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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6D/G70/G6C/G61/G6E/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65 /G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G2D/G74/G61/G64/G6F/G20/G2D/G20/G53/G45/G41/G43/G45/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2004-PCM Lima, 27 de mayo de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, se ha establecido que es función de la Presidencia del Consejo deMinistros actuar como ente rector del Sistema Nacional de Infor-mática; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2002-PCM se aproba- ron los "Lineamientos de Políticas Generales del Desarrollo del Siste- ma Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado", con el objeto de incrementar y mejorar las condiciones para que el Estadocontrate la adquisición de bienes, servicios, obras y arrendamientosen condiciones de calidad, economía y oportunidad, así como paraque los proveedores participen en condiciones de equidad; Que, el Lineamiento III aprobado por el Decreto Supremo Nº 031- 2002-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, desarrollará, administraráy operará el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contratacionesdel Estado, con sujeción estricta a los lineamientos de la política decontrataciones electrónicas del Estado que disponga la Presidenciadel Consejo de Ministros, y que los organismos del Estado colabora- rán en la ejecución de la política de contrataciones electrónicas confor- me al ámbito de su competencia institucional; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Adminis- tración Financiera del Sector Público, prevé que tiene por objeto mo-dernizar la administración financiera del Estado, por lo que es necesa-rio cautelar la integridad de la cadena de ejecución presupuestaria, desde la solicitud de contratación o adquisición hasta el registro del pago; Que, actualmente la ejecución presupuestaria es desa- rrollada utilizando el Sistema Integrado de Administración Fi-nanciera - SIAF, administrado por el Ministerio de Economía yFinanzas; Que, de conformidad con el numeral 25.8 del artículo 25º del Reglamento de Organización y Funciones de laPresidencia del Consejo de Ministros, aprobado por De-creto Supremo Nº 067-2003-PCM, corresponde a la Ofici-na Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ON-GEI dictar los lineamientos de la política de contrataciones del Estado, conforme a lo establecido en el Lineamiento III del Decreto Supremo Nº 031-2002-PCM; Que, de acuerdo con la norma antes mencionada, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática -ONGEI ha dictado los "Lineamientos para la ImplantaciónInicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contra- taciones del Estado - SEACE", los que deben ser aproba- dos para su difusión y ejecución; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Reglamento deOrganización y Funciones de la Presidencia del Consejo deMinistros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Apruébense los "Lineamientos para la Implan- tación Inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contra-taciones del Estado - SEACE" dictados por Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, contenidos en el Anexo adjunto, que forman parte integrante de la presente Reso-lución Ministerial, y cuyo texto completo será publicado en el por-tal de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Artículo 2º.- Los "Lineamientos para la Implantación Inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contra- taciones del Estado - SEACE" deberán ser aplicados por las Entidades bajo el ámbito de aplicación de la Ley Nº26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadosus ampliatorias, modificatorias actuales y posteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ANEXO Lineamientos para la Implantación Inicial del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE 1. Dentro del uso racional de los recursos públicos es necesario plantear proyectos tecnológicos que utilicen ensus primeras etapas los recursos e infraestructura con que cuentan actualmente algunas instituciones del Estado, sinque esto signifique perder la visión de su optimización yevolución en el tiempo. 2. En consecuencia, es conveniente que la Presidencia del Consejo de Ministros constituya, en un plazo no mayor de quincedías calendario posterior a la publicación de la Resolución Mi-nisterial que apruebe los presentes Lineamientos, una Comi-sión Multisectorial encargada de ejecutar e implantar los "Li-neamientos para la Implantación Inicial del Sistema Electróni- co de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE". 3. A partir de los 30 días calendario posteriores a la consti- tución de la Comisión Multisectorial encargada de ejecutar eimplantar los "Lineamientos para la Implantación Inicial del Sis-tema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Esta-do - SEACE", todas las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales utilizarán el Sistema de Ad- ministración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), Módulode Registro de Procesos de Selección (MRPS), como mediooficial y obligatorio para el registro y transmisión oportuna alCONSUCODE de la información de todos sus Procesos deSelección y Contratos definidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, su Reglamento, ampliatorias y modificatorias actuales y posteriores. Esta información será difundida por elCONSUCODE a través de su Portal SEACE, brindándole aPROMPYME un acceso directo a su Base de Datos. Los Go-biernos Locales donde se haya implantado el Sistema Integra-do de Administración Financiera para Gobiernos Locales (SIAF- GL) utilizarán en forma progresiva el módulo MRPS. En el caso de las instituciones pertenecientes a los ámbitos del Fondo deFinanciamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FO-NAFE) y de las Entidades de Tratamiento Empresarial (ETEs),la implantación y el uso del módulo MRPS será progresivo se-gún los plazos que establezca la Comisión Multisectorial. 4. A partir de los 90 días calendario posteriores a la consti- tución de la Comisión Multisectorial encargada de ejecutar eimplantar los "Lineamientos para la Implantación Inicial del Sis-tema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Esta-do - SEACE", en forma progresiva, las Unidades Ejecutorasdel Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales utilizarán el SIAF-SP, módulo MRPS, para realizar sus adquisiciones y contrataciones de Menor Cuantía, utilizando mecanismos decomercio electrónico a través del Portal SEACE, administradopor CONSUCODE. Los Gobiernos Locales donde se hayaimplantado el Sistema Integrado de Administración Financierapara Gobiernos Locales (SIAF-GL) y el Registro de Procesos de Selección en el MRPS utilizarán en forma progresiva el mó- dulo de adquisiciones y contrataciones de Menor Cuantía. Enel caso de las instituciones pertenecientes a los ámbitos deFondo de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Esta-do (FONAFE) y de las Entidades de Tratamiento Empresarial(ETEs), el uso del módulo de compras de menor cuantía será progresivo según los plazos que establezca la Comisión Multi- sectorial. 5. Para efectos de implantación del módulo MRPS en todas las instituciones antes mencionadas, se utilizará elCatálogo de Bienes y Servicios desarrollado por el MEF, elmismo que está incorporado en el módulo. 10163 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 184-2004-PCM Mediante Oficio Nº 198-B-2004-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 184-2004-PCM, publicada en la edición del 23 de mayo de 2004. DICE: "Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá pre-sentar ante su institución un informe detallado describien-do las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados." DEBE DECIR: "Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá pre-sentar ante su institución un informe detallado describien-do las acciones realizadas y los resultados obtenidos." 10174