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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G31/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de mayo de 2004 da, Construcción y Saneamiento, al Proyecto Espe- cial Pichis Palcazú y, a las Gerencias y Oficinas Ge-nerales de la Sede Central del INADE, que corres- pondan, debiendo publicarse en el Diario Oficial, e insertarse en los legajos personales respectivos. Regístrese y comuníquese. FEDERICO VARGAS CENTENO Presidente Ejecutivo Gerente General(e) 08838 INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 014-IGP/04 Lima, 5 de enero del 2004 CONSIDERANDO:Que, el Artículo 7º del T.U.O. de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 012-2001-PCM, concordante con el Artículo 7º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, establecen que cada entidad debe elaborar su PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones consolidan- do como mínimo la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Di-rectas que se realizarán en el ejercicio presupues- tal; Que, la Dirección de Logística en coordinación con la Oficina de Desarrollo Institucional, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año Fiscal 2004, en base a las necesidades identifica-das por las diferentes áreas usuarias del Instituto Geofí- sico del Perú; Que, el numeral 4) del Artículo 7º del Reglamento de la citada Ley, dispone que el Plan Anual aprobado deberá encontrarse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones de laentidad y en la página web de ésta, debiendo además remitirse a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME; Que, en atención a lo expuesto precedentemente, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones correspondiente al año 2004, aefectos de amparar las adquisiciones que efectúe la institución; y, Que, en consecuencia y de conformidad con lo dis- puesto en el numeral 1) del Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do y el Decreto Legislativo Nº 136 - Ley del InstitutoGeofísico del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Instituto Geofísico del Perú para el ejercicio presupuestal 2004, el mismo que en anexo se adjunta y forma parte de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Disponer la publicación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones en la página webdel Instituto Geofísico del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.RONALD WOODMAN POLLITT Presidente Ejecutivo 08737SEGURO INTEGRAL DE SALUD /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G62/G75/G65/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G65/GF1/G6F /G65/G20/G69/G6D/G70/G72/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0055-2004/SIS Lima, 6 de mayo de 2004 VISTOS, el expediente de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2004-SIS y el Informe Nº 030-2004/SIS-A del Asesor de Jefatura; y, CONSIDERANDOQue, el Comité Especial Permanente del Seguro In- tegral de Salud, mediante Acta Nº 001 de fecha 31 demarzo del 2004, otorgó la Buena Pro de la Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 0001-2004/SIS, para la con- tratación del Servicio de Diseño e Impresión de Forma-tos del Seguro Integral de Salud, al Consorcio Contac- to Gráfico Perú S.R.L. y Gráfica Maguiña e Hijos S.C.R.L., amparándose en las mejores condiciones quefavorece a la Entidad de acuerdo al Cuadro Individual de Calificación Técnica y Económica, que conllevó a un juicio errado; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0044-2004/ SIS de fecha 15 de abril del 2004, basado en el Acta referida y en el Informe Nº 046-2004-SIS/OAJ de la Ofi-cina de Asesoría Jurídica, que declara Infundado el Re- curso de Apelación interpuesto contra el Otorgamiento de la Buena Pro del Proceso de Adjudicación DirectaSelectiva Nº 0001-2004-SIS, por el postor Proveedora Solución S.R.L., dicha Resolución se fundamentó en una bonificación del 20% a favor del postor ConsorcioContacto Gráfico Perú S.R.L. y Gráfica Maguiña e Hi- jos S.C.R.L., por ser Consorcio, PYME y que presta sus servicios dentro del territorio nacional, debiendoconsiderarse tal bonificación para los otros dos posto- res Konygraf & Cia. S.A.C. y Proveedora La Solución S.R.L. que también prestan sus servicios dentro del te-rritorio nacional, sin la observancia de lo dispuesto en el Artículo Único de la Ley Nº 27633, y el Artículo 73º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, al haber empatado en la Calificación Técnica y Económica dichos postores, recayendo en error iniciado por el Comité Especial Permanente; Que, de acuerdo al Informe de Vistos, el beneficio de bonificación del 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por cada pos-tura en los procesos de selección y para efectos de otorgar la Buena Pro, ha sido establecido en el Artículo Único de la Ley Nº 27633 a favor de todos los proveedo-res de bienes y servicios elaborados o prestados den- tro del territorio nacional, estableciéndose que la bonificación no está determinada por la forma asociati-va del proveedor sino por el lugar en donde se elaboran los bienes o se presta servicios; Que, los numerales 5 y 6.1.7 de la Directiva Nº 003- 2003-CONSUCODE/PRE aprobado por Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE, establece para que un Consorcio se haga acreedor del beneficio de bonifica-ción del 20%, sobre la calificación técnica y económi- ca, todos los integrantes deberán prestar sus servicios dentro del territorio nacional y deben ser personas na-turales domiciliadas dentro del territorio nacional o per- sonas jurídicas domiciliada y constituida dentro del país; Que, en consecuencia el proceso de la Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 0001-2004-SIS deberá retro- traerse a la etapa de resolver la situación de empate entre los tres postores que han adquirido igual puntajeen resultado final después de la evaluación técnica y económica, por haberse prescindido de las normas