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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G39/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de junio de 2004 multas administrativas, elevando la recaudación de la Ad- ministración Tributaria por el pago de las mismas, y otor-gando al contribuyente una forma de cumplir con su obliga-ción acorde con sus posibilidades; Estando a lo dispuesto por los numerales 8), 9) y 25) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se ha aprobado la siguiente Ordenanza: PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN ESPECIE O MEDIANTE EJECUCIÓN DE SERVICIOS Artículo 1º.- Las personas naturales o jurídicas que mantengan adeudos por concepto de multas administrati-vas cuya aplicación corresponda a la Municipalidad Pro- vincial del Callao, podrán cancelar hasta el cincuenta por ciento (50%) del total de la misma, a través de la entregade bienes y/o ejecución de servicios, destinados al mejo-ramiento de la infraestructura e implementación municipaly/o en beneficio de la colectividad dentro de la jurisdiccióndel distrito del Cercado del Callao. Artículo 2º.- Para los efectos de la presente Ordenan- za, se entiende susceptible de ser materia de acogimiento,la deuda administrativa generada por concepto de multacuyo monto sea superior a Una (1) UIT, se encuentre envía ordinaria o coactiva. Tratándose de multas administrati-vas que se encuentren en cobranza coactiva, se podrá acceder al Pago de la Multa Administrativa en Especie o mediante Ejecución de Servicios si previamente se cance-lan los gastos y costas procesales generados en dichacobranza o en su defecto éstas sean integradas al montototal del Pago en Especie o mediante Ejecución de Servi-cios. Artículo 3º.- Confórmese un Comité Evaluador de las solicitudes que sean presentadas, conforme al Artículo Pri-mero de la Presente Ordenanza, el mismo que estará inte-grado por: a) El Gerente Municipal, quien lo presidirá. b) El Gerente de Contabilidad. c) El Gerente General de Asesoría Jurídica y Concilia- ción. d) El Gerente de Recaudación. El Comité sesionará en forma permanente; para la adop- ción de acuerdos deberá contarse con el voto conforme de tres (3) miembros del comité, debiendo el que ha votadoen forma disconforme presentar un informe en minoría queexplique los motivos de tal voto. Artículo 4º.- Para efectos del acogimiento a la presen- te Ordenanza, el solicitante deberá presentar su petición, en la que indique con precisión la multa o multas adminis- trativas que solicita sea materia de pago en especie o me-diante ejecución de servicios, acompañada de los siguien-tes documentos: a) Copia simple del documento de identidad o compro- bante de información registrada en el RUC expedido por SUNAT, del contribuyente o su representante legal, de serel caso. b) De corresponder, se acompañará pericia de valori- zación suscrita por profesional colegiado. c) Propuesta de pago: la que consistirá en un resu- men que deberá definir con precisión las características de los bienes y/o servicios ofrecidos, grado de disponibi-lidad de los mismos, valor de mercado y demás especifi-caciones técnicas, así como su potencial empleo en elmejoramiento de la infraestructura e implementación mu-nicipal; y el beneficio a corto y largo plazo para la colec- tividad. d) Documento que sustente la propiedad de los bienes ofrecidos en calidad de pago, de corresponder. Adicional-mente, de ser un bien inmueble el propuesto para pago,deberá adjuntarse certificado de gravamen actualizado delmismo. e) Documento que especifique la naturaleza de los ser- vicios a ejecutar que ofrece en calidad de pago de su deu-da administrativa, adjuntando proforma de los costos. Artículo 5º.- La solicitud deberá ser presentada ante el Servicio de Recepción Documentaria, la que lo derivará en el día a la Gerencia General de Administración Tributa-ria. Esta última verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos para la admisión de la solicitud. En caso la solicitud no cumpliese con todos los requisi- tos de admisibilidad, la Gerencia General de Administra-ción Tributaria requerirá al solicitante la entrega de la mis-ma en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles. De no presentar la documentación requerida en dicho plazo, se considerará inadmisible la solicitud presentada. Artículo 6º.- El solicitante podrá presentar una refor- mulación a la propuesta de Pago de la Multa Administrativaen Especie o mediante Ejecución de Servicios presenta-da, siguiendo los mismos requisitos establecidos en el Ar- tículo 4º; la que podrá consistir en un cambio de los bienes o servicios ofrecidos, o en la propuesta de nuevos bieneso servicios que reemplacen, compitan o se añadan a losanteriores para su aprobación. Dicha reformulación podrápresentarse hasta cinco (5) días hábiles de ingresada lasolicitud original Artículo 7º.- Verificado el cumplimiento de los requisi- tos de admisibilidad de la solicitud, ésta será derivada a laGerencia de Abastecimiento para que emita el informe res-pectivo de idoneidad de dichos bienes o servicios, y la co-rrespondencia de los montos ofrecidos con los existentesen el mercado; teniendo un plazo de siete (7) días hábiles para emitir dicho informe. De ser necesario el informe adi- cional de otra Gerencia u Oficina, la Gerencia General deAdministración Tributaria y Rentas derivará los actuadospara que emita el informe respectivo en un plazo de siete(7) días hábiles. Artículo 8º.- Recepcionado los Informes indicados en el artículo anterior, y en caso de que el destinatario final de los bienes y/o servicios ofrecidos en pago sea un tercerodistinto de la Municipalidad Provincial, la solicitud ha deser derivada, en un plazo máximo de dos (2) días hábilesal Concejo Municipal para la aprobación por éste de la do-nación respectiva, el cual deberá pronunciarse sobre la donación en la primera sesión, ordinaria o extraordinaria, en que se reúnan. Llevada a cabo la sesión, el ConcejoMunicipal remitirá el expediente con su decisión al ComitéEvaluador en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles. Artículo 9º.- Habiéndose cumplido con el trámite se- ñalado en los artículos precedentes, el Comité Evaluador calificará la solicitud de Pago de la Multa Administrativa en Especie o mediante Ejecución de Servicios en un plazo nomayor de cinco (5) días hábiles. Los acuerdos del ComitéEvaluador son apelables y serán resueltos en última ins-tancia por el Alcalde Provincial del Callao. Artículo 10º.- El Comité Evaluador, en el plazo de dos (2) días hábiles, derivará el expediente a la Gerencia Muni- cipal con el proyecto de Resolución. La Gerencia Munici-pal emitirá la Resolución conforme al Acta emitida por elComité Evaluador, luego de lo cual procederá a efectuar lanotificación respectiva, debiendo derivar el expediente a laGerencia u Oficina respectiva para su ejecución y control. Artículo 11º.- La Resolución de la Gerencia Municipal deberá contener la siguiente información: a) Identificación del deudor. b) Monto aprobado para el Pago de la Deuda Adminis- trativa. c) Indicación de la Deuda Administrativa a ser pagada en Especie o mediante Ejecución de Servicios. d) El procedimiento y medidas a seguirse para la re- cepción y la adecuada y efectiva administración de los bie-nes, o de la ejecución del servicio, así como los mecanis-mos que permitan la verificación de su correcta gestión. e) La Gerencia u Oficina encargada de la ejecución y supervisión del cumplimiento de la Resolución. f) Plazos máximos para la entrega del bien o la ejecu- ción del servicio. Artículo 12º.- El solicitante tendrá un plazo de quin- ce (15) días hábiles posteriores a la notificación para interponer la apelación prevista en el Artículo 9º. La fal-ta de interposición de la apelación dentro del plazo, o lapresentación de una nueva solicitud que contemple elpago de la misma deuda administrativa, siguiendo lo es-tablecido por el Artículo 4º, dan por consentida la Reso- lución emitida. Artículo 13º.- Se perderá automáticamente el Pago de la Deuda Administrativa por Pago en Especie o medianteEjecución de Servicios por las siguientes causales: