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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G38/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de mayo de 2004 Huancavelica, tomado en la sesión extraordinaria del 12 de marzo de 2004, y el Acuerdo de Concejo Nº 015-2004/MDA; e IMPROCEDENTE el pedido de vacancia formula-do por el señor Juan Carlos Cuadros Corrales, e INFUN- DADO el pedido de vacancia formulado por los Regidores Edwin Muñoz Quispe, Úrsula Tunque Quispe, Doris PaitánSoldevilla y Toribia Curipaco Paytán. Artículo Segundo.- Declarar que don Félix Reynaldo Crispín Vargas debe continuar ejerciendo el cargo de Al-calde del Concejo Distrital de Ascensión, provincia y de- partamento de Huancavelica, por el período 2003 - 2006 para el que fue elegido. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓBALLÓN - LANDA CÓRDOVA,Secretario General 09545 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G45/G4E/G49/G45/G43 /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G6F/G74/G65/G67/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G2D /G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G65/G6E/G64/G69/G63/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 247-2004-JEF/RENIEC Lima, 11 de mayo de 2004 Visto, la Resolución Ministerial Nº 114-2004-PCM y el Oficio Nº 0383-2004-PCM/SA-TD, emitido por el Secretariode Administración de la Presidencia del Consejo de Minis- tros; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es la entidad encargada de organizar y mantener elregistro único de identificación de personas naturales e ins-cribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estadocivil, tal como manda la Ley Nº 26497; Que, por Resolución Ministerial Nº 114-2004-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros resuelve consti-tuir la Comisión Multisectorial encargada de proponerel proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28190 - Leyque protege a los menores de edad de la mendicidad,adscrita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Comisión que deberá contar entre sus integrantes a un representante del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil; Que, siendo preocupación del RENIEC se reglamente la Ley Nº 28190, por cuanto la mendicidad en el caso delos niños y adolescentes causa daños irreparables en su identidad e integridad, así también afecta sus derechos fun- damentales y los coloca en situación de vulnerabilidad yriesgo; y, De conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 28190 y Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar en representación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, ante laComisión Multisectorial encargada de proponer el proyec-to de reglamento de la Ley Nº 28190 - Ley que protege a los menores de edad de la mendicidad, a: - Dra. Carmen Velarde Koechlin, como representante titular; y, - Dra. Roxana Villanueva Rodríguez, como representan- te alterna.Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural al Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09607 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 251-2004-JEF/RENIEC Lima, 17 de mayo de 2004 Visto, el Informe Nº 1869-2003-GO-SGREC/RENIEC, Oficio Nº 4267-2003-GO/RENIEC y el Informe Nº 048-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, de fecha 21 de enero del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, órgano encargado deplanear, organizar y supervisar las acciones de gestión y control de calidad en materia de identificación y estado ci- vil, en su permanente labor de fiscalización, inherente alprocedimiento administrativo, ha detectado que los ciuda-danos DAGOBERTO ADRIAN GOMERO BERROCAL,LOURDES GUILLERMINA CCAHUAY LOBO, en atenciónal principio de veracidad de las declaraciones y dada la simplificación administrativa para el procedimiento regis- tral, solicitan el 14 de marzo del 2003 la inscripción delnacimiento de la menor WENDY ADRIANA GOMEROCCAHUAY, por ante la Oficina de Registro de Estado Civilque funciona en la Municipalidad Distrital de Breña, en elque se señala como padre de la menor al ciudadano DA- GOBERTO ADRIÁN GOMERO BERROCAL, siendo asen- tada en el Acta de Nacimiento Nº 62439045; Que, por solicitud presentada por el ciudadano DAGO- BERTO ADRIÁN GOMERO BERROCAL, se toma conoci-miento que la precitada menor tiene una inscripción denacimiento asentada anteriormente a la solicitada por él a nombre de WENDY MARINA CASTILLO CCAHUAY, he- cho que se confirma con la presentación de la copia delActa de Nacimiento Nº 246531 expedida por la División deRegistros Civiles de la Municipalidad Distrital de Bellavis-ta, en el que la madre LOURDES GUILLERMINA CCA-HUAY LOBO declara como padre biológico al señor MA- RIO ARTURO CASTILLO OSORIO; Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, órgano encargado deorganizar las actividades de la información registral de loshechos vitales, a través de la Subgerencia de Registrosdel Estado Civil, ha determinado que la declaración hecha por los ciudadanos DAGOBERTO ADRIAN GOMERO BERROCAL y LOURDES GUILLERMINA CCAHUAYLOBO, ha lesionado la funcionalidad de los documentos,por cuanto hicieron insertar dato falso en instrumento pú-blico, esto es el Acta de Nacimiento, atribuyéndole por tan-to a la menor una falsa filiación, vulnerando de este modo su derecho a la identidad constitucionalmente amparado; Que, los hechos antes descritos constituyen indicios razonables de la comisión de presuntos delitos Contra elEstado Civil en la modalidad de Alteración de Filiación deMenor y Contra la Fe Pública en la modalidad de FalsedadIdeológica, previstos y sancionados en los artículos 145º y 428º respectivamente, del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta ne- cesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntosjudiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Ci-vil, para que interponga las acciones legales que correspon-dan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, contra DAGOBERTO ADRIAN GOMERO BERROCAL, LOURDES GUILLERMINACCAHUAY LOBO y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;