Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2004 (16/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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ACUERDA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2004

1. Aprobar el Dictamen Nº 057-2004-MPC-CAM, de la Comision de Administracion y DECLARAR en Situacion de Urgencia la Contratacion del Servicio de Mensajeria Local y Nacional en la Municipalidad Provincial del Callao, para el ano 2004 durante sesenta (60) dias calendario contados a partir de la notificacion del presente Acuerdo. 2. Encargar a la Gerencia de Abastecimientos, efectuar la correspondiente contratacion. 3. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO:

Cuadra 0 - Ambos Lados Cuadra 6 - Ambos Lados Cuadra 7 - Ambos Lados MORDAZA 3.- Plaza Galvez. MORDAZA 4.- Jr. MORDAZA - MORDAZA aledana al Club Universitario de Regatas. MORDAZA 5.- Av. Grau - Cuadra 0 - Ambos Lados. MORDAZA 6.- Tnte. MORDAZA - Cuadra 4 - Lado izquierdo. B) Zonas de temporada de MORDAZA (Del 1 de enero al 15 de MORDAZA, Sabados y Domingos) MORDAZA 1.- Jr. Fanning.

Mando se registre y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 09221 Cuadra 2 - Ambos Lados Cuadra 3 - Ambos Lados MORDAZA 2.- Jr. Larco - Cuadra 5ta. MORDAZA 3.- Jr. MORDAZA - Cuadra 5ta. Articulo 4º.- Adicionalmente a lo establecido en el Articulo Decimo de la Ordenanza Nº 04-96-MPC, el Reglamento de la presente Ordenanza establecera a los conductores que estaran exonerados del pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular y el procedimiento para recabar las identificaciones de exoneracion respectivas. Articulo 5º.- Facultese a la Gerencia de Rentas y Comercializacion a Reglamentar y hacer cumplir la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Dejese sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el Decreto de Alcaldia Nº 001/97-MDLP y la Ordenanza Nº 001/97-MDLP, publicadas el 17 de enero de 1997. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia una vez sea ratificada por la Municipalidad Provincial del Callao. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 09306

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Establecen monto de Tasa por Estacionamiento Vehicular
ORDENANZA Nº 014-2004-MDLP/ALC La Punta, 19 de marzo de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Visto, en sesion de Concejo del dia 18 de marzo de 2004, establezcase la nueva Tasa por Estacionamiento Vehicular y determinense las zonas autorizadas para el cobro. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades tienen autoridad politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, que establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y las materias en las cuales la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, estando a lo dispuesto por el Informe Tecnico Nº 001-2004-GRC de fecha 15 de marzo del 2004 y al Informe Legal Nº 057-2004-MDLP/ALC de fecha 18 de marzo del 2004; Que, con acuerdo de concejo de fecha 18 de marzo del ano 2004, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 776, la Ordenanza Nº 0496-MPC y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Establezcase el monto de la Tasa por estacionamiento vehicular en S/. 1.5 (uno y 50/100 Nuevos Soles) por cada hora o fraccion, permitiendose una tolerancia de 10 minutos. Articulo 2º.- La negativa al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular MORDAZA lugar a la aplicacion de una Multa equivalente a 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), en vigencia al momento de cometer la infraccion. Articulo 3º.- De conformidad con el Articulo Decimo Tercero de la Ordenanza Nº 004-96 de la Municipalidad Provincial del Callao, establezcase las zonas donde se cobrara la Tasa por estacionamiento vehicular de acuerdo a lo siguiente: A) Zonas Permanentes MORDAZA 1.- Malecon MORDAZA, entre Av. Grau y Jr. Medina. MORDAZA 2.- Av. Bolognesi

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Modifican el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones de la municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2004/MDV-ALC Ventanilla, 24 de marzo del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el dia 24 de marzo del ano 2004, la Ordenanza Municipal Nº 003-2004/MDV-ALC del 29.ENE.2004 referente al establecimiento de infracciones por arrojo de desmonte y otros; Informe Nº 021-04/MDB-SR del 24.MAR.2004, Dictamen Nº 006-2004/MDV-SR-CAFI del 24.MAR.2004 e Informe Nº 045-2004/MDV-GR del 19.FEB.2004; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades de conformidad con el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por el articulo 194º mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas complementarias, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es conocido que en diversas zonas del distrito, los vecinos del lugar acostumbran a depositar desmontes, ocasionando consecuente malestar, y no obstante que al imponerse la correspondiente notificacion de infraccion al-

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