Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2004 (17/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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ta de la Comision de Gobiernos Locales del Congreso de la Republica, comunica que la citada Comision acordo aprobar en su Setima Sesion Ordinaria el "Informe Final sobre la construccion del Penal Piedras Gordas del distrito de Ancon", en el que se recomienda solicitar al Ministerio de Justicia, que promueva las acciones necesarias entre el INPE y la Municipalidad de Ancon, dada la importancia de la obra y la magnitud de la inversion publica que MORDAZA representa; Que, en consecuencia resulta necesario que el Sector Justicia constituya una Comision Especial encargada de promover las acciones necesarias a fin de solucionar los problemas administrativos entre el INPE y la Municipalidad Distrital de Ancon relativos a la construccion del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad denominado "Piedras Gordas"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase una Comision Especial encargada de promover las acciones necesarias a fin de solucionar los problemas administrativos entre el Instituto Nacional Penitenciario - INPE y la Municipalidad Distrital de Ancon relativos a la construccion del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad denominado "Piedras Gordas". Articulo 2º.- La Comision Especial constituida en el articulo precedente, estara conformada por los siguientes miembros: - El Secretario General del Ministerio de Justicia, quien la presidira; - El Director General de Administracion del Ministerio de Justicia; - Un Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia; - El Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario - INPE; y, - El Jefe de la Direccion de Infraestructura del Instituto Nacional Penitenciario - INPE. Articulo 3º.- La Comision Especial se instalara en el termino de tres (3) dias utiles contados desde la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- El Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia actuara como Secretario Tecnico de la Comision Especial. Articulo 5º.- La Comision Especial debera entregar al Ministro de Justicia el informe final conteniendo las acciones adoptadas, en un plazo de treinta (30) dias, contados desde su instalacion. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a los miembros designados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 20822

Las Bases Administrativas correspondientes a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0008-2004-PRONAAGL-HUANCAYO "Adquisicion de Azucar Rubia"; el Acta del Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de Huancayo de fecha 15 de octubre de 2004; el recurso de apelacion interpuesto por NEGOCIACIONES MORDAZA S.R.L., la absolucion de traslado del recurso de apelacion de COMERCIALIZADORA PERAT S.A.C.; el Informe Nº 001-2004-C.E-C.P Nº 001-2004/PRONAA de fecha 25 de octubre de 2004, emitido por el Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de Huancayo; el Informe Nº 674-2004-G.L-HUANCAYO/PRONAA de fecha 6 de noviembre de 2004, emitido por la Gerencia Local de Huancayo y el Informe Nº 386-2004-MIMDESPRONAA/OJ de fecha 8 de noviembre de 2004 de la Oficina Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Aprobacion de Bases de fecha 27 de setiembre de 2004, el Gerente Local de Huancayo aprobo las Bases Administrativas correspondientes a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0008-2004PRONAA/G.L HUANCAYO, segun las facultades conferidas mediante el articulo MORDAZA de la Resolucion Jefatural Nº 025-2001-PRONAA/J de fecha 12 de junio de 2001; Que, luego de efectuarse las evaluaciones de las propuestas tecnicas y economicas de los postores, por unanimidad el Comite Especial Permanente otorgo la Buena Pro a la empresa COMERCIALIZADORA PERAT SAC. al precio ofertado de S/. 1,810.00 (Mil Ochocientos Diez y 00/100 Nuevos Soles) por tonelada metrica de azucar rubia; quedando las empresas CORLAC S.A. y NEGOCIACIONES MORDAZA S.R.L. en MORDAZA y tercer lugar, respectivamente, en el orden de calificacion tecnica y economica realizada por el Organo Colegiado en referencia; Que, dentro del plazo de ley, la empresa NEGOCIACIONES MORDAZA S.R.L. presento recurso de apelacion contra el acto de Otorgamiento de la Buena Pro; Que, la empresa apelante pretende que se reconsidere el otorgamiento de la Buena Pro, alegando que se le debe adicionar el 20% sobre la sumatoria de la puntuacion tecnica y economica de su propuesta, en virtud a lo dispuesto por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0032001-PCM, donde se establecen las disposiciones para la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 064-2000 sobre bonificacion en las propuestas tecnicas y economicas de postores con bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional, Decreto de Urgencia que precisa que en el contenido de la Declaracion Jurada debera manifestarse que los bienes y servicios ofrecidos han sido elaborados o prestados dentro del territorio nacional; ademas, el articulo 6º del Decreto Supremo en mencion senala que lo dispuesto en dicho cuerpo legal sera de aplicacion a los procedimientos de contrataciones y adquisiciones a partir de su entrada en vigor; Que, asimismo, el apelante menciona que el articulo 1º de la Ley Nº 27633, Ley que modifica la Ley Nº 27143, Ley de Promocion Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, establece que se debe agregar el 20% adicional a la sumatoria de la calificacion tecnica y economica obtenida por las posturas de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional; del mismo modo se hace referencia que el plazo de vigencia de dicha Ley sera hasta el 30 de MORDAZA de 2005; tambien manifiesta que la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/ PRE es MORDAZA y precisa al senalar que para hacerse acreedor a la bonificacion del 20% sobre la sumatoria de la calificacion tecnica y economica el postor debera cumplir con la formalidad de expresarlo mediante Declaracion Jurada; Que, finalmente refiere que el articulo 24º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que los miembros del Comite

MIMDES
Declaran nulidad de actos administrativos del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0008-2004-PRONAA/G.L. HUANCAYO, debiendo retrotraerse a la etapa de evaluacion de propuestas tecnicas
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 269-2004-MIMDES-PRONAA/DE MORDAZA, 10 de noviembre de 2004

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