Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de bienes de capital - equipos de informatica del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 523-2004-GRA/PRES MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2004 VISTO: el Acuerdo de Consejo Regional Nº 001-04GRA/PRES de fecha 3 de MORDAZA 2004; Informe de Inspeccion Tecnica de Seguridad de Defensa Civil; Acta de Constatacion del Ministerio Publico de fecha 2 de MORDAZA 2004; Informe Tecnico Nº 026-2004-GRA/ORADM-OAPFSEM de fecha 21 de MORDAZA 2004 e Informe Legal Nº 029-2004-GRORAJ de fecha 22 de MORDAZA 2004, y demas documentos que se adjunta como sustento en folios setenta y uno (71); y, CONSIDERANDO: Que, conforme a los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo tienen jurisdiccion en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial. Su finalidad es fomentar al desarrollo integral regional sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, el empleo, y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de su poblacion, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el dia 1 de MORDAZA del 2004, la MORDAZA de MORDAZA fue escenario de una protesta ciudadana convocada por organizadores sociales de base, en solidaridad con las demandas del Sindicato de Trabajadores de la Educacion Peruana SUTEP/Ayacucho, logrando desbordar el control policial, generando acciones de vandalismo y violencia provocada por facinerosos, que aprovechando de las circunstancias logro infiltrarse y en medio del caos, procedio al asalto, saqueo y destruccion de las instalaciones, equipos, mobiliario y acervo documentario del Gobierno Regional de MORDAZA, hechos que a la fecha vienen investigandose judicialmente, que perjudican gravemente su normal marcha administrativa; Que, mediante Oficio Nº 008-2004-GRA/PRES, de fecha 16.7.04, el Presidente Regional de MORDAZA, requirio la respectiva ampliacion del calendario presupuestal ante la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para la reposicion de los bienes de capital, redes y sistemas informaticos de comunicacion, equipos de procesamiento de datos, mobiliario de oficina y otros, contando a la fecha con una transferencia de partidas por un monto total de S/. 812,431.00 (Ochocientos Doce Mil Cuatrocientos Treinta y Uno con 00/100 Nuevos Soles), correspondiendo al item pertinente de equipos de informatica un monto ascendente a la suma de S/. 510,235.00 (Quinientos Diez Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), montos que requieren ser ejecutados en parte para paliar inmediatamente la situacion de urgencia presentada; Que, la adquisicion e instalacion de los bienes de capital, que ascienden al monto indicado precedentemente, le corresponde un MORDAZA de Licitacion Publica, el cual demandaria un plazo mayor a 2 meses, situacion que compromete la continuidad de los servicios esenciales y el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales, por lo que la urgencia es solo para atender los requerimientos basicos de funcionamiento, habiendose coordinado la presente adquisicion por un monto de S/. 200,000.00 (Doscientos Mil con 00/100 Nuevos Soles) mientras se programa el MORDAZA principal, el mismo que se incluira en el Plan Anual de Adquisiciones de la representada; Que, conforme al articulo 21º del D.S. Nº 012-2001PCM, se considera Situacion de Urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa o inminente la conti-

nuidad en los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda; Que, el articulo 108º numeral 2 del D.S. Nº 013-2001PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida, a fin de adquirir o contratar lo indispensable para efectos de la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de Seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, conforme al literal c) del articulo 19º y articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordados con el articulo 105º de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, establece las exoneraciones de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso; las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarados de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, por Acuerdo Nº 016/013 del 26-9-03, proveniente del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, publicado con fecha 11 de octubre del 2003, se precisa en las adquisiciones y contrataciones exoneradas por situacion de urgencia, las entidades deben realizar las adjudicaciones de menor cuantia de forma tal que les permita adquirir o contratar de modo inmediato y sobre la base de una propuesta que cumpla con los requerimientos respectivos, sin que sea necesario notificar al PROMPYME y CONSUCODE. Asimismo los contratos por adquisiciones exoneradas en situaciones de urgencia, deben exigir a los contratistas la constitucion de garantias en los montos y condiciones reglamentadas en el Capitulo II Titulo III del D.S. Nº 013-2001-PCM, salvo la excepcion del literal e) del articulo 123º de la MORDAZA acotada; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARESE, en situacion de URGENCIA, la adquisicion de bienes de capital - equipos de informatica del Gobierno Regional de MORDAZA, para garantizar el funcionamiento administrativo basico, por un valor referencial de S/. 200,000.00 (Doscientos Mil con 00/100 Nuevos Soles), a ser afectado a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, codigo CIIU 3000. Articulo Segundo.- EXONERAR, el requisito de Licitacion Publica, por Situacion de Urgencia, la adquisicion referida en el articulo precedente, autorizando la ejecucion del gasto mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia a la Oficina de Administracion, mediante el Area de Abastecimiento. Articulo Tercero.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion y los documentos sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro los diez dias calendario de aprobada la presente Resolucion y su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 13936

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Conforman el Consejo Regional de Defensa del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2004-REGION CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 197º y

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