Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2004 (16/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban monto de dieta de Consejeros del Gobierno Regional de San MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 007-2004-GRSM/CR Moyobamba, 3 de MORDAZA de 2004 EL CONSEJO REGIONAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 26 de marzo del ano en curso aprobaron por UNANIMIDAD con la lectura y aprobacion del Acta; Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley Organica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria - Ley Nº 27902, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso f) del articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es atribucion del Consejo Regional, fijar la remuneracion mensual del Presidente, Vicepresidente y las dietas de los Consejeros; Que, por las razones expuestas y de conformidad con lo establecido por la Constitucion Politica del Estado y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria - Ley Nº 27902; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Dieta Mensual de los senores Consejeros del Gobierno Regional de San MORDAZA, con un monto equivalente a 1.5 de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente a partir del 1 de enero del 2004. Articulo Segundo.- Encargar al Secretario del Consejo Regional, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la publicacion del presente acuerdo en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 09312

Que, mediante Edicto Nº 225 se creo el Servicio de Administracion Tributaria, SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, encargado de las labores de administracion, fiscalizacion y recaudacion de ingresos tributarios y multas administrativas; contando entre otras con la facultad de conceder el fraccionamiento de la deuda correspondiente a los ingresos que administra o cuya recaudacion estuviere a su cargo; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000005, se aprobo el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributaria, cuyo articulo 17º es necesario modificar a fin de uniformizar los criterios de fraccionamiento; Estando lo dispuesto por el inciso d) del articulo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Adicionese al articulo 17º de la Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000005, como ultimo parrafo, el siguiente texto: "En el caso que las deudas materia de fraccionamiento se refieran a multas de transporte MORDAZA, el SAT requerira otorgamiento de garantias cuando dicha deuda supere las tres (3) UIT vigente a la fecha de solicitud del fraccionamiento." Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 09212

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen Beneficio Especial a favor de contribuyentes del distrito con deudas pendientes por Arbitrios de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
ORDENANZA Nº 192-MDB Barranco, 14 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la propuesta del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Pomar Saettone sobre otorgamiento de beneficio especial al contribuyente, en la Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, preve que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de Barranco otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias vencidas; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 9) del Articulo 9º y por el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establezcase en la jurisdiccion del distrito de Barranco el Beneficio Especial a favor de

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Adicionan parrafo al articulo 17º de la R.J. Nº 01-04-00000005
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000446 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004

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