Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2004 (20/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2004

Contables de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA a participar en la Reunion del Consejo Ejecutivo (ALAFEC) a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires MORDAZA del 21 al 25 de noviembre de 2004; Que el Consejo de Facultad de Ciencias Contables en sesion del 12 de noviembre de 2004, aprobo por mayoria la participacion del Decano de la citada Facultad al referido evento y vieron por conveniente que los profesores principales MORDAZA MORDAZA MORDAZA Konja y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente y miembro de la Comision de ALAFEC de la Facultad, formen parte de la delegacion con el objeto de asistir a la reunion del Consejo Ejecutivo de la Asociacion Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduria-ALAFEC, a realizarse del 21 al 25 de noviembre de 2004 en la Facultad de Ciencias Economicas de la Universidad de Buenos Aires-Argentina ; encargando el Decanato al profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo que dure la ausencia del titular; Que dicho acuerdo esta explicitado en la Resolucion de Decanato Nº 405-D-FCC-2004 de fecha 16 de noviembre de 2004 de la Facultad de Ciencias Contables; Que asimismo por Resolucion de Decanato Nº 405D-FCC-04 de fecha 16 de noviembre de 2004, se otorga al Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, Decano de la Facultad y Profesores Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA KONJA y C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA las sumas de dinero para sufragar los gastos de pasajes US$ 1,560.00 (Mil quinientos sesenta y 00/100 Dolares Americanos), Tarifa CORPAC, US$ 84.72 (Ochenticuatro y 72/100 Dolares Americanos) y viaticos por el periodo senalado US$ 1,355.28 (Mil trescientos cincuenta y cinco y 28/100 Dolares Americanos); Que la Oficina general de Planificacion con Oficio Nº 3603-OGPL-2004 y la Oficina General de Personal con Informe Nº 1030-OGP-VRADM-2004 emiten opinion al respecto; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01536-R-03 del 07 de marzo de 2003; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Ratificar la Resolucion de Decanato Nº 405-DFCC-04 de fecha 16 de noviembre de 2004 de la Facultad de Ciencias Contables, en el sentido que se indica: 1.- Declarar en COMISION DE SERVICIOS del 21 al 25 de noviembre de 2004 al Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, Decano de la Facultad de Ciencias Contables, con codigo Nº 022772, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA KONJA, codigo Nº 026301 y el C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 0069914, para que participen en la Reunion de la Asociacion Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduria (ALAFEC) que se realizara en la Facultad de Ciencias Economicas de la Universidad de Buenos Aires-Argentina. 2.- Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, Decano de la Facultad de Ciencias Contables, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA KONJA y el C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los montos en nuevos soles equivalentes a las sumas que se indican, para sufragar los gastos que demanden en la Comision de Servicios explicitada en el resolutivo anterior, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada de lo gastado en el plazo de ley, dejando establecido que dichos gastos se ejecutaran con cargo a los recursos directamente recaudados por la citada Facultad: VIATICOS (5 dias x US$ 90.352 x 3) PASAJE ($ 520.00 x 3) TARIFA CORPAC ($ 28.24 x 3) US$ 1,355.28 1,560.00 84.72

2º. Encargar al profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Decanato de la Facultad de Ciencias Contables por el periodo que dure la ausencia del titular. 3º. Disponer que la Secretaria General publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. 4º. Encargar a las Oficinas Generales de Personal y Economia, asi como a la Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 21018

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Declaran nulo MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia referente a equipo de bombeo para suministro de agua
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 194-2004-BNP

MORDAZA, 17 de noviembre de 2004 El senor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru; VISTOS: el Informe Nº 104-2004/OBR/BNP/III ETAPA/CEP, emitido por el Presidente del Comite Especial, el Acta de otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0105-2004-OBRBNP-III ETAPA "Equipo de Bombeo para Suministro de Agua"; a favor del Postor CARSIL REPRESENTACIONES S.R.L.; asi como el correspondiente expediente de dicho MORDAZA de seleccion; y, CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes, se desprende que, a) con fecha 26 de octubre del 2004, se llevo a cabo el acto de MORDAZA de propuestas y apertura de sobres de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0105-2004-OBR-BNP-III ETAPA, para la adquisicion de "Equipo de Bombeo para el suministro de Agua" de la Nueva Sede Institucional de la Biblioteca Nacional del Peru, III Etapa; b) el Comite Especial Permanente otorgo la Buena Pro al postor CARSIL REPRESENTACIONES S.R.L. y c) con fecha 10 de noviembre del 2004, el Comite Especial Permanente solicita la aprobacion del otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 01052004-OBR-BNP-III ETAPA por un valor referencial ascendiente a S/. 37 098,01, el mismo que es 9.8% superior al valor referencial establecido en las Bases; Que, el valor Referencial es el costo estimado aprobado por la entidad para la adquisicion o arrendamiento de bienes y para la contratacion de servicios u obras, sobre la base de precios de MORDAZA, de conformidad con lo senalado en el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2002PCM; Que, mediante el informe de vistos se solicita la aprobacion de la Buena Pro, dado que de conformidad con lo establecido en el articulo 33º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen

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