Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2004 (15/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de marzo de 2004

Que, de acuerdo con los articulos 1035º y 1036º del Codigo Civil, concordados con el articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre electrica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesion definitiva, solo puede transmitirse con MORDAZA y subsiste mientras MORDAZA se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia citada, REP adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva, entre los cuales se encuentran las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Pinturas, cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolucion Ministerial, de acuerdo con el articulo 111º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe Nº 264-2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tener a Red de Energia del Peru S.A. como titular de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Pinturas, que fueran impuestas mediante la Resolucion Ministerial Nº 598-99-EM/VME de fecha 15 de octubre de 1999. Articulo 2º.- Red de Energia del Peru S.A., ejercera los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial Nº 598-99-EM/VME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 20181 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 515-2003-MEM/DM MORDAZA, 22 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 23038596, sobre imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion, reparacion de las obras e instalaciones y caminos de acceso de la linea de transmision de 138 kV SE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE MORDAZA - SE Tingo Maria; y, la solicitud de transferencia presentada por Red de Energia del Peru S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 021-2003EM de fecha 25 de marzo de 2003, Red de Energia del Peru S.A. (REP) es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, de la linea de transmision de 138 kV SE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE MORDAZA - SE Tingo Maria; Que, la linea de transmision MORDAZA indicada integro la concesion otorgada originalmente a favor de ELECTROPERU S.A. mediante la Resolucion Suprema Nº 053-95EM de fecha 3 de MORDAZA de 1995, que a su vez aprobo el Contrato de Concesion Nº 061-95; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, se transfirio parcialmente la concesion definitiva indicada en el primer considerando a favor de ETECEN;

Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 038-96-EM/ VME de fecha 23 de enero de 1996, se impusieron a favor de ELECTROPERU S.A. las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion, reparacion de las obras e instalaciones y caminos de acceso de la mencionada linea de transmision, siendo posteriormente transferidas a favor de ETECEN, mediante la Resolucion Ministerial Nº 072-97-EM/DGE de fecha 26 de febrero de 1997; Que, en razon del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito con fecha 5 de setiembre de 2002 entre ETECEN y REP, la primera cede a favor de la MORDAZA su posicion contractual frente al Estado en los derechos y obligaciones establecidos en el Contrato de Concesion Nº 061-95; Que, de acuerdo con los articulos 1035º y 1036º del Codigo Civil, concordados con el articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre electrica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesion definitiva, solo puede transmitirse con MORDAZA y subsiste mientras MORDAZA se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia citada, REP adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva, entre los cuales se encuentran las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion, reparacion de las obras e instalaciones y caminos de acceso de la linea de transmision de 138 kV SE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE MORDAZA - SE Tingo MORDAZA, cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolucion Ministerial, de acuerdo con el articulo 111º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe Nº 159 -2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tener a Red de Energia del Peru S.A. como titular de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion, reparacion de las obras e instalaciones y caminos de acceso de la linea de transmision de 138 kV SE Cerro de Pasco (Paragsha II) - SE MORDAZA - SE Tingo MORDAZA, que fueran impuestas mediante la Resolucion Ministerial Nº 038-96-EM/VME. Articulo 2º.- Red de Energia del Peru S.A., ejercera los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion, reparacion de las obras e instalaciones y caminos de acceso, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial Nº 038-96-EM/VME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 20182 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 592-2003-MEM/DM MORDAZA, 31 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31085798, sobre imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Subestacion de Transformacion MORDAZA de 220/66/10 kV, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; y, la solicitud de transferencia presentada por Red de Energia del Peru S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 047-2002EM de fecha 15 de noviembre de 2002, Red de Energia del

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