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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2004 (24/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 92

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G33/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de marzo de 2004 y Multas Tributarias por los años 1999 al año 2003, cual- quiera sea el estado en que se encuentre incluida co- branza ordinaria, cobranza coactiva, reclamación, ape- lación y demanda ante el Poder Judicial, haciéndolaigualmente extensiva a las cuotas vencidas de los Con- venios de Franccionamiento, Beneficio que venció el 31 de diciembre del 2003; Que, asimismo, se dejó claramente establecido que el Beneficio Especial Tributario, extingue únicamente los inte- reses, reajustes y moras que se hubiesen generado deconformidad con el artículo 33º del Código Tributario por el No Pago de los Tributarios referidos; Estando a los pronunciamientos emitidos, de conformi- dad con los artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Estado y al artículo 41º del Código Tributario; en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) delartículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo en la forma reglamentaria, por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLÍAN EL BENEFICIO ESPECIAL TRIBUTARIO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Artículo 1º.- Amplíese, en los mismos términos, el Be- neficio Especial Tributario, que fuera otorgado por Orde- nanza Nº 011-03/MDLV, de fecha 9 de diciembre del 2003, publicada el 14 de diciembre del 2003. Artículo 2º.- Vigencia del Beneficio Especial Tribu- tario El Beneficio Especial Tributario que se otorga a tra- vés de la presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación hasta el 15 de abril del2004. DISPOSICIÓN FINAL Encargar a la Dirección de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 05913 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G73/G2D /G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-04-MDLV La Victoria, 23 de marzo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 006-03/MDLV, de fecha 17 de setiembre del 2003, publicada en el Diario Oficial El Perua-no con fecha 25 de setiembre del 2003 y su modificatoria Ordenanza Nº 008-03/MDLV, de fecha 16 de octubre del 2003, publicada el 9 de noviembre del 2003, se otorgó elBeneficio Especial Tributario consistente en la rebaja de un promedio del 50% de los costos actuales para la obtención de Autorización Municipal de Funcionamiento en el distritode La Victoria, precisándose las escalas correspondientes para la Autorización Provisional (12 meses) y la Autoriza- ción Definitiva; Que, en la Primera Disposición Final de la Ordenan- za Nº 006-03/MDLV, de fecha 17 de setiembre del 2003, se faculta al Alcalde a fin de que por intermedio de De-creto de Alcaldía amplíe el plazo del referido beneficio;Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º concordante con el artículo 194º de la Ley de Re- forma Constitucional Nº 27680 y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, es- tablece que mediante Ordenanza los Gobiernos Loca-les pueden crear, modificar y suprimir sus Contribucio- nes, Arbitrios, Derechos y Licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala laLey; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su artículo 83º inciso 3.3.6, en materia deAbastecimiento y Comercialización de Productos y Ser- vicios, establece que las Municipalidades ejercen la fun- ción de otorgar Licencia para la Apertura de Estableci-mientos Comerciales, Industriales y Profesionales; Que, la Ley Nº 28015 - Ley de Promoción y Forma- lización de la Micro y Pequeña Empresa, en su artículo38º párrafo tercero, establece que la Licencia Provisio- nal de Funcionamiento tendrá validez de 12 meses con- tados a partir de la fecha de presentación de la solici-tud; Que, es necesario atender requerimientos que se vienen presentando por comerciantes informales quepor diversas circunstancias no pudieran acogerse al Beneficio Especial Tributario concedido para formalizar su situación y obtener la Autorización Municipal de Fun-cionamiento correspondiente; Que, en mérito a los fundamentos expuestos, con la facultad otorgada y las atribuciones conferidas en el ar-tículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Amplíese el plazo de vencimiento, del Beneficio Especial Tributario en el distrito de La Victo- ria, para la obtención de Autorización Municipal de Funcio- namiento que fuera otorgado por Ordenanza Nº 006-03/MDLV, de fecha 17 de setiembre del 2003, publicada el 25 de setiembre del 2003, y su modificatoria Ordenanza Nº 008-03/MDLV, de fecha 16 de octubre del 2003, publicadael 9 de noviembre del 2003. Artículo Segundo.- El Beneficio Especial Tributario, a que se refiere el artículo primero del presente Decreto en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación por ellapso de 30 días hábiles. Artículo Tercero.- La Dirección de Rentas, queda en- cargada de su debido cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 05912 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-04/CDL-CH Mediante Oficio Nº 053-2004-SG, la Municipalidad de Lurigancho- Chosica solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 020-04/CDL-CH, publicada en la edición del día 16 de marzo de 2004. DICE: Segundo.- Exonerar del proceso de selección respecti- vo la contratación de camiones de recolección y disposi- ción final de los residuos sólidos del distrito, procediéndose a la Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a los siguien-tes detalles: