDO DE ZARATE, y con fechade nacimiento 18 de junio de 1914, trámite para el cualadjunta como sustento la transcripción del Acta de Naci-miento Ordinaria Nº 76 emitida por el Jefe de Registro Civilde la Municipalidad Provincial de Contumaza, señor Er-nesto Hermenegildo Sánchez Castillo; Que, en el año 2003, la misma ciudadana solicita por segunda vez trámite de rectificación, registrándose estavez como ROSARIO CASTILLO OBANDO DE ZARATEcon fecha de nacimiento 14 de septiembre de 1914. Sien-do que en esta ocasión presenta como sustento transcrip-ción del Acta de Nacimiento Nº 76 expedida por el mismoJefe de Registro Civil de Contumazá; Que, con fecha 5 de septiembre del 2003, mediante Oficio Nº 018-RC-2003, el Jefe de Registro Civil señor Er-nesto Sánchez Castillo, remite transcripción de la Partidade Nacimiento Nº 76 perteneciente a OBDULIA DEL RO-SARIO CASTLLO OBANDO con fecha de nacimiento 18de junio de 1914, en cuyo reverso figura la firma del mis-mo, certificando la fidelidad del documento con el original; Que, mediante Informe Grafotécnico Nº 009/2004/GP/ BG/RENIEC determina que los documentos de sustentospresentados han sido suscritos por el ciudadano ERNES-TO HERMENEGILDO SÁNCHEZ CASTILLO, como Jefedel Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Contu-mazá, puesto que las firmas del mismo que figuran en losdocumentos presentan similitud con la firma que se visua-liza en el Sistema Automático del RENIEC; Que, con fecha 12 de marzo del 2003, el ciudadano MICAEL HUARANGA JESÚS, solicita Inscripción Regular