Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2004 (16/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2004

Aprueban Sistema de Beneficios Administrativos "Paga Facil"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000015 Callao, 28 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 28 de MORDAZA de 2004; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad como organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, resulta necesario establecer un regimen de incentivos que permita a los vecinos de la jurisdiccion distrital, el cumplimiento de sus obligaciones administrativas generadas por la imposicion de sanciones de caracter administrativo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, conferidas al Concejo Provincial, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA DE BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS "PAGA FACIL" Articulo Primero.- Apruebese en la jurisdiccion del distrito del Cercado Callao, por un periodo de veinte (20) dias, el sistema de beneficios administrativos "PAGA FACIL", dirigido a facilitar el cumplimiento de las obligaciones generadas por las multas impuestas por las Gerencias Generales de Proteccion del Medio Ambiente, de Servicios Sociales y Culturales, de Seguridad Ciudadana, de Desarrollo Economico Local y Comercializacion y Desarrollo Urbano. Articulo Segundo.- Los infractores podran acogerse a los beneficios del sistema, por las multas administrativas cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 31 de diciembre del 2003. Tratandose de las infracciones sancionadas con arreglo a la Ley Nº 27157 y sus normas complementarias, solamente se encuentran comprendidas aquellas, cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 31 de diciembre del 2001. No se aplicaran los beneficios contemplados en la presente Ordenanza, respecto de las sanciones impuestas al MORDAZA del Reglamento Nacional de MORDAZA y Transporte. Articulo Tercero.- Las multas administrativas senaladas en el articulo anterior, seran susceptibles de reduccion en su monto insoluto en los porcentajes siguientes: ANO DE EMISION 1998 y 1999 2000 y 2001 2002 y 2003 2004 PORCENTAJE DE DESCUENTO 70% 50% 40% 10%

Articulo Septimo.- Procedase a la extincion de las multas administrativas impuestas hasta el 31 de diciembre del 2003, que se encuentren pendientes de cancelacion y cuyos montos insolutos no superen la suma de S/. 50.00 nuevos soles. No estan comprendidas las multas por infracciones de MORDAZA y transporte. Articulo Octavo.- Los pagos efectuados por concepto de las multas administrativas senaladas en el articulo 2º con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, son validos y no generan derecho a devolucion. Articulo Noveno.- La cancelacion de las multas administrativas con aplicacion de los descuentos previstos en la MORDAZA, surten los efectos del desistimiento sin mayor tramite, debiendo proceder las Gerencias Generales facultadas para imponer sanciones, al archivo de las mismas con conocimiento de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas. Articulo Decimo.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para el debido cumplimiento de la presente MORDAZA, asi como para prorrogar los plazos en MORDAZA establecidos. Articulo Undecimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique y publique. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 09219

Modifican Reglamento de Organizacion y Funciones de la municipalidad, aprobado por Ordenanza Nº 004-04
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000016 Callao, 30 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 28 de MORDAZA de 2004; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO, APROBADO POR ORDENANZA Nº 004-04 Articulo Unico.- Modificase el Articulo 47º de la Ordenanza Municipal Nº 004-04 de fecha 28 de febrero de 2004, el mismo que tendra la siguiente redaccion: "Articulo 47º.- Son funciones de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion: a. Asesorar al despacho de Alcaldia, al Concejo Municipal y a las diferentes unidades organicas de la Municipalidad, en asuntos juridicos, absolviendo las consultas respecto a la interpretacion de los alcances de normas legales, administrativas o municipales de caracter general. b. Emitir dictamen sobre asuntos contenciosos puestos a su consideracion, entre otros el procedimiento trilateral. Asi como opinion legal respecto de expedientes administrativos dentro de los cuales existan opiniones divergentes de dos organos municipales de igual nivel. c. Elaborar y/o revisar los proyectos de contratos y convenios que celebre la Municipalidad. d. Elaborar los proyectos de normas municipales que se requiera respecto a gestion, servicios o rentas, en coordinacion con las unidades organicas de la municipalidad, a las cuales alcance el proyecto. e. Emitir informes sobre los alcances de una MORDAZA legal, administrativa o municipal aplicada a un caso concreto relativo a un expediente administrativo en curso.

Articulo Cuarto.- Los Convenios de fraccionamiento suscritos MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por concepto de multas administrativas, tendran un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el saldo pendiente de cancelacion, sin importar el estado de cobranza en el que se encuentren. Articulo Quinto.- Extinganse los gastos y costas procesales que se hubieran generado, para aquellos infractores que se acojan al sistema regulado por la presente norma. Articulo Sexto.- Quedan extinguidas las multas administrativas impuestas a una misma persona natural o juridica en el transcurso de un ano, por infraccion identica, siempre que el infractor cumpla con el pago del monto resultante de la aplicacion de los descuentos previstos en el articulo 3º respecto de la multa de mayor antiguedad.

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