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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2004 (15/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G36/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de marzo de 2004 Que, de acuerdo con los artículos 1035º y 1036º del Código Civil, concordados con el artículo 111º del DecretoLey Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artícu-los 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre eléctricaes un derecho que se constituye en beneficio de la conce- sión definitiva, sólo puede transmitirse con ella y subsiste mientras ella se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia citada, REP adquirió todos los derechos y obligaciones inherentes a la conce-sión definitiva, entre los cuales se encuentran las servi-dumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Pinturas,cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar me-diante la correspondiente Resolución Ministerial, de acuer-do con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctri-cas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos exigidos en la normatividad legal vigente, haemitido el Informe Nº 264-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Tener a Red de Energía del Perú S.A. como titular de las servidumbres de sistema de telecomunica-ciones y de tránsito para custodia, conservación y repara- ción de las obras e instalaciones de la Estación Repetido- ra Cerro Pinturas, que fueran impuestas mediante la Reso-lución Ministerial Nº 598-99-EM/VME de fecha 15 de octu-bre de 1999. Artículo 2º.- Red de Energía del Perú S.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para cus- todia, conservación y reparación de las obras e instalacio-nes, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Concesio-nes Eléctricas, su Reglamento y la Resolución MinisterialNº 598-99-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 20181 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 515-2003-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 23038596, sobre imposición de las servidumbres de electroducto y de tránsito para cus- todia, conservación, reparación de las obras e instalacionesy caminos de acceso de la línea de transmisión de 138 kVSE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE Huánuco - SE TingoMaría; y, la solicitud de transferencia presentada por Redde Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 021-2003- EM de fecha 25 de marzo de 2003, Red de Energía delPerú S.A. (REP) es titular de la concesión definitiva paradesarrollar la actividad de transmisión de energía eléctri-ca, entre otras, de la línea de transmisión de 138 kV SE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE Huánuco - SE Tingo María; Que, la línea de transmisión antes indicada integró la concesión otorgada originalmente a favor de ELECTRO-PERU S.A. mediante la Resolución Suprema Nº 053-95-EM de fecha 3 de julio de 1995, que a su vez aprobó el Contrato de Concesión Nº 061-95; Que, mediante Resolución Suprema Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, se transfirió parcialmente laconcesión definitiva indicada en el primer considerando afavor de ETECEN;Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 038-96-EM/ VME de fecha 23 de enero de 1996, se impusieron a favorde ELECTROPERÚ S.A. las servidumbres de electroduc-to y de tránsito para custodia, conservación, reparación delas obras e instalaciones y caminos de acceso de la men-cionada línea de transmisión, siendo posteriormente trans- feridas a favor de ETECEN, mediante la Resolución Minis- terial Nº 072-97-EM/DGE de fecha 26 de febrero de 1997; Que, en razón del Contrato de Cesión de Posición Con- tractual suscrito con fecha 5 de setiembre de 2002 entre ETE-CEN y REP, la primera cede a favor de la segunda su posi-ción contractual frente al Estado en los derechos y obligacio- nes establecidos en el Contrato de Concesión Nº 061-95; Que, de acuerdo con los artículos 1035º y 1036º del Código Civil, concordados con el artículo 111º del DecretoLey Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artícu-los 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre eléctrica es un derecho que se constituye en beneficio de la conce- sión definitiva, sólo puede transmitirse con ella y subsistemientras ella se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia citada, REP adquirió todos los derechos y obligaciones inherentes a la conce-sión definitiva, entre los cuales se encuentran las servi- dumbres de electroducto y de tránsito para custodia, con- servación, reparación de las obras e instalaciones y cami-nos de acceso de la línea de transmisión de 138 kV SECerro de Pasco (Paragsha II) - SE Huánuco - SE TingoMaría, cuya transferencia a su favor ha solicitado formali-zar mediante la correspondiente Resolución Ministerial, de acuerdo con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléc- tricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos exigidos en la normatividad legal vigente, haemitido el Informe Nº 159 -2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Tener a Red de Energía del Perú S.A. como titular de las servidumbres de electroducto y de tránsitopara custodia, conservación, reparación de las obras e ins-talaciones y caminos de acceso de la línea de transmisiónde 138 kV SE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE Huánuco- SE Tingo María, que fueran impuestas mediante la Reso- lución Ministerial Nº 038-96-EM/VME. Artículo 2º.- Red de Energía del Perú S.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbresde electroducto y de tránsito para custodia, conservación,reparación de las obras e instalaciones y caminos de ac-ceso, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Conce- siones Eléctricas, su Reglamento y la Resolución Minis- terial Nº 038-96-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 20182 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 592-2003-MEM/DM Lima, 31 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31085798, sobre imposición de las servidumbres de electroducto y de tránsito para cus-todia, conservación y reparación de las obras e instalacionesde la Subestación de Transformación Huacho de 220/66/10 kV, ubicada en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima; y, la solicitud de transferencia pre-sentada por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 047-2002- EM de fecha 15 de noviembre de 2002, Red de Energía del