Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2004 (17/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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nulidad de oficio de los actos administrativos ejecutados por el Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de Huancayo que han contravenido las normas legales, desde el acto de evaluacion de las propuestas tecnicas y economicas hasta el Otorgamiento de la Buena Pro, asimismo, requerir la investigacion por parte del Organo de Control Institucional sobre los hechos suscitados durante el desarrollo del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0008-2004-PRONAA-G.L.HUANCAYO en atencion a lo regulado por los incisos c) y g) del articulo 28º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG; Que, al respecto el inciso c) del articulo 28º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, dispone lo siguiente: "Son funciones del Organo de Control Institucional: c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contraloria General, asi como, las que MORDAZA requeridas por el Titular de la entidad. Cuando estas ultimas tengan el caracter de no programadas, su realizacion sera comunicada a la Contraloria General de la Republica por el Jefe del OCI. Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones", y el inciso g) preve: "Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores publicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgandole el tramite que corresponda a su merito y documentacion sustentatoria respectiva."; Que, atendiendo a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo de la Setima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28128Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, para efectos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, excepcionalmente, la autoridad de cada una de las Unidades Ejecutoras ejerce las acciones que correspondan a la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad en el MORDAZA de la citada Ley, quedando el MIMDES impedido de intervenir en los procesos y procedimientos de caracter administrativo y de contrataciones y adquisiciones, iniciados o por iniciar, en cada una de las Unidades Ejecutoras comprendidas en dicho articulo; Contando con las visaciones de la Oficina de Administracion y de la Oficina Juridica; De conformidad con las facultades conferidas al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, en el literal j) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH, y en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO de los actos administrativos de calificacion de propuestas tecnicas y economicas hasta el otorgamiento de la buena pro del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0008-2004-PRONAA/G.L HUANCAYO, realizado por el Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de Huancayo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral, debiendo retrotraerse dicho MORDAZA de seleccion hasta la etapa de evaluacion de propuestas tecnicas, otorgandose la buena pro atendiendo a los requerimientos y necesidades de los Programas Almuerzos Escolares, CEIS y PRONOEIS, Comedores Infantiles, Hogares y Albergues y PANFAR de la Gerencia Local de Huancayo, careciendo de objeto pronunciarse respecto al Recurso de Apelacion interpuesto por NEGOCIACIONES MORDAZA S.R.L., contra el acto de otorgamiento de la buena pro del MORDAZA Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0008-2004-PRONAA/G.L HUANCAYO. Articulo Segundo.- Sin perjuicio de lo resuelto en el articulo precedente, se remiten los actuados al Organo de Control Institucional de PRONAA para que realice las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pro-

nunciamientos, supervisiones, verificaciones y otras que considere necesarias para que se determine las responsabilidades, a que hubiera lugar, de ser el caso. Articulo Tercero.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion Directoral que declara la nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco(5) dias siguientes a su expedicion. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Oficina de Informatica para que realice la publicacion de la presente Resolucion en la pagina WEB del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, Unidad Ejecutora 005 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Articulo Quinto.- Remitir dos (2) copias fedateadas de la presente Resolucion Directoral a la Gerencia Local de Huancayo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, Unidad Ejecutora Nº 005 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para su respectiva notificacion a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo (e) 20766

Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del PRONAA al Programa Red CIL Proempleo
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 274-2004-MIMDES-PRONAA/DE MORDAZA, 12 de noviembre de 2004 VISTOS: CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley para la transmision radial y televisiva de ofertas laborales, Ley Nº 27736, establece que el Instituto de Radio y Television del Peru mediante Radio Nacional del Peru y MORDAZA 7 programara en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio publico en los que se ofrezcan puestos de trabajo publicos y privados; Que, asimismo el articulo 1º del Reglamento de la Ley Nº 27736 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, senala que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de su Programa "Red CIL Proempleo" proporcionara diariamente al Instituto de Radio y Television del Peru la informacion vinculada con la oferta de trabajo del sector publico y privado; Que, en ese sentido, el articulo 2º del Decreto Supremo indicado en el considerando precedente, faculta a los organismos publicos y empresas del Estado a designar al funcionario responsable de remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que se tenga previsto concursar, con excepcion de los puestos clasificados como de confianza; Contando con las visaciones de la Oficina de Administracion y Oficina Juridica; y estando a las atribuciones conferidas al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asitencia Alimentaria - PRONAA, acorde al articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; y, SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carcelen, Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del PRONAA, como el responsable de remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas

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