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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G31/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 ENERGÍA Y MINAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2004-MEM/DM Mediante Oficio Nº 411-2004-MEM/SG el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de laResolución Ministerial Nº 213-2004-MEM/DM, publicada en nuestra edición del día 20 de mayo de 2004. En el consider ando cuar to: DICE: ... Que, el Estudio de Abogados Navarro, Sologuren, Pa- redes & Gray Abogados, ... DEBE DECIR: ... Que, el Estudio de Abogados Navarro Sologuren, Pare- des, Gray Abogados, ... En el consider ando quinto: DICE:... Que, mediante Informe Técnico Nº 01-04-MEM/DEP- OAL, la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP, ha emitidoopinión favorable respecto a la viabilidad de la exoneracióndel Proceso de Concurso Público para la contratación delEstudio de Abogados Navarro, Sologuren, Paredes & GrayAbogados, ... DEBE DECIR:... Que, mediante Informe Técnico Nº 01-04-MEM/DEP- OAL, la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP, ha emitido opinión favorable respecto a la viabilidad de la exoneracióndel Proceso de Concurso Público para la contratación delEstudio de Abogados Navarro Sologuren, Paredes, GrayAbogados, ... En el consider ando noveno: DICE:... Que, con el objeto de contar con un servicio altamente especializado y calificado que brinde asesoría legal exter-na, es necesario exonerar por la causal de servicio perso-nalísimo la contratación del Estudio de Abogados Navarro,Sologuren, Paredes & Gray Abogados, ... DEBE DECIR: ... Que, con el objeto de contar con un servicio altamente especializado y calificado que brinde asesoría legal exter- na, es necesario exonerar por la causal de servicio perso- nalísimo la contratación del Estudio de Abogados NavarroSologuren, Paredes, Gray Abogados, ... En el Artículo 1º: DICE: ... Exonerar al Ministerio de Energía y Minas, del Proceso de Concurso Público para la contratación del Estudio de Abogados Navarro, Sologuren, Paredes & Gray Abogados, ...DEBE DECIR: ... Exonerar al Ministerio de Energía y Minas, del Proceso de Concurso Público para la contratación del Estudio de Abogados Navarro Sologuren, Paredes, Gray Abogados, ... En el Artículo 2º: DICE: ... Autorizar al Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP, para que suscriba el correspondientecontrato con el Estudio de Abogados Navarro, Sologuren, Paredes & Gray Abogados, para lo cual previamente el Comité Especial Permanente de la Dirección Ejecutiva deProyectos - DEP deberá adoptar las acciones pertinentes, ... DEBE DECIR: ... Autorizar al Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP, para que suscriba el correspondientecontrato con el Estudio de Abogados Navarro Sologuren,Paredes, Gray Abogados, para lo cual previamente el Co- mité Especial de la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP deberá adoptar las acciones pertinentes, ... 10146 INTERIOR /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G73/G74/G69/G6D/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G2D/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0758-2004-IN/1701 Lima, 3 de mayo de 2004 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. GERENCIA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD E.I.R.L. (GEPROSER), presentada por su representante legal Sr.Wilfredo Jorge SANCHEZ SEBASTIANI, contra la R.D. Nº3025-2003-IN-1704/1 del 20.NOV.2003; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3025-2003-IN-1704/1 del 20.NOV.2003, se declara Improcedente el Recurso de Re- consideración interpuesto por la EVP. GERENCIA DE PRO- TECCIÓN Y SEGURIDAD E.I.R.L. (GEPROSER), contrala R.D. Nº 2382-2003-IN-1704/1 del 9.SET.2003, que leimpone multa de una y media (1.5) UIT, por haber infringidolos artículos 90º Inc. g) y 91º Inc. j) del Reglamento deServicios de Seguridad Privada, al permitir que el vigilante privado Miguel ROJAS SIANCAS, preste servicios de se- guridad privada en las instalaciones del Mercado PUEBLOJOVEN EL INDIO, ubicado en los Narcisos s/n Urb. SanEduardo Castilla - Piura, sin contar con el carné de identi-dad DICSCAMEC, y por prestar servicios de seguridadprivada fuera del ámbito o límites departamentales señala- dos en la autorización respectiva; Que, con fecha 8.ENE.2004, la aludida EVP. interpone Recurso Administrativo de Apelación contra la R.D. Nº 3025-2003-IN-1704/1 del 20.NOV.2003, sustentando en que nose ha cumplido con los principios de legalidad y del debidoprocedimiento administrativo; estos supuestos no se ajus- tan a la verdad, toda vez que se ha determinado que en la tramitación del presente expediente se ha cumplido conlos principios del procedimiento administrativo, por tantono existe justificación alguna para infringir la norma, ya quede acuerdo al Art. 90º Inc. a) y Art. 91º Inc. j) del Regla-mento de Servicios de Seguridad Privada constituyen in- fracciones muy grave y grave, prestar servicio de vigilan- cia privada fuera del ámbito o límites departamentales se-ñalados en la autorización respectiva; además el vigilante