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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2004 (16/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G36/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de mayo de 2004 ACUERDA: 1. Aprobar el Dictamen Nº 057-2004-MPC-CAM, de la Comisión de Administración y DECLARAR en Situación de Urgencia la Contratación del Servicio de Mensajería Local y Nacional en la Municipalidad Provincial del Callao, para el año 2004 durante sesenta (60) días calendario contados a partir de la notificación del presente Acuerdo. 2. Encargar a la Gerencia de Abastecimientos, efec- tuar la correspondiente contratación. 3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre y cumpla.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 09221 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72 ORDENANZA Nº 014-2004-MDLP/ALC La Punta, 19 de marzo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Visto, en sesión de Concejo del día 18 de marzo de 2004, establézcase la nueva Tasa por Estacionamiento Vehicular y determínense las zonas autorizadas para el cobro. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades tienen autoridad política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y las materias en las cuales la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, estando a lo dispuesto por el Informe Técnico Nº 001-2004-GRC de fecha 15 de marzo del 2004 y al Informe Legal Nº 057-2004-MDLP/ALC de fecha 18 de marzo del 2004; Que, con acuerdo de concejo de fecha 18 de marzo del año 2004, de conformidad con la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 776, la Ordenanza Nº 04- 96-MPC y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Establézcase el monto de la Tasa por es- tacionamiento vehicular en S/. 1.5 (uno y 50/100 Nuevos Soles) por cada hora o fracción, permitiéndose una tole- rancia de 10 minutos. Artículo 2º.- La negativa al pago de la Tasa por Esta- cionamiento Vehicular dará lugar a la aplicación de una Multa equivalente a 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), en vigencia al momento de cometer la infracción. Artículo 3º.- De conformidad con el Artículo Décimo Tercero de la Ordenanza Nº 004-96 de la Municipalidad Provincial del Callao, establézcase las zonas donde se cobrará la Tasa por estacionamiento vehicular de acuerdo a lo siguiente: A) Zonas Permanentes Zona 1.- Malecón Pardo, entre Av. Grau y Jr. Medina. Zona 2.- Av. BolognesiCuadra 0 - Ambos Lados Cuadra 6 - Ambos Lados Cuadra 7 - Ambos Lados Zona 3.- Plaza Gálvez.Zona 4.- Jr. Valle - Zona aledaña al Club Universitario de Regatas. Zona 5.- Av. Grau - Cuadra 0 - Ambos Lados. Zona 6.- Tnte. Palacios - Cuadra 4 - Lado izquierdo. B) Zonas de temporada de verano (Del 1 de enero al 15 de abril, Sábados y Domingos) Zona 1.- Jr. Fanning.Cuadra 2 - Ambos Lados Cuadra 3 - Ambos Lados Zona 2.- Jr. Larco - Cuadra 5ta. Zona 3.- Jr. Arrieta - Cuadra 5ta. Artículo 4º.- Adicionalmente a lo establecido en el Artí- culo Décimo de la Ordenanza Nº 04-96-MPC, el Reglamento de la presente Ordenanza establecerá a los conductores que estarán exonerados del pago de la Tasa por Estacio- namiento Vehicular y el procedimiento para recabar las iden- tificaciones de exoneración respectivas. Artículo 5º.- Facúltese a la Gerencia de Rentas y Co- mercialización a Reglamentar y hacer cumplir la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Déjese sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el Decreto de Alcaldía Nº 001/97-MDLP y la Ordenanza Nº 001/97-MDLP, publi- cadas el 17 de enero de 1997. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia una vez sea ratificada por la Municipalidad Provincial del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 09306 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6C/G74/G61/G73/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2004/MDV-ALC Ventanilla, 24 de marzo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 24 de marzo del año 2004, la Ordenanza Municipal Nº 003-2004/MDV-ALC del 29.ENE.2004 referente al estable- cimiento de infracciones por arrojo de desmonte y otros; Informe Nº 021-04/MDB-SR del 24.MAR.2004, Dictamen Nº 006-2004/MDV-SR-CAFI del 24.MAR.2004 e Informe Nº 045-2004/MDV-GR del 19.FEB.2004; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo 194º mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Cons- titucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentraliza- ción, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y demás normas complementarias, gozan de autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es conocido que en diversas zonas del distrito, los vecinos del lugar acostumbran a depositar desmontes, ocasionando consecuente malestar, y no obstante que al imponerse la correspondiente notificación de infracción al-