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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2004 (24/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G32/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, estableció las etapas deejecución del proceso de descentralización, correspondiendo en la primera etapa, la transferencia de los activos y pasivos de los Consejos Transitorios de Administración Regional - CTARsa los Gobiernos Regionales; Que, la Décimo Cuarta Disposición Transitoria, Complemen- taria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales, modificada por la Ley Nº 27902, declara de nece- sidad y utilidad pública el saneamiento legal de los bienes mue- bles e inmuebles que los Consejos Transitorios de Administra-ción Regional - Catres hayan transferido a los Gobiernos Regionales y en consecuencia, autoriza a estos últimos al saneamiento legal de dichos bienes; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 147-CND-P- 2003, emitida por el Presidente del CND, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de diciembre de 2003, se aprobó la Di-rectiva Nº 007-CND-2003, la cual establece en su numeral 4.3, que cada Gobierno Regional conformará una Comisión de Saneamiento de Bienes, que se encargará del planeamiento ysupervisión de los trámites de saneamiento de los bienes mue- bles e inmuebles. Dicha Comisión estará conformada por dos (2) representantes de la Gerencia de Administración de cadaGobierno Regional, un (1) representante de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales y un (1) representante de la Oficina de la Zona Registral correspondiente de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos; Que, consecuentemente, resulta necesario constituir la Comisión de Saneamiento de Bienes del Gobierno Regio-nal del Callao y designar a sus representantes; Que, la presente Resolución cuenta con la conformidad de la Gerencia General Regional y con las visaciones de la Ge-rencia de Administración, y de la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por el artí- culo 21º inciso d) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales, y artículo 18º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobadopor Ordenanza Regional Nº 002-2003-CR/RC, publicado el 23 de enero de 2003 en el Diario Oficial El Peruano; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir la Comisión de Sanea- miento de Bienes del Gobierno Regional del Callao, la mis- ma que estará conformada de la siguiente manera: - Dos (2) representantes de la Gerencia de Administra- ción del Gobierno Regional del Callao. - Un (1) representante de la Oficina de la Zona Regis- tral del Callao de la Superintendencia Nacional de los Re-gistros Públicos. - Un (1) representante de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales. Artículo Segundo.- Los representantes del Gobierno Regional del Callao, serán dos (2) profesionales adscritosa la Gerencia de Administración, el CPC Guillermo Cisne- ros Tarmeño y el Abog. Pablo Cárdenas Oscátegui. Artículo Tercero.- Comunicar la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Super- intendencia de los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 05914 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G72/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G54/G61/G6D/G62/G6F/G20/G43/G63/G61/G72/G61/G63/G6F/G2D /G63/G68/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G2D /G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0149-2004-GORE-ICA/PR Ica, 10 de marzo de 2004VISTO; el Oficio Nº 077-2004-GORE-ICA-PETACC-GG, del Gerente General del Proyecto Especial Tambo Ccara- cocha; y, CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Ica, es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competen-cia, constituyendo, para su administración económica y financiera un pliego presupuestal, amparado por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, modificada por Ley Nº 27902. Tiene entre sus finalidades fomentar el desarrollo regional integral sos- tenible, promoviendo la inversión pública y privada y elempleo, asimismo garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habi- tantes, de acuerdo a los planes y programas naciona-les, regionales y locales de desarrollo; Que, mediante el oficio del visto, el Gerente Gene- ral del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, solicitala exoneración del proceso de selección, para prorro- gar el contrato de arrendamiento del inmueble en el cual funcionan las oficinas de dicha institución; Que, el Artículo 19º inciso g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece queestán exonerados de los procesos de Licitación Públi- ca, Concurso Público o Adjudicación Directa, las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen, para pro-rrogar el plazo de arrendamiento de inmuebles ocupa- dos por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índicegeneral de precios al por mayor; Que, el Artículo 20º de la misma norma legal, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescribeque las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Artículo 19º de la ley, se realizarán mediante el pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo laexoneración aprobada por Resolución del Titular del Pliego; Que, desde el año 1997, el Proyecto Especial Tam- bo Ccaracocha conduce en calidad de arrendatario el inmueble sito en Av. Conde de Nieva Nº 393 de la urba- nización Luren, distrito, provincia y departamento deIca, en el cual funcionan las oficinas de dicho proyecto especial, pagando una renta mensual de Seiscientos y 00/100 Dólares Americanos (US$ 600.00), cuyassucesivas prórrogas han vencido el 31 de diciembre del 2003; Que, mediante los Informes Nº 012-2004-GORE- ICA/PETACC.OA/UASA y, Nº 006-2004-GORE-ICA/PE- TACC.OA, las Oficinas de Abastecimiento y Administra- ción del Proyecto Especial, respectivamente, señalanque existe la necesidad de renovar el contrato de arrendamiento de dicho inmueble por un plazo de 12 meses, de enero a diciembre del presente año, y queen los meses de enero y febrero se pagará mensual- mente $ 600.00 (Seiscientos Dólares Americanos), más el impuesto a la renta y desde el 1 de marzo al 31 dediciembre del 2004, se reducirá a $ 500.00 (Quinientos Dólares Americanos) mensuales, más el impuesto a la renta, resultando un monto anual de $ 6,200.00 (SeisMil Doscientos Dólares Americanos) más el impuesto a la renta que será a cargo del arrendatario, no exis- tiendo incremento mensual de alquiler y por el contra-rio existe una disminución de ella; Que, a través del Informe Nº 001-2004-GORE-ICA- PETACC/OAJ, el Asesor Jurídico del Proyecto Espe-cial emite opinión, en el sentido que resulta procedente la exoneración del proceso de adjudicación directa se- lectiva para prorrogar el Contrato de Arrendamiento alu-dido, por estar contemplada en la causal contenida en el inciso g) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la exoneración está referida al Proceso de Adjudicación Directa Selectiva, en razón a que el mon- to total de arrendamiento asciende a la suma de US$6,200.00 siendo su equivalente en moneda nacional, la suma de S/. 21,514.00, al tipo de cambio de S/. 3.47 x Dólar; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolución Ejecutiva Regional que apruebe la referida exoneración, en razón de que el Presidente del Gobierno Regionalde Ica, es el Titular del Pliego, conforme se encuentra