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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2004 (17/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 VI. NORMAS GENERALES Toda mención a la Ley en el presente procedimiento debe entenderse referida a la Ley de Zona Franca y ZonaComercial de Tacna, Ley Nº 27688, modificada mediante Ley Nº 27825; y toda mención al Reglamento debe enten- derse referida al Reglamento de la Ley de Zona Franca yZona Comercial de Tacna, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR. La Zona Franca de Tacna, ZOFRATACNA, es la parte del territorio nacional perfectamente delimitada en la que las mercancías que en ella se internen se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero para efectos delos derechos e impuestos de importación, bajo la presun- ción de extraterritorialidad aduanera, gozando de un régi- men especial en materia tributaria. La ZOFRATACNA estáconstituida sobre el área física del actual CETICOS de Tac- na. La Zona Comercial de Tacna corresponde a la ac- tual Zona de Comercialización de Tacna y comprende el distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el área donde se encuentran funcionando los mercadi-llos en el distrito del Alto de la Alianza de la provincia de Tacna. A) INGRESO DE MERCANCÍAS A LA ZOFRATACNA 1. No pueden ingresar a la ZOFRATACNA:a) Mercancías cuya importación al país se encuentre prohibida, incluidos los vehículos usados con más de cin-co (05) años de antigüedad. b) Insumos químicos fiscalizados, de conformidad con la Ley Nº 25623. c) Armas y sus partes accesorias, repuestos o muni- ciones, y los explosivos o insumos y conexos de uso civil, nitrato de amonio y de sus elementos componentes. d) Mercancías que atenten contra la salud, el medio ambiente y la seguridad o moral públicas. e) Las demás que se fije por decreto supremo refren- dado por los Ministros de Economía y Finanzas, de Co- mercio Exterior y Turismo y de la Producción. Las demás mercancías cuya importación al país se en- cuentre restringida, requerirán para su ingreso a la ZO- FRATACNA cumplir con los requisitos establecidos en lalegislación vigente. 2. Las mercancías que ingresan a la ZOFRATACNA pueden provenir de: a) El exterior. b) El resto del territorio nacional. c) Los CETICOS. 3. El ingreso de mercancías provenientes del exterior a la ZOFRATACNA se efectúa a través de los siguientes pun- tos de ingreso: a) Puerto de Ilo. b) Puerto de Matarani.c) Muelle peruano en Arica. d) Jurisdicción de la Intendencia de Aduana de Tacna: - Agencia Aduanera de Santa Rosa - Aeropuerto de Tacna Los documentos de embarque deben indicar que las mercancías tienen por destino la ZOFRATACNA y deben estar consignadas a un usuario autorizado. Cuando el ingreso de las mercancías se realice por aduanas distintas a las mencionadas, su traslado hacia la ZOFRATACNA debe efectuarse bajo el régimen aduanerode tránsito, debiendo aplicarse lo establecido en el proce- dimiento INTA-PG.08. 4. El ingreso de mercancías provenientes del exterior a la Zona Comercial de Tacna se efectúa a través de los de- pósitos francos ubicados en la ZOFRATACNA, siempre quese haya utilizado los siguientes puntos de ingreso: a) Puerto de Ilo. b) Puerto de Matarani. c) Aeropuerto de Tacna. d) Muelle peruano en Arica.Los documentos de embarque deben indicar que las mercancías tienen por destino la ZOFRATACNA y deben estar consignadas a un usuario autorizado. El ingreso de las mercancías a través de los puertos de Ilo, Matarani y el aeropuerto de Tacna se efectúa directa- mente desde el exterior, no siendo aplicables los regíme- nes de Tránsito ni de Transbordo. Excepcionalmente se autoriza el ingreso de mercan- cías por la Agencia Aduanera de Santa Rosa, en los mon- tos, frecuencias y plazo indicado en la Ley Nº 27825. 5. El traslado de la mercancía desde los puertos de Ilo o Matarani, que esté destinada a un usuario de la ZOFRA-TACNA, es autorizado por la intendencia de aduana de la jurisdicción, debiendo solicitarse dentro de los treinta (30) días contados a partir del día siguiente al término de ladescarga, caso contrario la mercancía cae en abandono legal. Autorizado el traslado, éste debe efectuarse en un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la nu-meración de la “Solicitud de Traslado de Mercancías a ZOFRATACNA” –Anexo 1- caso contrario, el documento pierde su vigencia. 6. El traslado de mercancías desde los puntos de in- greso a la ZOFRATACNA es de responsabilidad del dueño o consignatario, así como del transportista. Dicho trasladose efectúa por las siguientes rutas: a) Puerto de Matarani hacia la ZOFRATACNA: carretera Panamericana Sur o carretera Mollendo-Ilo-Costanera. b) Puerto de Ilo hacia la ZOFRATACNA: carretera Cos- tanera. c) Aeropuerto de Tacna hacia la ZOFRATACNA: carre- tera Panamericana Sur. d) Muelle peruano en Arica hacia la ZOFRATACNA: - Ferrocarril Arica-Tacna - Carretera Panamericana Sur e) Agencia Aduanera de Santa Rosa hacia ZOFRATAC- NA: carretera Panamericana Sur. 7. El ingreso de bienes nacionales provenientes del resto del territorio nacional destinados a usuarios autorizados aoperar en la ZOFRATACNA, se considera como una exporta- ción definitiva o temporal, según corresponda. Los bienes nacionales que ingresen a la ZOFRATAC- NA para efectos de maquila, no pueden ser reingresados al resto del territorio nacional, sino que deben ser transfor- mados o utilizados en las actividades desarrolladas o ex-portados. 8. Los bienes se consideran exportados a la ZOFRA- TACNA cuando cumplan concurrentemente los siguientesrequisitos: a) El transferente sea un sujeto domiciliado en el resto del territorio nacional. b) El adquiriente sea calificado como usuario por el Co- mité de Administración o el operador, y sea persona distin-ta al transferente. c) Se transfieran a título oneroso, lo que deberá demos- trarse con el comprobante de pago que corresponda, emitidoy registrado según las normas sobre la materia. d) Sea utilizado íntegramente en la ZOFRATACNA. e) El transferente debe sujetarse al procedimiento adua- nero de exportación definitiva de mercancías nacionales o nacionalizadas provenientes del resto del territorio nacio- nal con destino a la ZOFRATACNA. 9. Las actividades que pueden desarrollar los usuarios en la ZOFRATACNA son las siguientes: 01. Manufactura o producción de mercancías no com- prendidas en los CIIU ( Revisión 2) Nºs. 3114, 3115, 3118,3122, 3530 y 3720 (procesadores de productos primarios), con excepción de la manufactura o producción de aceite de oliva. 02. Actividades agroindustriales: actividades produc- tivas dedicadas a la transformación primaria de produc- tos agropecuarios que se produzcan en el país y quedicha transformación se realice dentro de la ZOFRA- TACNA. 03. Actividades industriales y agroindustriales a que se refieren los numerales anteriores que impliquen la produc- ción de mercancías cuyo nivel de exportación del país no haya superado los US$ 20 millones de dólares americanos