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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2004 (28/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G34/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de julio de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G2D/G20/G65/G71/G75/G69/G2D/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 523-2004-GRA/PRES Ayacucho, 23 de julio del 2004 VISTO: el Acuerdo de Consejo Regional Nº 001-04- GRA/PRES de fecha 3 de julio 2004; Informe de Inspec-ción Técnica de Seguridad de Defensa Civil; Acta de Cons- tatación del Ministerio Público de fecha 2 de julio 2004; In- forme Técnico Nº 026-2004-GRA/ORADM-OAPFSEM defecha 21 de julio 2004 e Informe Legal Nº 029-2004-GR- ORAJ de fecha 22 de julio 2004, y demás documentos que se adjunta como sustento en folios setenta y uno (71); y, CONSIDERANDO: Que, conforme a los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales ema- nan de la voluntad popular, con personería jurídica de derechopúblico, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo tienen jurisdicción en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Sufinalidad es fomentar al desarrollo integral regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo, y ga- rantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad deoportunidades de su población, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el día 1 de julio del 2004, la ciudad de Ayacucho fue escenario de una protesta ciudadana convocada por organi- zadores sociales de base, en solidaridad con las demandas del Sindicato de Trabajadores de la Educación Peruana -SUTEP/Ayacucho, logrando desbordar el control policial, gene- rando acciones de vandalismo y violencia provocada por faci- nerosos, que aprovechando de las circunstancias logró infil-trarse y en medio del caos, procedió al asalto, saqueo y des- trucción de las instalaciones, equipos, mobiliario y acervo documentario del Gobierno Regional de Ayacucho, hechosque a la fecha vienen investigándose judicialmente, que perjudi- can gravemente su normal marcha administrativa; Que, mediante Oficio Nº 008-2004-GRA/PRES, de fe- cha 16.7.04, el Presidente Regional de Ayacucho, requirió la respectiva ampliación del calendario presupuestal ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministeriode Economía y Finanzas, para la reposición de los bienes de capital, redes y sistemas informáticos de comunicación, equipos de procesamiento de datos, mobiliario de oficina yotros, contando a la fecha con una transferencia de partidas por un monto total de S/. 812,431.00 (Ochocientos Doce Mil Cuatrocientos Treinta y Uno con 00/100 Nuevos Soles), co-rrespondiendo al ítem pertinente de equipos de informática un monto ascendente a la suma de S/. 510,235.00 (Quinien- tos Diez Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 NuevosSoles), montos que requieren ser ejecutados en parte para paliar inmediatamente la situación de urgencia presentada; Que, la adquisición e instalación de los bienes de capi- tal, que ascienden al monto indicado precedentemente, le corresponde un proceso de Licitación Pública, el cual de- mandaría un plazo mayor a 2 meses, situación que com-promete la continuidad de los servicios esenciales y el cum- plimiento de los fines y objetivos institucionales, por lo que la urgencia es sólo para atender los requerimientos bási-cos de funcionamiento, habiéndose coordinado la presen- te adquisición por un monto de S/. 200,000.00 (Doscientos Mil con 00/100 Nuevos Soles) mientras se programa el pro-ceso principal, el mismo que se incluirá en el Plan Anual de Adquisiciones de la representada; Que, conforme al artículo 21º del D.S. Nº 012-2001- PCM, se considera Situación de Urgencia, cuando la au- sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa o inminente la conti-nuidad en los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situa- ción faculta a la entidad a la adquisición o contratación de bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,según sea el caso necesario para llevar a cabo el Proceso de Selección que corresponda; Que, el artículo 108º numeral 2 del D.S. Nº 013-2001- PCM, señala que la situación de urgencia debe enten- derse como medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida, a fin de adquirir o contra-tar lo indispensable para efectos de la urgencia, sin perjui- cio de que se realice el Proceso de Selección correspon- diente para las adquisiciones definitivas; Que, conforme al literal c) del artículo 19º y artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, concordados con el artículo 105º de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece las exoneraciones de Licitación Pública, Con-curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso; las adquisiciones que se realicen en Situación de Urgencia decla- rados de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisicio-nes se sujetan al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, por Acuerdo Nº 016/013 del 26-9-03, proveniente del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,publicado con fecha 11 de octubre del 2003, se precisa en las adquisiciones y contrataciones exoneradas por situación de urgencia, las entidades deben realizar las adjudicaciones demenor cuantía de forma tal que les permita adquirir o contra- tar de modo inmediato y sobre la base de una propuesta que cumpla con los requerimientos respectivos, sin que sea ne-cesario notificar al PROMPYME y CONSUCODE. Asimismo los contratos por adquisiciones exoneradas en situaciones de urgencia, deben exigir a los contratistas la constitución degarantías en los montos y condiciones reglamentadas en el Capítulo II Título III del D.S. Nº 013-2001-PCM, salvo la ex- cepción del literal e) del artículo 123º de la norma acotada; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sumodificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLÁRESE, en situación de UR- GENCIA, la adquisición de bienes de capital - equipos deinformática del Gobierno Regional de Ayacucho, para ga- rantizar el funcionamiento administrativo básico, por un valor referencial de S/. 200,000.00 (Doscientos Mil con 00/100Nuevos Soles), a ser afectado a la Fuente de Financia- miento Recursos Ordinarios, código CIIU 3000. Artículo Segundo.- EXONERAR, el requisito de Lici- tación Pública, por Situación de Urgencia, la adquisición referida en el artículo precedente, autorizando la ejecu- ción del gasto mediante el proceso de selección de Adju-dicación de Menor Cuantía a la Oficina de Administración, mediante el Área de Abastecimiento. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE, la presente Reso- lución y los documentos sustentatorios a la Contraloría General de la República, dentro los diez días calendario de aprobada la presente Resolución y su correspondientepublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 13936 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G2D /G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G69/GF1/G6F/G2C/G20/G4E/G69/GF1/G61/G20/G79/G20/G41/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2004-REGIÓN CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197º y