Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (06/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G38/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de abril del 2004 se publicó la Orde- nanza Nº 620 de la Municipalidad Metropolitana de Lima,donde se aprueba el Reglamento del Proceso de Aproba- ción del Plan Metropolitano de Accionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de Planes Urbanos Distritalesy actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo deLima Metropolitana; Que, de acuerdo al artículo 79º numerales 1.1 y 1.2, 1.7, 1.8, 1.10, 2.3, 6.1, 6.2 y 7.3 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de organi-zación del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plande Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, queidentifique las áreas urbanas y de expansión urbana, asícomo las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental y Aprobar el Plan de Desarrollo de Asentamien-tos Humanos y demás planes específicos de acuerdo conel Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, de conformidad con el artículo 161º incisos 1), 2), 6) y 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, compete a la Municipalidad Metropolitana de Lima las funciones es- peciales de: mantener y ampliar la infraestructura metro-politana, controlar el uso del suelo y determinar las zonasde expansión, planificar y definir la red vial metropolitana,promover la ejecución de programas de vivienda para fa-milias de bajos recursos, diseñar y ejecutar programas de renovación urbana, promover servicios en casos de de- sastres, fomentar la inversión privada en proyectos de in-fraestructura metropolitana, coordinar el saneamiento am-biental de la Metrópoli, organizar el sistema de eliminaciónde residuos sólidos, entre otras; Que, habiéndose promulgado el Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA del 3 de octubre de 2003, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 del mismo mes, me-diante el cual se aprueba el Reglamento de Acondicio-namiento Territorial y Desarrollo Urbano y establece linea-mientos y procedimientos en materia de aprobación del Plande Desarrollo Urbano y Esquemas de Zonificación, los cua- les deben seguir las municipalidades del país, es necesa- rio adecuar lo establecido en la normatividad precitada, parasu aplicación dentro de la jurisdicción de la provincia deLima; Que, en el artículo 21º de la Ordenanza Nº 620 Muni- cipalidad Metropolitana de Lima establece que corresponde a las Municipalidades Distritales formular y aprobar su Plan Urbano y normativa específica, en estricta sujeción a loslineamientos de la Municipalidad Metropolitana de Lima,del PLAM de Lima, sus Reglamentos y normas conexas; Que, en el artículo 34.1.1, dicha Ordenanza establece que cada Municipalidad Distrital, siguiendo estrictamente los lineamientos que se establecen en el Capítulo V de este Reglamento, actualizará su respectivo Plano de Zonifica-ción Distrital dentro de los sesenta (60) días siguientes ala aprobación de la presente Ordenanza y lo remitirá con-juntamente con su Reglamento y Cuadros como propues-ta al IMP de Lima; Que, en el artículo 34.1.3 de dicha ordenanza estable- ce que dentro de los treinta (30) días siguientes, la Munici-palidad Distrital hará exhibición pública de la propuesta dezonificación, a fin que los agentes públicos y privados pue-dan formular sus observaciones y recomendaciones debi-damente sustentadas y por escrito; Que, en el artículo 34.1.6 de dicha ordenanza estable- ce que el esquema o Plano de Zonificación de cada distritose aprobará mediante Ordenanza del Concejo Metropoli-tano de Lima; Que, en el artículo 22.1 de dicha ordenanza se estable- ce que la Municipalidad Distrital exhibirá la propuesta del Plan en sus locales y a través de su página Web, durante sesenta (60) días calendario; Que, en el artículo 22.3 de dicha ordenanza se estable- ce que la Municipalidad Distrital, dentro del plazo señaladoy en base a las políticas de participación ciudadana, reali-zará audiencias públicas sobre el contenido del Plan, con- vocando a las universidades, organizaciones de la socie- dad civil e instituciones representativas del sector empre-sarial, profesional y laboral de su jurisdicción; Que, en el artículo 26º de dicha ordenanza se estable- ce que corresponde a las Municipalidades Distritales eje-cutar las acciones de promoción y control dirigidas al cum- plimiento del Plan Urbano Distrital; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades con- feridas por los artículos 9º inciso 8), 39º y 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y por UNANI-MIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 0156-CDLO QUE APRUEBA EL PROYECTO DE ZONIFICACIÓN Y REGLAMENTO DE ÍNDICES DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR EL PROYECTO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS, paraser presentado a la Municipalidad Metropolitana de Lima,en cumplimiento de lo estipulado por la Ordenanza Nº 620. Artículo Segundo.- APROBAR el REGLAMENTO DE ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDA-DES URBANAS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS, parasu ratificación por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Urbano y a la Dirección de Urbanismo, Catastro y Transporte el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General e Imagen Institucional la publicación de la presente Orde-nanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 10737 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G70/G72/G6F/G74/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G6E/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G76/G65/G72/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 154 Miraflores, 31 de mayo de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en sesión Ordinaria de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, Ga- rantía Institucional sobre la base de la cual las Municipali- dades tienen autonomía política, económica y administra-tiva en los asuntos de su competencia; Que, a su turno, el Artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, define en su numeral9.1. a la autonomía política como aquella facultad de adop- tar y concordar las políticas, planes y normas en los asun- tos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, de-cidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar lasfunciones que le son inherentes; Que, en armonía con la autonomía política de la que goza toda Municipalidad, en su calidad de Gobierno Local, el artículo constitucional citado en líneas precedentes, ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, conforman-te de la estructura orgánica de cada gobierno local, la fun-ción normativa respecto de aquellos asuntos que son desu competencia; Que, en este mismo orden de ideas, el Concejo Munici- pal cumple su función normativa fundamentalmente a tra- vés de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de