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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (13/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G32/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 de fecha 10 de febrero de 2003 y Resolución Directoral Nº 042-2003-SA/OGCI de fecha 8 de abril de 2003 del Minis-terio de Salud y con un peso aproximado de 57 kgs., se-gún Guía Aérea Nº 001-5921 3055 de American AirlinesInc. Dicha donación ha sido utilizada para implementar loslaboratorios del Instituto de Investigación Nutricional, queprestan apoyo a diversos proyectos que ejecutan en bene-ficio de la población materna e infantil en zonas prioriza-das. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) delArtículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repúbli-ca, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Mi-nistro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 20603 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2004-EF Lima, 11 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, Emmaus Les Trois Pierres de Francia ha efec- tuado una donación a favor de la Fundación Cuna Naza-reth consistente en ropa usada que ha sido utilizadaspara los fines sociales y humanitarios que persigue lacitada Fundación en sus actividades asistenciales, deeducación a familias necesitadas y mantenimiento de laCuna Nazareth y Cuna Santa Teresa de Villa, en el distri-to de Chorrillos. Asimismo, para su posterior distribucióna organizaciones populares e instituciones de bien so-cial que lo soliciten; Que, inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe-rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor deEntidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,el Decreto Legislativo Nº 935, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efec-tuada por Emmaus Les Trois Pierres de Francia, a favor dela Fundación Cuna Nazareth consistente en ropa usadacon un valor aproximado de F.F. 30 000,00 (Treinta Mil y 00/100 Francos Franceses), según Carta de Donación sinfecha y Resolución Directoral Nº 017-2001-SA/OFICE defecha 22 de enero de 2001 del Ministerio de Salud y conun peso aproximado de 15 000 kgs., según Conocimientode Embarque Nº 70A004639 de CSAV Compañía SudAmericana de Vapores S.A. Dicha donación ha sido utiliza-das para los fines sociales y humanitarias que persigue laFundación Cuna Nazareth en sus actividades asistencia-les, de educación a familias necesitadas y mantenimientode la Cuna Nazareth y Cuna Santa Teresa de Villa, en eldistrito de Chorrillos. Asimismo, para su posterior distribu- ción a organizaciones populares e instituciones de biensocial que lo soliciten. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) delArtículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repúbli-ca, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, el Mi-nistro de Relaciones Exteriores y la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 20604 ENERGÍA Y MINAS /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G2D /G64/G75/G63/G74/G6F/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G2D/G6C/G61/G72/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E/G76/G69/G72/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G38/G31/G2D/G39/G34/G2D/G45/G4D/G20/G79/G30/G33/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2004-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 23003695, organizado por Red de Energía del Perú S.A. (REP), persona jurídica ins-crita en la Partida Nº 11393349 del Registro de PersonasJurídicas de Lima, y la solicitud de fecha 17 de octubre de2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 081-94-EM, pu- blicada el 18 de noviembre de 1994, se otorgó a favor deEmpresa de Transmisión Eléctrica del Norte S.A. (ETECEN),concesión definitiva para desarrollar la actividad de trans-misión de energía eléctrica en diversas líneas y subesta-ciones, entre las que se encuentran las líneas de transmi-sión de 220 kV SE Trujillo Norte - SE Guadalupe (L234), SEGuadalupe - SE Chiclayo Oeste (L236) y SE Chiclayo Oes-te - SE Piura Oeste (L238), aprobándose el Contrato deConcesión Nº 033-94; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 147-95-EM/ DGE, publicada el 12 de junio de 1995, se impuso a favorde la concesión definitiva de transmisión de la que es titu-lar ETECEN, las servidumbres de electroducto de las lí-neas de transmisión citadas en el considerando que ante-cede; Que, de conformidad con la Resolución Suprema Nº 047-2002-EM, publicada el 21 de noviembre de 2002,REP asumió la titularidad de la concesión definitiva paradesarrollar la actividad de transmisión de energía eléctri-ca, entre otras, de las líneas de transmisión de 220 kV SETrujillo Norte - SE Guadalupe (L234), SE Guadalupe - SEChiclayo Oeste (L236) y SE Chiclayo Oeste - SE PiuraOeste (L238), en razón del Contrato de Cesión de Posi-ción Contractual suscrito el 5 de setiembre de 2002 conETECEN, mediante el cual REP asume todos los dere-chos y obligaciones establecidos en el Contrato de Con-cesión Nº 033-94;