Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2004 (23/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

haga entrega del informe que contenga el Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Informacion al Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13802

AGRICULTURA
Encargan funciones de Gerente General del PRONAMACHCS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0535-2004-AG
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente General del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura; Que, es necesario encargar las funciones del mencionado Gerente General del PRONAMACHCS, en tanto se designe al titular; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura - Decreto Ley Nº 25902, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, a partir de la fecha, al Ing. MORDAZA MORDAZA Cupe MORDAZA, Gerente de Organizacion y Gestion de Microcuencas del PRONAMACHCS, designado por Resolucion Ministerial Nº 201-2001-AG, las funciones de Gerente General del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura, con retencion de su cargo, en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 13751

de 2004 hasta el evento que ocurra primero, sea el 30 de setiembre de 2004 o la efectiva entrada en MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica suscrito el 25 de agosto de 2003, entre MORDAZA, Brasil, MORDAZA y Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y Peru; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo Adicional, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion; Que, conforme al articulo 2º e inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, este Ministerio es competente para dirigir, ejecutar y coordinar la politica de comercio exterior; y en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecucion los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integracion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior; DECRETA: Articulo 1º.- Publiquese y pongase en vigencia el Decimo MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39. Articulo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicacion del citado Acuerdo y de sus protocolos adicionales y modificatorios, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 13807

Disponen poner en vigencia el Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48
DECRETO SUPREMO Nº 013-2004-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 025-2000-ITINCI se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y el Gobierno de la Republica Argentina; Que, el representante de la Republica del Peru y el representante de la Republica MORDAZA, con fecha 30 de junio de 2004, acordaron firmar el Octavo Protocolo Adicional, en el MORDAZA del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48; Que, el referido Protocolo tiene como objetivo prorrogar las preferencias entre Peru y MORDAZA desde el 1 de MORDAZA de 2004 hasta el evento que ocurra primero, sea el 30 de setiembre de 2004 o la efectiva entrada en MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica suscrito el 25 de agosto de 2003, entre MORDAZA, Brasil, MORDAZA y Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y Peru; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo Adicional, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion;

MINCETUR
Disponen poner en vigencia el Decimo MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39
DECRETO SUPREMO Nº 012-2004-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 011-99-ITINCI se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39, suscrito entre las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y la Republica Federativa del Brasil; Que, el representante de la Republica del Peru y el representante de la Republica Federativa del Brasil, con fecha 30 de junio de 2004, acordaron firmar el Decimo MORDAZA Protocolo Adicional en el MORDAZA del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39; Que, el referido Protocolo tiene como objetivo prorrogar las preferencias entre Peru y Brasil desde el 1 de MORDAZA

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