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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de julio de 2004 públicas a los empleadores que se acrediten el cumplimien- to de la legislación laboral y la profundización de los dere-chos y principios fundamentales contenidos en la Declara-ción de 1998 de la OIT; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 650, Ley del Poder Ejecutivo, yel literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 137-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Plan Nacional de “FOMEN- TO DEL TRABAJO DECENTE Y LA COMPETITIVIDADEMPRESARIAL”, cuyo objetivo es la promoción y difusión de las prácticas laborales que hagan efectivos los dere- chos y principios fundamentales en el trabajo y mejoren lacompetitividad empresarial. Artículo 2º.- El Plan Nacional de “FOMENTO DEL TRA- BAJO DECENTE Y LA COMPETITIVIDAD EM-PRESARIAL” contemplará el otorgamiento de incentivos y certificaciones públicas a las empresas que volun- tariamente decidan incorporarse al programa, acreditandoel cumplimiento de la legislación laboral y la promoción delos principios y derechos fundamentales en el trabajo. Artículo 3º.- Autorícese la tramitación y/o expedición de los dispositivos que corresponda a fin de conformar: - Una comisión de especialistas encargada de la valida- ción del plan, de la elaboración de los indicadores de cum-plimiento de la legislación laboral y de promoción de losderechos y principios fundamentales en el trabajo, y delos mecanismos de auditoría a aplicarse como parte del programa. - Una comisión multisectorial encargada de determinar los incentivos a otorgarse a las empresas que voluntaria-mente decidan acceder al plan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 13267 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D /G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G76/G61/G6C/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G69/G6E/G64/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G72/GE1/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G22/G46/G6F/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G44/G65/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G69/G74/G69/G2D/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G72/G69/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2004-TR Lima, 14 de julio de 2004 Que, la Organización Internacional del Trabajo viene promoviendo el objetivo del “trabajo decente”, esto es, lacreación de empleos de calidad con pleno disfrute de losderechos laborales y con respeto a la dignidad de la per- sona, lo que inevitablemente conduce al Estado a una la- bor de fomento e incentivo de toda buena práctica laboralque tienda al logro de tal objetivo; Que, en nuestro país se verifican aún algunos niveles de inobservancia de las normas laborales, lo que incide negativa-mente en la efectividad de ciertos derechos laborales consi- derados como fundamentales y en la competitividad empre- sarial; revelando todo ello la necesidad de reforzar la convic-ción de los propios actores sociales de que sólo una conductaempresarial respetuosa de la legislación y los derechos fun-damentales en el trabajo hace sostenible y competitivo un pro-yecto empresarial y, además, contribuye a la creación de una cultura de cumplimiento de los derechos laborales; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, al amparo de lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 27711,ha creado mediante Resolución Ministerial Nº 181-2004-TRel Plan Nacional de “FOMENTO DEL TRABAJO DECENTEY LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL”, cuyo objetivo es la promoción y difusión de las prácticas laborales que ha- gan efectivos los derechos y principios fundamentales en eltrabajo y mejoren la competitividad empresarial;Que para el logro de tal fin, el Plan Nacional prevé el otor- gamiento de incentivos y certificaciones públicas a los em-pleadores que se acrediten el cumplimiento de la legislaciónlaboral y la profundización de los derechos y principios fun- damentales contenidos en la Declaración de 1998 de la OIT; Que, el artículo 3º de la mencionada Resolución prevé que la implementación de este plan requiere de la colabora-ción y participación de instituciones y profesionales espe-cializados en la materia, que puedan realizar la validacióndel Plan, así como la fijación de los indicadores a verificarse para acceder a los beneficios que brindaría el plan y como los procedimientos de auditoría o verificación a utilizarse; De conformidad con lo establecido en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y elliteral d) del artículo 12ª del Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 137-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación de la Comisión Técnica Constitúyase una Comisión Técnica encargada de: - Efectuar la validación del Plan Nacional “FOMENTO DEL TRABAJO DECENTE Y LA COMPETITIVIDAD EM-PRESARIAL”. - Elaborar los indicadores de cumplimiento de las nor- mas laborales y efectividad de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a utilizarse para acceder al Plan Nacional de “FOMENTO DEL TRABAJO DECENTEY LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL” - Elaborar de los procedimientos de auditoría que se aplicarán en el Plan Nacional “FOMENTO DEL TRABAJODECENTE Y LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL”. Artículo 2º.- Conformación de la Comisión Técnica La Comisión Técnica estará conformada por: - Dr. Alfredo Villavicencio Rios, Viceministro de Trabajo o su representante, quien lo presidirá. - Srta. Milagros Paz Zegarra, Directora (e) de Inspec- ción del Trabajo, quien actuará como secretaria técnica. - Dra. Nanni Albonico Pastalozzi, consultora del centro de gestión sostenible IPAE. - Dr. Baltazar Caravedo Molinari, representante de AVI- NA en el Perú. - Sra. Margarida Goncalves de Gastelumendi, Directo- ra de Seguimiento Análisis y Evaluación para el Desarrollo- SASE. - Sra. María Matilde Shwalb de Fernández-Concha, Pro- fesora principal y coordinadora de proyectos empresariales de la Universidad del Pacífico - Sr. Henri Le Bienvenu Mercado, Gerente General de Perú 2021. - Luis Aparicio Valdez, Presidente de la Asociación Pe- ruana de Relaciones de Trabajo. - Sr. Francisco Ercilio Moura, responsable del progra- ma de derechos humanos del Centro de Asesoría Laboral del Perú - CEDAL. Artículo 3º.- Plazo La Comisión Técnica realizará las funciones enco- mendadas en un plazo de ciento veinte (120) días calen- dario desde la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 13268 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G52/G65/G6D/G75/G65/G76/G65/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G2D/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2004-MTC Lima, 16 de julio de 2004