Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2004 (16/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia como lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Ley Nº 11369 del 22 de MORDAZA de 1950 se crea en la provincia de MORDAZA, el Distrito Obrero Industrial "27 de Octubre", conformado por veinticinco centros poblados, comprendidos entre el MORDAZA del Ejercito, la Carretera Panamericana, el rio Chillon y el MORDAZA Pacifico; Que, mediante Ley Nº 12662 del 27 de octubre de 1956, se cambia el nombre de Distrito Obrero Industrial "27 de Octubre" al de Distrito "Fray MORDAZA de Porres"; Que, el 6 de MORDAZA de 1962 Fray MORDAZA de Porres fue canonizado y declarado MORDAZA de la Iglesia Catolica y en conmemoracion de este acontecimiento el Supremo Gobierno mediante Decreto Supremo Nº 382-AM del 11 de MORDAZA de 1962, cambia la denominacion de este distrito por el de "San MORDAZA de Porres", el cual va a cumplir cincuenta y cuatro anos de creacion politica, y que es necesario embanderar; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas por el articulo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que los vecinos del distrito de San MORDAZA de Porres desde el dia 20 al 30 de MORDAZA del 2004, coloquen la Bandera Nacional en la fachada de sus domicilios por conmemorarse el cincuenta y cuatro aniversario de creacion politica de este distrito. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Gerente Municipal y a las Gerencias de Servicios y Programas Sociales, de Participacion Ciudadana, Seguridad Ciudadana, y la Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09233

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de fiscalizacion de la publicidad exterior del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2004-MDSR MORDAZA MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2004 VISTO, en Sesion Ordinaria Publica del Concejo Municipal la fecha, el informe Nº 016-2004-MDSR/DM, de la Direccion Municipal, Informe Nº 033-2004-MDSR/UAL, de la Unidad de Asesoria Legal, e informe Nº 064-2004/MDSR/ OR, de la Oficina de Rentas, acumulados por guardar relacion sobre contratacion de servicios para fiscalizacion de la publicidad exterior dentro del distrito de MORDAZA Rosa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 064-2004-MDSR/OR de la Oficina de Rentas, se formula requerimiento para contar con la prestacion de servicios para que se realice labores de Fiscalizacion de la Publicidad Exterior (propaganda y anuncios) que los establecimientos comerciales han instalado dentro del distrito de MORDAZA MORDAZA, con el objeto que se cumpla con las funciones y competencias que le asigna la Ley a las Municipalidades; con lo que se acredita la necesidad de contratar los servicios de una persona natural o juridica, especializada en labores de fiscalizacion de la publicidad exterior; lo que, ademas, permitira incrementar las rentas municipales, de esta corporacion MORDAZA, asi como la regularizacion del pago de los derechos que correspondan a los contribuyentes al ejercer sus operaciones dentro de nuestro distrito, sobre esta materia; Que, mediante Informe Nº 058-2004-MDSR/DDU de la Division de Desarrollo MORDAZA, se establece que se ha cons-

tatado que la gran mayoria de MORDAZA empresas no cuentan con dicha autorizacion para su exhibicion publicitaria, por lo que se debe de aplicar las sanciones que establece el Reglamento de pertinente; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala en su Articulo 19º que estan exonerados de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen: h) para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, mediante Informe Nº 033-2004-MDSR/UAL, de la Unidad de Asesoria Legal, respecto al requerimiento formulado por la Oficina de Rentas, opina por que se acceda a ello, debiendo disponerse se realicen las acciones pertinentes conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, senalando respecto a los servicios personalisimos que esta modalidad de contratacion se debe sujetar a lo que dispone el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; siendo que esta MORDAZA legal se aplica a los Contratos de Locacion de Servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares y esenciales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; senalandose, ademas, que para efectos de la exoneracion del MORDAZA de seleccion, este debera ser decidido mediante Acuerdo de Concejo y previo a ello los organos administrativos deben haber cumplido con realizar la evaluacion respectiva para proponerlo en la Sesion de Concejo respectiva, como un servicio de caracter personalisimo proponiendose, a la vez la persona natural o juridica que debera prestarlo, atendiendo a sus caracteristicas y cualidades inherentes; Que, mediante Informe Nº 016-2004-MDSR/DM de la Direccion Municipal, se establece que se hace necesario se efectue un programa de fiscalizacion de la publicidad exterior, ya que se ha establecido que existe un desorden en la instalacion de paneles publicitarios los que no tendrian autorizacion municipal para su instalacion, accion que constituiria ademas, ingresos adicionales para el Municipio; Que, el referido informe de la Direccion Municipal expresa que tomandose en cuenta el MORDAZA de la reserva tributaria, el desarrollo de los procedimientos y aplicacion de los conocimientos en materia tributaria y administrativa para la ejecucion de dicho servicio, la persona prestadora esta comprendida en el caracter de servicios personalisimos, por lo que se sigue a lo estipulado en el articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en el mencionado informe se propone se apruebe la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de los servicios de fiscalizacion selectiva en materia tributaria y administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas conforme a lo solicitado por la Oficina de Rentas; se considere a estos servicios como de caracter personalisimo y de acuerdo al MORDAZA de seleccion llevado a cabo por dicha Direccion, se propone se autorice la Contratacion de la Empresa Consorcio Nacional A+1 S.R.L.; segun documentacion presentada, inscrita en el Libro de Sociedades Comerciales de los Registros Publicos de MORDAZA, Ficha Nº 110841 del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas, RUC Nº 20384518801, y con domicilio legal en la Av. Tacna Nº 535 - Oficina 1505 - Piso 15 - MORDAZA 1, para brindar los referidos servicios requeridos; Estando a los informes referidos, y a la propuesta formulada por la Direccion Municipal; y atendiendo, ademas, a los curriculums vitae que se pone a la vista; del que se aprecia que la propuesta formulada por el senor Director Municipal se halla fundada, toda vez que de dicha documentacion se aprecia que la empresa propuesta ha venido prestando los servicios para los que se propone se contrate en distintas municipalidades del pais; con lo que garantizaria un eficiente y optimo cumplimiento del servicio requerido a prestar, reuniendo las caracteristicas de locador para asumir prestacion de servicios personalisimos y encuadrandose dentro de los presupuestos establecidos del articulo 111º del ya referido Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Por estos fundamentos, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Distrital de MORDAZA Rosa;

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