Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2004 (15/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 15 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 264647

Designan representantes titular y alterno del ministerio ante la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano Colombiano
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 098-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 12 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 201-2003-RE, publicada en el Diario Oficial El Peruano del 13 de agosto de 2003, se renovo la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano; Que, de acuerdo con el Articulo MORDAZA de la Resolucion Suprema Nº 201-2003-RE, modificado por el Articulo Primero de la Resolucion Suprema Nº 067-2004-RE, publicada en el Diario Oficial El Peruano del 1 de marzo de 2004, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es integrante de dicha Comision; Que, para tal efecto y de conformidad con el Articulo Tercero de la Resolucion Suprema Nº 201-2003-RE, modificado por el Articulo MORDAZA de la Resolucion Suprema Nº 067-2004-RE, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo debera designar un Representante Titular y un Alterno para integrar dicha Comision; Que, de conformidad con la Ley Nº 27790: Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR: Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales como Representante Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Gamero MORDAZA, Director de Asuntos Bilaterales y Tecnicos como Representante Alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 05213

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Contrato de Licencia para Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 101
DECRETO SUPREMO Nº 005-2004-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, la Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º de la Ley Nº 26221, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con Occidental Petrolera del Peru, Inc., Sucursal del Peru, el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 101, ubicado entre las provincias de Alto Amazonas y MORDAZA, en el departamento de Loreto; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 093-2003 del 17 de diciembre de 2003, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 101, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, modificada por la Ley de Actualizacion en Hidrocarburos, Ley Nº 27377; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 101, ubicado entre las provincias de Alto Amazonas y MORDAZA, de departamento de MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declaran-

AVISO CONSEJO NACIONAL

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.