TEXTO PAGINA: 9
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de mayo de 2004 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al abogado ROGER RA- FAEL RODRÍGUEZ ITURRI como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 09615 SALUD /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G4D/G61/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G50/G65/G72/G69/G2D/G6E/G61/G74/G61/G6C RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 087-2004/MINSA Lima, 26 de febrero de 2004 Vistos, el Informe Nº 003-2003-2-4060 “Auditoría a la información financiera y Examen Especial a la InformaciónPresupuestaria - 2002 en el IEMP” de fecha 21 de mayodel 2003; y, CONSIDERANDO: Que, de la Recomendación Nº IV.5 del Informe Nº 003- 2003-2-4060 “Auditoría a la información financiera y Exa- men Especial a la Información Presupuestaria - 2002 en el IEMP” de fecha 21 de mayo del 2003, se desprende la ne-cesidad de que los ex funcionarios involucrados en los he-chos descritos en dicho informe sean sometidos a proce-so administrativo disciplinario, en virtud a que, en el casodel Sr. Víctor Eduardo Calagua Solís, se le imputa respon- sabilidad administrativa al haberse detectado gastos sin sustento presupuestal que no tienen relación con los ser-vicios que brinda el Instituto Materno Perinatal, así comopagos indebidos por concepto de manejo de fondos y res-ponsabilidad económica a funcionarios de la Oficina deEconomía, mientras que en el caso del Sr. Francisco Le- yton Sánchez la imputación de responsabilidad adminis- trativa se basaría en la existencia de un pago irregular porconcepto de compensación de trabajo extraordinario a per-sonal que labora fuera del horario normal; incumpliéndoselos deberes contenidos en los literales a) y d) del artículo21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, lo que genera la existencia de faltas administra-tivas disciplinarias debidamente tipificadas en los incisosa) y d) del Art. 28º de la norma acotada; Que, según lo expresa el inc. “f” del Art. 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, son atribucio- nes del Sistema Nacional de Control el “emitir, como resul-tado de las acciones de control efectuadas, los informesrespectivos con el debido sustento técnico y legal, consti-tuyendo prueba preconstituida para el inicio de las accio-nes administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes”; Que, por otro lado, las recomendaciones establecidas en un informe de control emitido por cualquier Órgano delSistema Nacional de Control, como es el caso, son de obli-gatoria implementación, bajo responsabilidad, según lo dis-pone el Art. 11º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, tales hechos deben de ser analizados y examina- dos dentro de un proceso administrativo disciplinario don-de se pueda discernir la responsabilidad administrativa delos citados ex funcionarios; De conformidad con lo establecido en el artículo 163º, 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Regla-mento de la Carrera Administrativa; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídi- ca del Ministerio del Ramo en el Informe Nº 228 -2004-OGAJ;SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario contra los ex funcionarios Víctor Eduardo CALAGUA SOLIS y Francisco LEYTON SÁNCHEZ ex Directores Ejecutivos de Administración del InstitutoEspecializado Materno Perinatal del Ministerio de Salud, afin de que se ventilen las eventuales responsabilidades queles atañen, previa verificación de los descargos corres-pondientes y demás requerimientos de ley. Artículo Segundo.- Proceder a efectuar la notificación correspondiente en forma personal, o, en su defecto, conlas formalidades contempladas por la ley. Regístrese y comuníquese. YSMAEL F. NÚÑEZ SÁENZ Viceministro de Salud 09579 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G56/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G30/G38/G37/G2D/G32/G30/G30/G34/G2F/G4D/G49/G4E/G53/G41 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 223-2004-SA-DVM Lima, 7 de abril de 2004 Visto el INFORME Nº 010-CEPAD/MINSA-2004 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios y el Informe Nº 371-2004-OGAJ de la Oficina Gene-ral de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que mediante INFORME Nº 010-CEPAD/MINSA-2004, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Discipli-narios solicita al Despacho Viceministerial la rectificación delerror material consignado en el Artículo Primero de la Resolu-ción Viceministerial Nº 087-2004/MINSA, respecto a los nom-bres del profesional Víctor Eduardo CALAGUA SOLIS; Que la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Ofi- cio Nº 299-2004-OGAJ, elevó al Despacho Viceministerial elInforme Nº 228-2004-OGAJ, adjuntando el proyecto de Reso-lución Viceministerial que instaura proceso administrativo dis-ciplinario a los ex funcionarios Víctor Eduardo Calagua Solis yFrancisco Leyton Sánchez, ex Directores Ejecutivos de Admi- nistración del Instituto Especializado Materno Perinatal, de acuerdo con los Informes Situacionales Actuales, de fecha 28y 30 de enero del 2004, expedidos de la Dirección de Ingreso yEscalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Hu-manos, obrantes a fojas 166 y 167; Que de acuerdo al nuevo Informe Situacional Actual, de fecha 2 de marzo del 2004, obrante a fojas 175, los nom- bres correctos del primero de los nombrados correspondea Eduardo Víctor CALAGUA SOLIS; Que el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, establece que los erroresmaterial o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no sealtere en lo sustancial de su contenido ni el sentido de la deci-sión; por ende, resulta pertinente la rectificación solicitada; y, De conformidad con la Ley Nº 27657 - Ley del Ministe- rio de Salud y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECTIFICAR el artículo primero de la Resolución Viceministerial Nº 087-2004/MINSA, de fecha26 de febrero de 2004, en cuanto al nombre del profesional Víctor Eduardo CALAGUA SOLIS, debiendo decir: “Eduar- do Víctor CALAGUA SOLIS”. Artículo 2º.- REMITIR copia de la presente resolución a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disci-plinarios, para la prosecución de trámite correspondiente. Regístrese y comuníquese. EDUARDO HENRRY ZORRILLA SAKODA Viceministro de Salud 09580