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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G32/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 tículo 27º de la Ley Nº 28128- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. 5. La presente escala remunerativa es de aplicación a partir de la publicación de la presente norma, y se financiacon cargo al Presupuesto aprobado a favor del InstitutoNacional de Recursos Naturales, por la fuente de financia-miento Recursos Ordinarios y la fuente de financiamientoRecursos Directamente Recaudados. 6. El INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURA- LES deberá informar al Viceministro de Hacienda las accio-nes que efectúe en ejecución de lo dispuesto en el presen-te Decreto Supremo, dentro de los diez (10) días de adop-tada la acción. 20593 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G73/G75/G62/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G61/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G41/G72/G61/G6E/G63/G65/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G75/G61/G6E/G61/G73/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G2E/G53/G2E /G4E/GBA/G20/G32/G33/G39/G2D/G32/G30/G30/G31/G2D/G45/G46 DECRETO SUPREMO Nº 154-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 239-2001-EF se aprobó el Arancel de Aduanas 2002, basado en la NomenclaturaArancelaria Común de los Países Miembros de la Comuni- dad Andina - NANDINA-, vigente a partir del 1 de enero de 2002; Que, el Decreto Supremo Nº 239-2001-EF establece que los cambios adoptados en el Arancel de Aduanas, en ningún caso modifican los derechos arancelarios es-tablecidos por las normas vigentes, autorizándose a la Superintendencia Nacional de Aduanas (hoy Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SU-NAT) la elaboración y publicación de la adecuación de dichas subpartidas nacionales a la nueva estructura de la nomenclatura; Que, de acuerdo al Oficio Nº 357-2004-SUNAT/300000 el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas informa al Viceministro de Economía del Ministerio de Economía yFinanzas que de acuerdo al Arancel de Aduanas, aproba- do por Decreto Supremo Nº 239-2001-EF, la subpartida nacional 8308.10.00.00 comprende a anillos para ojetesde metales comunes; De conformidad con lo establecido en el Artículo 74º y en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Políticadel Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar la subpartida nacional 8308.10.00.00 aprobada por el Decreto Supremo Nº 239-2001-EF de la siguiente manera: Código Designación de la Mercancía A/V 8308.10.00 - Corchetes, ganchos y anillos para ojetes 8308.10.00.10 - - Anillos para ojetes (ojalillos) de hierro o acero 12 8308.10.00.20 - - Anillos para ojetes (ojalillos) de aluminio 12 8308.10.00.90 - - Los demás 12 Artículo 2º.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT dictar las normas le-gales necesarias que permitan la correcta aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 20594/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G2D /G74/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G2C/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G73/G74/G69/G6C/G6C/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G2D/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2004-EF Lima, 11 de noviembre de 2004 Visto; el Expediente Nº 052-2003/SBN-JAD, por el cual la empresa OSTRICHES DEL PERU S.R.L. solicita la adjudicación en venta directa de tres terrenos de 1546 720,97 m² (154 Has. 6 720,97 m²), 100 800,00 m² (10 Has. 800,00 m²), y 2 479 060,33 m² (247 Has. 9 060,33 m²), ubicados en el distrito de Castilla, provinciay departamento de Piura; y, CONSIDERANDO:Que, el Estado es propietario de tres terrenos de 1 546 720,97 m² (154 Has. 6 720,97 m²), 100 800,00 m² (10 Has.800,00 m²) y 2 479 060,33 m² (247 Has. 9 060,33 m²), ubicados en el distrito de Castilla, provincia y departamen- to de Piura, inscritos en las Fichas Nºs. 075241, 075242 y075243 del Registro de la Propiedad Inmueble de Piura, respectivamente, y registrados en los Asientos Nºs. 1084, 1085 y 1086 del Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal, correspondiente al departa- mento de Piura; Que, la empresa OSTRICHES DEL PERU S.R.L., mediante solicitud recepcionada por la Superintenden- cia de Bienes Nacionales, con fecha 11 de setiembre de 2002, solicita la adjudicación en venta directa de losterrenos descritos en el párrafo precedente, sobre los cuales viene desarrollando un proyecto de crianza de avestruces, la cual se adecua a lo dispuesto por elinciso b. del artículo 34º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Pro- piedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; Que, asimismo el citado artículo establece que la venta directa de un terreno de dominio privado del Estado se aprobará mediante Resolución Suprema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia deBienes Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 781-2004-VIVIENDA-9321, de fecha 13 de abril de 2004, el Consejo Nacional de Tasa-ciones - CONATA, informa que los tres terrenos antes refe- ridos tienen un valor comercial de realización de US$ 14 443,04 (Catorce mil cuatrocientos cuarenta y tres y 04/100dólares americanos), habiendo considerado como factores de desmejoramiento: su gran extensión, que no está en una zona de expansión de la irrigación y la falta de deman-da en el mercado; Que, el solicitante mediante escrito recepcionado el 25 de mayo de 2004, expresa su conformidad al valor comer-cial de realización de los predios como precio de la venta y que este sería cancelado al contado, al momento de cele- brarse el contrato de compra - venta; Que, conforme al marco legal vigente, la Superinten- dencia de Bienes Nacionales opina favorablemente por la adjudicación en venta directa predial de los terrenos antesdescritos, mediante Informes Técnicos Legales Nºs. 0065, 0066 y 0067-2004/SBN-GO-JAD, de fecha 30 de mayo de 2004, respectivamente; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto SupremoNº 107-2003-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor de la empresa OSTRICHES DEL PERU S.R.L., detres (3) terrenos de 1 546 720,97 m² (154 Has. 6 720,97 m²), 100 800,00 m² (10 Has. 800,00 m²), y 2 479 060,33 m² (247 Has. 9 060,33 m²), ubicados en el distrito de Castilla,provincia y departamento de Piura, inscritos en las Fichas Nºs. 075241, 075242 y 075243 del Registro de la Propie- dad Inmueble de Piura, respectivamente y registrados enlos Asientos Nºs. 1084, 1085 y 1086 del Sistema de Infor-