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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2004 (29/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G37/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de marzo de 2004 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G66/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G69/G72/G65/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G73/G70/G61/G63/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2004-MTC/02 Lima, 24 de marzo de 2004CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcio- narios públicos de los Ministerios, entre otras entida-des, la autorización de viaje se otorgará por Resolu- ción Ministerial del Sector que corresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial El Peruano con anteriori-dad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, mediante comunicación Nº 04/3/252/0680 del 17 de febrero del 2004, el Director General de Aero- náutica Civil de Chile, invita al Director General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones a participar en la Conferencia de Alto Nivel sobre Transporte Aéreo para las Américas a desarro-llarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, entre los días 30 de marzo al 2 de abril del 2004. Asi- mismo, durante dichos días y en la misma ciudad sellevará a cabo la Feria Internacional del Aire y del Es- pacio, organizada en conjunto con la Asociación Inter- nacional de Transporte Aéreo - IATA; Que, las citadas reuniones, según lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil de Chile, secentrarán esencialmente en los rápidos y dramáticos cambios que la industria del transporte aéreo ha esta- do experimentando en los últimos años; los que a suvez están dando forma a nuevas estructuras en la in- dustria; Que, la actividad aeronáutica en el país no es ajena a los cambios que se señalan y requiere que sus Autori- dades Aeronáuticas se encuentren permanentementeinformadas sobre estos temas a fin de que adopten las medidas y políticas adecuadas; Que, según los términos del Informe Nº 0176-2004- MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, enatención a la importancia de los temas a tratar en las citadas reuniones, resulta necesario autorizar el viaje del señor Wilson Benzaquén Rengifo, Director Generalde Aeronáutica Civil, para participar en las menciona- das reuniones, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el viaje del mencionado funcionario será financiado con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Admi-nistración General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27791, 27619, 28128 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Wilson Ben- zaquén Rengifo, Director General de Aeronáutica Civil, a la ciudad Santiago, República de Chile, del 29 de marzo al 2 de abril del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumpli- miento de la presente Resolución serán financiados porla Unidad Ejecutora 001 - Administración General delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do a los siguientes términos: Viáticos US$ 500.00 Tarifa Unificada de Uso Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, elfuncionario mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial , dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impues- tos o derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06244 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G2D /G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2004-MTC/02 Lima, 24 de marzo de 2004CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcio- narios públicos de los Ministerios, entre otras entida-des, la autorización de viaje se otorgará por Resolu- ción Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anteriori-dad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, es-tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, és- tos serán aprobados por resolución suprema refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros y el Mi-nistro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chica- go sobre Aviación Civil y poder mantener la califica-ción de Categoría - I otorgada al Perú por la Organiza- ción de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad opera-cional a través de la ejecución de inspecciones técni- cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio yen los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Cielos del Perú S.A., con Carta GOP-045-2004-CDP, del 15 de marzo del 2004, en el