TEXTO PAGINA: 39
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G37/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de marzo de 2004 trato de suministro suscrito con la empresa Denti Lab del Perú S.R. Ltda. derivado de la Licitación Pública Nº 0199L00251; y, CONSIDERANDO: Que, en razón a las necesidades determinadas a nivel nacional de adquirir el producto Espéculo Vaginal Media- no, generadas por la Resolución de Contrato Nº 4600012950 (2) con la empresa Denti Lab del Perú S.R.Ltda., derivado de la Licitación Pública Nº 0199L00251, Essalud mediante Resolución de Gerencia Central de Ad- quisiciones Nº 292-GCA-ESSALUD-2003, de fecha 26 desetiembre de 2003, recompuso el Comité Especial Perma- nente para las Adjudicaciones Directas y las Adjudicacio- nes de Menor Cuantía para la Adquisición de Material Mé-dico; Que, con Resolución de Gerencia Central de Adquisi- ciones Nº 364-GCA-ESSALUD-2003, se aprobaron lasBases de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 0399C00221 "Adquisición de Material Médi- co", por un valor referencial de S/. 411,546.90 (Cuatrocien-tos Once Mil Quinientos Cuarentiséis y 90/100 Nuevos Soles); Que, en fecha 19 de octubre de 2003, se realizó la con- vocatoria mediante publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano de la Adjudicación Directa Pública Nº 0399C00221 "Adquisición de Material Médico", correspondiente al ítem3 - Espéculo Vaginal Mediano, con un valor referencial res- pecto de dicho ítem de S/. 88,309.20 (Ochentiocho Mil Tres- cientos Nueve y 20/100 Nuevos Soles); Que, con fecha 5 de noviembre de 2003, el Comité Es- pecial Permanente, acordó adjudicar el ítem 3 - Espéculo Vaginal Mediano en la Adjudicación Directa Pública Nº0399C0022, la cantidad de 63,078 unidades por un valor de S/. 70,467.36 a la empresa Denti Lab del Perú S.R. Ltda.; Que, dentro del plazo de ley la empresa Medical Goods & Services S.A. - Medic Goods S.A." interpuso recurso de apelación contra el Otorgamiento de la Buena Pro, respec- to del ítem Nº 3 Espéculo Vaginal Mediano, el mismo quees resuelto mediante Resolución de Gerencia General Nº 635-GG-ESSALUD-2003, declarando Fundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Medical Goods &Services S.A. - Medic Goods S.A.; Que, de lo dispuesto en la Resolución detallada en el considerando anterior, el Comité Especial, procedió a eva-luar nuevamente las propuestas técnicas y económicas y acordó adjudicar a la empresa Medical Goods & Services S.A. - Medic Goods S.A., el ítem Nº 3 Espéculo VaginalMediano por la suma de S/. 73,801.26; Que, al no encontrándose conforme la empresa Denti Lab del Perú S.R. Ltda., con el resultado de la Adjudica-ción Directa Pública Nº 0399C00221, interpuso Recurso de Apelación con fecha 13 de enero de 2003; el mismo que fue resuelto mediante Resolución de Gerencia General Nº039-GG-ESSALUD-2004, declarando nulo el ítem 3 de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 0399C00221 "Adquisición de Material Médico", debiendoretrotraerse el proceso a la Etapa de Evaluación Técnica y en consecuencia sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor de la empresa Medical Goods & Services S.A.- Medic Goods S.A.; Que, con fecha 10 de febrero de 2004, mediante Carta Nº 513-OCAJ-ESSALUD-2004, la Oficina Central de Asun-tos Jurídicos, hace de conocimiento de la Gerencia de Di- visión de Administración y Organización el resultado del proceso arbitral seguido por la empresa Denti Lab del PerúS.R. Ltda. sobre resolución del contrato, señalando que el Tribunal Arbitral estableció continuarse con la ejecución del Contrato Nº 4600012950 (2), de suministro del materialmédico mediano - Espéculo Vaginal Mediano; Que, con fecha 19 de febrero de 2004, la Subgerencia de Adquisiciones señala que en mérito al proceso arbitraly en aplicación con lo dispuesto por el Tribunal Arbitral, correspondía gestionar la suscripción de la addenda que amplíe la vigencia del contrato y así proceder con la emi-sión de Órdenes de Compra y la ejecución contractual; Que, siendo así y conociendo los requerimientos en el ámbito nacional se procedió a suscribir Addenda de am-pliación de vigencia al Contrato Nº 4600012950 (2), con fecha 11 de marzo de 2004; Que, en ese sentido, la necesidad de adquirir el ítem 3 - Espéculo Vaginal Mediano en la Adjudicación Directa Pública Nº 0399C00221, habría cesado por lo que corres- pondería Cancelar el mencionado proceso en aplicación alo dispuesto en el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Oficio Nº 249-2004 (PRE), de fecha 10 de marzo de 2004, el Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones del Estado emite la Opinión Nº 039-2004 (GTN), donde concluye señalando que es competente para efectuar la cancelación de procesos de selección el fun-cionario facultado para aprobar la realización del proceso, según las normas de organización interna de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 776-PE-ESSALUD-2003, se delega en la Gerencia Cen- tral de Adquisiciones la aprobación de Bases de Adjudica- ciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, por loque corresponde a dicho Órgano aprobar la cancelación de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 0399C00221, en lo referente al ítem 3 - Espéculo Vagi-nal Mediano; Que, de acuerdo al artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM correspon- de a la Entidad comunicar su decisión dentro del día si- guiente y por escrito al Comité Especial. Éste, a su vez,deberá comunicar dicha decisión a todos los adquirentes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, según sea el caso, dentro del día siguiente de recibida la comunica-ción cursada por la Entidad; así como, la Resolución can- celatoria deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la Convocatoria, dentrode los cinco días posteriores a la adopción de la decisión; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: CANCELAR la Adjudicación Directa Pública Nº 0399C00221, respecto del ítem 3 - Espéculo Vaginal Me- diano. DISPONER que la Gerencia de Adquisiciones comu- nique por escrito la decisión adoptada a través de la pre- sente Resolución, a los miembros del Comité Especial de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº0399C00221, dentro del día siguiente de su expedición. DISPONER la publicación de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días siguientes de su expedición,de acuerdo a Ley. DISPONER que el Comité Especial comunique la pre- sente Resolución a los adquirentes de las Bases de la Ad-judicación Directa Pública Nº 0399C00221, dentro del pla- zo de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASADRE LACUNZA Gerente Central de Adquisiciones 06239 INACC /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G64/G72/GF3/G6E/G20/G4D/G69/G2D /G6E/G65/G72/G6F/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G33/G31/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G32/G30/G30/G33 SECTOR ENERGÍA Y MINAS INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1184-2004-INACC/J Lima, 26 de marzo del 2004 VISTO; el Informe Nº 0172-2004-INACC-DGDV de fe- cha 25 de marzo de 2004, emitido por la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el segundo párrafo del artícu- lo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se dispone quea partir del 1 de enero del año 2000, el pago del Derecho de Vigencia de petitorios, denuncios, concesiones mine- ras, concesiones de beneficio, de labor general y de trans-