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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2004 (17/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de julio de 2004 miento de hospedaje en el que se desarrollará la III Ronda de Negociaciones, el cual debe contar con diez ambientespara las mesas de negociaciones, cada uno de ellos conuna capacidad de ingreso de hasta 45 personas, dotados de instalaciones eléctricas para computadoras y equipos de proyección; cinco ambientes para salas de control; tresambientes separados para ubicar salas con capacidad dehasta 100 personas cada una; un ambiente para sala dereuniones de los jefes de negociación; un ambiente parasala de prensa; capacidad para alojar a 300 personas aproximadamente, entre otros requerimientos; Que, en el Informe Técnico, antes referido se indica además que como resultado de los trabajos de investiga-ción de mercado, en el que se evaluó a los hoteles de Limade mayor infraestructura, se determinó que el estableci-miento más adecuado para la prestación de los servicios requeridos, es el HOTEL SHERATON, conducido por la empresa HOTELES SHERATON DEL PERÚ S.A., toda vezque es el único que cuenta con: capacidad de alojamientopara el hospedaje simultáneo de los integrantes de lasDelegaciones de Bolivia, Colombia, Ecuador y EstadosUnidos de Norte América; capacidad y disponibilidad si- multánea de los salones necesarios para el desarrollo de las diferentes reuniones; disponibilidad suficiente de esta-cionamientos para los asistentes al evento y disponibilidadde sus instalaciones en la oportunidad requerida; Que, los servicios que en el presente caso se requieren para la realización de la III Ronda de Negociaciones, no ad- miten sustitutos; por cuanto del informe de Visto se despren- de que éstos pueden ser brindados únicamente por el esta-blecimiento referido, configurándose la causal señalada; De acuerdo con el Informe de visto y con el Informe Nº 184- 2004-MINCETUR/SG-AJ, de la Oficina General deAsesoría Jurídica: De conformidad con los Artículos 19º inciso f) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, y Artículos 115º y 116º de su Reglamento,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adju- dicación Directa Pública para la contratación de los servicios de hotelería de la empresa HOTELES SHERATON DEL PERÚS.A., por tratarse de servicios que no admiten sustituto. Artículo 2º .- La Oficina General de Administración queda encargada, a través de la Oficina de Abastecimientoy Servicios Auxiliares de contratar a la mencionada em- presa, por el lapso de 11 días calendario computado a par- tir del 22 de julio del presente año, los servicios a los quese contrae el Artículo 1º de la presente Resolución, me-diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, sinexceder la cantidad de Treinta y ocho mil trescientos trecey 55/100 Dólares Americanos (US$ 38,313.55), que serán financiados con Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración remita copia de la presente Resolución y de losInformes que la sustentan a la Contraloría General de laRepública, dentro de los 10 días calendario siguientes a lafecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 13317 ECONOMÍA Y FINANZAS /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46/G2F /G37/G36/G2E/G30/G31/G2C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 037-2004-EF/76.01 Lima, 14 de julio de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 025-2004-EF/ 76.01 se aprobó la Directiva Nº 012-2004-EF/76.01, Direc- tiva para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2005; Que, la mencionada Directiva, en el artículo 34º, seña- la que para efectos de las reuniones de coordinación del anteproyecto del Presupuesto Institucional 2005 los Go- biernos Regionales deben presentar hasta el 15 de julio del presente año fiscal el "Informe Sustentatorio del Ante- proyecto de Presupuesto Institucional 2005"; Que, asimismo, el artículo 33º de la citada Directiva, señala que a partir del 19 de julio del presente año, se efec- túan las Reuniones de Coordinación Presupuestal Año Fis- cal 2005, con la Dirección Nacional de Presupuesto Públi- co, de acuerdo al Cronograma de Reuniones dispuesto en el Anexo Nº 05/GR; Que, con el objeto que los Pliegos de los Gobiernos Regionales reúnan la información necesaria para la For- mulación Presupuestaria, correspondiente al año fis- cal 2005, se hace necesario ajustar el Cronograma de Reuniones de Coordinación Presupuestal Año Fiscal 2005 (Anexo Nº 05/ GR) contenida en la citada Directi- va, así como, modificar el primer párrafo del artículo 34º, fijando un nuevo plazo para la presentación del "In- forme Sustentatorio del Anteproyecto de Presupuesto Institucional 2005" atendiendo a las solicitudes presen- tadas por los Pliegos que conforman el nivel de Go- bierno Regional; De conformidad con la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de Econo- mía y Finanzas y normas modificatorias; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Fi- nanciera del Sector Público en concordancia con el artícu- lo 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el primer párrafo del artículo 34º de la Directiva Nº 012-2004-EF/76.01, Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupues- to Institucional de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2005, aprobada por la Resolución Directoral Nº 025- 2004-EF/76.01, conforme a lo siguiente: "Artículo 34º .- Informe Sustentatorio del anteproyecto de Presupuesto Institucional 2005 Para efectos de las reuniones de coordinación del ante- proyecto de Presupuesto Institucional los Pliegos Gobier- nos Regionales, deben presentar, hasta dos (2) días hábi- les antes de la fecha programada para la reunión de coor- dinación presupuestal respectiva, el "Informe Sustentato- rio del Anteproyecto de Presupuesto Institucional 2005", estructurado de la siguiente manera: (...) " Artículo 2º.- Modificar el Cronograma de Reuniones de Coordinación Presupuestal (Anexo Nº 05/GR) de la Di- rectiva Nº 012-2004-EF/76.01 - "Directiva para la Progra- mación, Formulación y Aprobación del Presupuesto Insti- tucional de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2005", aprobada por la Resolución Directoral Nº 025-2004- EF/76.01, conforme a lo siguiente: - Para los Pliegos Gobiernos Regionales cuyas reunio- nes de coordinación presupuestal estaban previstas para el día lunes 19 de julio, así como para los Gobiernos Re- gionales de Huánuco y Ayacucho, se establece como nue- va fecha para la reunión de coordinación presupuestal, el lunes 26 de julio. Regístrese y comuníquese.NELSON SHACK YALTA Director General 13374