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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de noviembre de 2004 derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20765 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G37/G32/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G54/G43/G2F /G31/G32/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G61/G20/G49/G62/G65/G72/G69/G61/G2C/G20/G4C/GED/G6E/G65/G61/G73/G20/G41/GE9/G72/G65/G61/G73/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G2D/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0166-2004-MTC/12 Lima, 25 de octubre del 2004 Vista la solicitud de IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, sobre Modificación de Permiso de Operaciónde Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regularde pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 172-2003- MTC/12 del 12 de junio del 2003, se otorgó a IBERIA,LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA S.A. de conformidad alo establecido en el Acta de la V Reunión de Consultaentre Autoridades Aeronáuticas Civiles del Reino de España y la República del Perú, la Renovación y Mo- dificación de su Permiso de Operación para prestar elServicio de Transporte Aéreo Internacional Regularde pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro(4) años; Que, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA S.A., en el presente trámite requiere la Modificación de su Permiso de Operación para prestar un Servicio deTransporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros,carga y correo, a fin de ampliar una octava frecuenciasemanal en las mismas rutas y derechos otorgados; Que, según los términos del Memorándum Nº 0316- 2004-MTC/12.AL y Memorándum Nº 0353-2004-MTC/ 12.AL emitidos por la Asesoría Legal, MemorándumNº 2405-2004-MTC/12.04 emitido por la Dirección deSeguridad Aérea; y, Memorándum Nº 234-2004-MTC/12. y Memorándum Nº 442-2004-MTC/12 emitidos porla Asesoría de Política Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aero-náutica Civil, su Reglamento; y, demás disposicioneslegales vigentes; Que, la Dirección General de Aviación Civil de Es- paña ha designado a IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA S.A. para efectuar Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y co-rreo; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de AeronáuticaCivil es competente para otorgar, modificar, suspen- der o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento me-diante la expedición de la Resolución Directoral res-pectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaracio- nes juradas y la presentación de documentos por par- te del interesado, tomándolos por ciertos, verificandoposteriormente la validez de los mismos, conforme lodispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Ad-ministrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposicio-nes legales vigentes; y con la opinión favorable de lasáreas competentes;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar - en el extremo pertinente - el Artículo 1º de Resolución Directoral Nº 172-2003-MTC/ 12 que otorgó a IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑAS.A., la Renovación y Modificación de Permiso de Ope-ración de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regu-lar de pasajeros, carga y correo, quedando redactadode la siguiente forma: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCO- MERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - MADRID y vv., hasta ocho (8) frecuencias semanales. MADRID - LONDRES - MADRID (Código Comparti- do celebrado con BRITISH AIRWAYS) Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 172-2003-MTC/12 del 12 de junio del 2003,continúan vigentes Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 19946 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G73/G20/G54/G61/G72/G61/G70/G6F/G74/G6F /G45/G49/G52/G4C/G20/G2D/G20/G53/G41/G45/G54/G41/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G2D /G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0170-2004-MTC/12 Lima, 3 de noviembre del 2004 Vista la solicitud de la empresa SERVICIOS AEREOS TARAPOTO E.I.R.L. - SAETA, sobre Permiso de Opera-ción de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regu- lar Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 0837- 2004-MTC/12.AL, emitido por la Asesora Legal de la Di- rección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº2895-2004-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Se-guridad Aérea; se considera pertinente atender lo solici-tado, al haber cumplido la recurrente con los requisitosestablecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vi- gentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura-das y la presentación de documentos por parte del inte-resado, tomándolos por ciertos, verificando posterior- mente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinenteprecisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa auto- rización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, «la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revo-car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo», resolviendo el presente procedimiento mediante la ex- pedición de la Resolución Directoral respectiva;