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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2004 (24/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G32/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de marzo de 2004 y de Servicios del Corredor Turístico Monumental Jr. De la Unión en el Índice de Usos para la Ubicación de Activida- des Urbanas en el Centro Histórico de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 201-MML, aplicable a los predios que cuen-ten con frente al Corredor Turístico Monumental Jr. de la Unión, que comprende el Jr. de la Unión y la Calle Belén. Artículo 2º.- DE LA MODIFICACIÓN DEL INDICE DE USOS.- Modifíquese el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en el Centro Histórico de Limadenominado Anexo Nº 002-PCL de la Ordenanza Nº 201- MML, al que se deberán incluir las siguientes Actividades Económicas y de Servicios: I.C.- COMERCIO AL POR MENOR I.C.1.- BIENES DE CONSUMO DIRECTO 138.- Tienda-Venta por departamentos 161.- Electrodomésticos. Línea Blanca (Refrigeradora, cocina, lavadora) 163.- Artefactos Eléctricos164.- Venta de teléfonos celulares y repuestos (Sin an- tena) 169.- Instrumentos Musicales I.C.3.- SERVICIOS COMERCIALES 188.- Administración de Empresas Inmobiliarias. Corre- tajes. IV.A.- ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS IV.A.1.- INSTITUCIONES MONETARIAS502.- Bancos sucursales IV.A.2.- OTROS ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS 504.- Caja de Ahorro 506.- Financieras de Crédito 509.- Agencias de cambio IV.C.- BIENES INMUEBLES Y SERVICIOS PRESTA- DOS EN EMPRESAS IV.C.2.2.- SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA Y TENEDURÍA DE LIBROS 518.- Servicios de Contabilidad, Auditoría y Teneduría de Libros IV.C.2.6.- SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRE- SAS EXCEPTUANDO EL ALQUILER Y ARRENDA- MIENTO DE MAQUINARIA 531.- Servicios de Administración Comercial y de Con- sulta V.B.- SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS COMUNALES CONEXOS V.B.1.3.- ASOCIACIONES COMERCIALES, PROFE- SIONALES, LABORALES Y PROFESIONALES EN GE-NERAL 641.- Estudio de Abogados 644.- Arquitectos - Consultoría 645.- Ingenieros - Consultoría 646.- Contadores647.- Auditores V.E.- SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGA- RES V.E.3.- SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS702.- Estudios Fotográficos (Laboratorios de Revela- dos). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Única.- Otórgase un plazo de 30 días para que las Ins- tituciones, Empresas, Personas Jurídicas y naturales, se adecuen a lo establecido en la presente ordenanza, encar-gándose hacer efectivo el cumplimiento de la misma a la Dirección Municipal de Comercialización, Fiscalización y Control, y el Programa Municipal de Recuperación del Cen- tro Histórico de Lima - PROLIMA. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los once días del mes de marzo de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05784 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G2D/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20 /G61/G20 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G20 /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G2C/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G61 /G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F/G20/G4C/G69/G62/G72/G65 ORDENANZA Nº 609 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2004, el Documento Simple Nº 4350-04 (Expediente Nº 7408-03)seguido por don Cesar Alberto Lozano Noriega, quien so- licita el cambio de zonificación de Zona Residencial de Densidad Baja - R1 a Zona de Equipamiento Educativo -E1, de un predio de propiedad del solicitante, cuya área es de 2,592.00 m2 ubicado en la Av. La Molina cuadra 13, Urb. El Sol de La Molina, Mz. S, lote 2, distrito de La Moli-na, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita- na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí- culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú,modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucio- nal del Capítulo XIV del Título IV; Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun- ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo:Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro- llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demásplanes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicio- namiento Territorial; Que, el cambio de zonificación solicitado corresponde a un predio de propiedad privada cuyo propietario es don Cesar Alberto Lozano Noriega, tal como se desprende del Testimonio de Adjudicación y Traslación de Dominio de fe-cha 24 de agosto de 1994 e inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima y Callao; Que, está acreditado que el cambio de zonificación so- licitado cuenta con opinión favorable de los vecinos; Que, la Municipalidad Distrital de La Molina mediante Informe Nº 135-2003-MDLM-GDU, de fecha 3 de julio de 2003, emitido por la Gerente de Desarrollo Urbano, opina por la no procedencia del cambio de zonificación, indican-do como observación la falta de aprobación vecinal; sin embargo dicha observación quedaría subsanada, por cuan- to el recurrente ha demostrado que cuenta con la acepta-ción de sus vecinos del entorno, y aún más cuenta con el apoyo de los representantes de la Asociación de Propieta- rios y Residentes de la Urbanización Sol de La Molina; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Informe Técnico de Zonificación - La Molina Nº 02-MML/ IMP-DPT, de noviembre de 2003, opina por la procedenciadel cambio solicitado, por cuanto la ubicación de un local