Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2004 (06/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, MORDAZA 6 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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pacto en la problematica actual del MORDAZA Tarata, declarado como "Paseo de la Solidaridad" mediante el Acuerdo de Concejo Nº 037-94-ACDM, MORDAZA municipal que asimismo dispuso se le de un tratamiento especial a la mencionada MORDAZA del distrito. Dicho objeto se fundamenta en la necesidad de propiciar mecanismos normativos para atender necesidades vecinales del MORDAZA Tarata, extendiendose a: 1.1 Los aspectos generales relacionados con el uso tanto comercial, residencial como peatonal del MORDAZA Tarata. 1.2 El impacto especifico causado tanto en la seguridad ciudadana, el MORDAZA, la tranquilidad de los vecinos y en la necesidad de un medio ambiente equilibrado, entre otros. Articulo 2º.- Prohibiciones expresas Los conductores de locales comerciales, residentes y peatones del MORDAZA Tarata, se encuentran expresamente impedidos de realizar las conductas establecidas por el Cuadro de Infracciones y Sanciones de esta Ordenanza, bajo apercibimiento de la aplicacion de la sancion que corresponda. Articulo 3º.- Horario y oportunidad de descargas Solo se permitira, para los vecinos y comerciantes, efectuar cargas y descargas de cualquier MORDAZA dentro del horario establecido, que va desde las 10:00 hasta las 20:00 horas. CAPITULO II DEL USO COMERCIAL DEL MORDAZA TARATA Articulo 4º.- MORDAZA del Uso Comercial con el Uso Residencial en el MORDAZA Tarata Como premisa fundamental, declarese que el Uso Comercial del MORDAZA Tarata debe realizarse en MORDAZA con el interes vecinal, equilibrando el interes privado con el interes publico, principalmente el dedicado al arte y a la cultura. CAPITULO III DEL USO RESIDENCIAL Articulo 5º.- Caracter preferentemente residencial del MORDAZA Tarata Declarese que el MORDAZA Tarata tiene un caracter preferentemente residencial. Articulo 6º.- Exclusividad de los vecinos para el acceso vehicular y velocidad permitida Los vecinos, exclusivamente, utilizaran, de manera obligatoria, una calcomania, asi como un carne de identificacion para uso de los automoviles, sin los cuales no podran ingresar a su estacionamiento privado (lugar en el que deben estacionarse los automoviles). Los propietarios proporcionaran a la Municipalidad la relacion correspondiente a cada familia. Asimismo, el MORDAZA vehicular no podra exceder de los 10 (diez) kilometros por hora. Se encuentra terminantemente prohibido el MORDAZA vehicular por parte de quienes no tengan la calidad de vecinos del MORDAZA Tarata. CAPITULO IV DEL USO PEATONAL Articulo 7º.- Caracter de Via Publica del MORDAZA Tarata Declarese que el MORDAZA Tarata tiene naturaleza de Via Publica, y, por tanto, de conformidad con lo que establece el ultimo parrafo del Articulo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, constituye un bien de uso publico, que implica necesariamente un uso peatonal, cuya regulacion le compete a este Gobierno Local. CAPITULO V REGIMEN ESPECIAL DE INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 8º.- De las infracciones y sanciones De verificarse las conductas especificadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones indicado a continuacion,

que contiene sanciones mas severas a fin de reforzar la coercitividad y eficacia de la presente MORDAZA, a traves de un regimen especial, se aplicaran las siguientes medidas:
Codigo INFRACCION MULTA EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE 1.00 MEDIDA y/o SANCION COMPLEMENTARIA

90-101

90-102

90-103

90-104

90-105

90-106

90-107

90-108 90-109 90-110 90-111

90-112

90-113 90-114

Por efectuar carga y descarga de cualquier MORDAZA (mercaderia u otros) fuera del horario establecido, por parte de establecimientos comerciales Por efectuar carga y descarga de cualquier MORDAZA, en el MORDAZA Tarata, fuera del horario establecido, por parte de los vecinos Por procurar la captacion de clientes fuera de los linderos del establecimiento afectando la via publica Alimentar a las palomas que proliferan en el MORDAZA Tarata: 1. Establecimientos (duenos y/o dependientes) 2. Vecinos 3. Peatones Por consumir drogas y/o estupefacientes en la via publica y/o vehiculos estacionados en la misma, o dar facilidades para el consumo del mismo en la via publica Por mantener en mal estado de conservacion y/o limpieza los techos y/o fachadas de inmuebles de hasta 3 pisos Por mantener en mal estado de conservacion y/o limpieza los techos y/o fachadas de inmuebles de mas de 3 pisos Por permitir que las mascotas MORDAZA sus necesidades en la via publica Por causar ruidos nocivos y/o molestos (establecimientos) Por causar ruidos nocivos y/o molestos (vecinos) Por estacionar vehiculos en zonas indebidas, por parte de vecinos del MORDAZA Tarata Por estacionar vehiculos en el MORDAZA Tarata, sin tener la calidad de vecino del mismo Por lanzar desperdicios a la via publica del MORDAZA Tarata Por realizar necesidades fisiologicas en la via publica

0.10

0.50

0.10 0.05 0.01 0.10

0.50

1.00

0.02 0.40 0.20 1.00 Clausura temporal por 5 dias

1.00

0.50 0.07

Articulo 9º.- Aplicabilidad de la Ordenanza Nº 148MM El cuadro que forma parte del articulo precedente goza de autonomia propia, subsistiendo el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que es plenamente aplicable a los aspectos administrativos-sancionatorios no regulados por esta norma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Encarguese a la Gerencia Central de Gestion Administrativa, Gerencia de Fiscalizacion Municipal, Sub Gerencia de Control de Sanciones, Gerencia de Comercializacion, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y demas organos municipales que pudieran ser competentes, el cumplimiento estricto de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. Segunda.- Encarguese a la Gerencia Municipal la implementacion de la presente, especialmente en lo que atane a la elaboracion y entrega de la calcomania y carnes, a que hace alusion el Articulo 6º de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10733

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