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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de noviembre de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Par- tidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, hasta por la suma DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12’000,000.00), de acuerdo al siguiente de-talle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS UNIDAD EJECUTORA : 001 ADMINISTRACION GENERAL FUNCIÓN : 03 Administración y Planeamiento PROGRAMA : 006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA : 0019Planeamiento Presupuestario, Financiero y Con- table ACTIVIDAD : 00010 Adm inistración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00: RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO Y GRUPO GENÉRICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 RESERVA DE CONTINGENCIA 12’000,000.00 SUB TOTAL S/. 12’000,000.00 TOTAL S/. 12’000,000.00 A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 026 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL UNIDAD EJECUTORA : 001 OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FUNCIÓN : 07 D efensa y Seguridad Nacional PROGRAMA : 003 Administración SUBPROGRAMA : 0006Administración General ACTIVIDAD : 00992Administración de Recursos Materiales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00: RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO Y GRUPO GENÉRICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 3 BIENES Y SERVICIOS 3’402,229.00 SUB TOTAL S/. 3’402,229.00 UNIDAD EJECUTORA : 002 COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS AR- MADAS FUNCIÓN : 07 D efensa y Seguridad Nacional PROGRAMA : 066 Orden ExternoSUB-PROGRAMA : 0187 Def ensa Terrestre ACTIVIDAD : 00048Apoyo Logístico a las Operaciones FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00: RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO Y GRUPO GENÉRICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 3 BIENES Y SERVICIOS 8’597,771.00 SUB TOTAL S/. 8’597,771.00 TOTAL S/. 12’000,000.00 Artículo 2º.- Codificaciones La Dirección de Economía del Viceministerio de Asun- tos Administrativos y Económicos del Pliego 026: Minis-terio de Defensa, solicitará a la Dirección Nacional delPresupuesto Público las codificaciones que se requie-ran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida, según corresponda. Artículo 3º.- Notas de Modificación Presupuestaria La Dirección de Economía del Viceministerio de Asun- tos Administrativos y Económicos del Pliego 026: Minis- terio de Defensa, instruirá a las Unidades Ejecutoras del Pliego para que elaboren las correspondientes “Notaspara Modificación Presupuestaria“ que se requieran comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma Artículo 4º.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remi- tirá dentro de los cinco (05) días de aprobada a losOrganismos señalados en el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2004, Unidades Ejecutoras001: Oficina General de Administración, 002: ComandoConjunto de las Fuerzas Armadas, Viceministerio deAsuntos Administrativos y Económicos del Ministerio de Defensa, Dirección de Economía del Ministerio de De- fensa, Organo de Control Interno e Inspectoría Generaldel Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 20782 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G22/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G64/G65/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1174-2004-DE/SG Lima, 12 de noviembre de 2004CONSIDERANDO: Que, la Constitución del Estado consgra en su artí- culo 2º inciso 8) el derecho de toda persona a la propie-dad sobre toda creación intelectual, artística, técnica ycientífica, así como a su producto; Que, el Decreto Legislativo Nº 822 del 22 de abril de 1996, Ley sobre el Derecho de Autor, ley que en su artículo 5º literal k) reconoce como objeto de protección a los programas de ordenador; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM del 13 de febrero de 2003, se dictan las medidas paragarantizar la legalidad de adquisición y uso de progra-mas de software en entidades y dependencias del sec- tor público; estableciendo además que en un plazo que no exceda del 31 de marzo de 2005, las entidades ydependencias del sector público deberán inventariar lossoftware con que cuenten, procediendo a la eliminaciónde aquellos que no cuenten con la repsectiva licencia,en tanto se requiera dicha licencia o la correspondiente regularización, con los titulare de los derechos de los mismos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 073-2004- PCM del 16 de marzo de 2004, se aprueba la Guía parala Administración eficiente del Software Legal en la admi-nistración pública; Que, el uso de tecnologías de información y, en espe- cial, de software es esencial para el proceso de moderni-zación de la gestión en el sector Defensa, el cual a travéde sus diferentes reparticiones constituye un importantedemandante y usuario de este tipo de tecnologías, por loque deben dictarse medidas que garanticen la legalidad de su adquisición, de manera acorde con la legislación que protege los derechos de autor, a fin de salvaguardarla información que el sector Defensa posee en formatodigital; Que, la Resolución Ministerial Nº 873-2004-DE/SG del 10 de agosto de 2004 que aprueba la Política de Informática del Sector Defensa para el período 2004- 2006, contempla en el objetivo b. promover el uso desoftware libre para el desarrollo tecnológico indepedien-te asíc omo promover su desarrollo en forma conjuntaentre las dependencias del sector a fin de optimizar elempleo de los recursos presupuestales asignados a tec- nologías de información; Que, complementariamente, el señor Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal del Ministerio de De-fensa, ha formulado la Directiva Nº 01 VALP/C/01 sobre"Implementación, administración y empleo de softwarelegal en el Sector Defensa", que contiene las normas y disposiciones necesarias para iniciar el proceso de mi- gración a software libre;