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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 280954 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 2004 Artículo 20º.- El SENASA promoverá la participación de la actividad privada en las campañas de vacunación contra Fiebre Aftosa; las cuales serán supervisadas por Médicos Veterinarios colegiados hábiles y ejecutadas porprofesionales afines, empresas de servicio, técnicos agro- pecuarios, Comités Locales de Sanidad Animal y Líderes Comunales; siempre que estén autorizados por el SENA-SA mediante Resolución Directoral emitida por el Órgano Desconcentrado de la jurisdicción. Artículo 21º.- El personal autorizado para ejecutar la vacunación contra Fiebre Aftosa, deberá seguir los linea- mientos establecidos por el SENASA, debiendo alcanzar al Órgano Desconcentrado de su jurisdicción la informa-ción que permita mantener actualizado el catastro gana- dero y predial de la zona asignada ante el SENASA. Artículo 22º.- Los ejecutores de la vacunación con- tra Fiebre Aftosa, otorgarán los Certificados Oficiales de Vacunación; uno (1) por animal y, en casos excepciona- les, autorizados previamente por el Órgano de Líneacompetente del SENASA podrán extender un certificado por hato; los cuales serán conservados obligatoriamen- te por el propietario. Artículo 23º.- El uso indebido de los Certificados Oficiales de Vacunación contra Fiebre Aftosa será san- cionado de acuerdo a lo establecido en el presente Re-glamento. Artículo 24º.- Queda prohibida la vacunación contra Fiebre Aftosa en zonas libres sin vacunación; salvo encaso de emergencia sanitaria determinada mediante Resolución del Titular del SENASA. TÍTULO III DE LA SOSPECHA U OCURRENCIA DE ENFERMEDAD VESICULAR CAPÍTULO I DE LA SOSPECHA U OCURRENCIA DE ENFERMEDAD VESICULAR EN LAS ZONAS LIBRES CON Y SIN VACUNACIÓN, NO CERTIFICADAS Artículo 25º.- Los propietarios y encargados de ani- males, médicos veterinarios, personal del sector agro- pecuario público y privado, administradores de centros de beneficio, acopio o cualquier otro evento pecuario ydemás personas naturales y jurídicas, están obligados a notificar dentro de las primeras 24 horas de presenta- da la sospecha a la oficina del SENASA local, dependen-cias del sector agrario o autoridades políticas y policia- les más cercanas, la existencia de cualquier animal bajo sospecha de enfermedad vesicular. La autoridad local que recibe la notificación, deberá comunicarse con la autoridad del nivel central corres- pondiente por el conducto más rápido, bajo responsabi-lidad; debiendo registrar inmediatamente la notificación. Artículo 26º.- Los propietarios o encargados del predio con animales sospechosos a la enfermedad vesicular, es-tán obligados bajo responsabilidad a notificar al SENASA dicha situación, aislar a los animales afectados e inmovili- zar a todos los animales existentes en el predio o estable-cimiento, restringiendo el ingreso y salida de personas, vehículos, animales, productos y subproductos; hasta que se haya constituido en el lugar el personal del SENASA. Artículo 27º.- Una vez que el personal del SENASA determine la presencia clínica de la enfermedad vesicu- lar, procederá a la obtención de las muestras corres-pondientes para su inmediata remisión al laboratorio del SENASA; teniendo en cuenta bajo responsabilidad, los dispositivos señalados en el manual de recolección yenvío de muestras para Fiebre Aftosa. Artículo 28º.- Determinada la presencia clínica de la enfermedad, el personal del SENASA procederá a inter-dictar el predio o establecimiento, disponiendo la imple- mentación de las acciones sanitarias pertinentes; las cuales deberán ser acatadas inmediatamente por el pro-pietario de los animales, bajo responsabilidad. Artículo 29º.- Si el análisis del laboratorio da resulta- do positivo a Fiebre Aftosa, se tomarán las medidassanitarias pertinentes y de estimarlo necesario, el SE- NASA declarará el estado de cuarentena mediante Re- solución Directoral del Órgano Desconcentrado de lajurisdicción; caso contrario se levantará la interdicción. Artículo 30º.- Cuando el análisis del laboratorio re- sulte negativo a Fiebre Aftosa, se realizará el diagnósti-co diferencial correspondiente para enfermedades con- fundibles, tales como Estomatitis Vesicular, Lengua Azul, Diarrea Viral Bovina, Rinotraqueitis Infecciosa Bovina, entre otras, de importancia epidemiológica. Artículo 31º.- Los animales del predio infectado, que presenten signos clínicos o que por serología resulten positivos; serán sacrificados bajo supervisión del SE-NASA en un centro de beneficio ubicado dentro del área focal; debiendo ser deshuesados. Los huesos y apéndi- ces serán incinerados. De no existir dicho centro de beneficio se sacrificará en el mismo predio, adoptándose las medidas de biose- guridad pertinentes, bajo supervisión del SENASA. Losgastos que irrogue la ejecución de lo establecido en el presente Artículo, serán asumidos por el propietario, sin responsabilidad del SENASA. Artículo 32º.- Declarada la cuarentena, ésta se man- tendrá hasta cuando el SENASA considere que ya no existe riesgo; previo informe epidemiológico del Órganocompetente. Artículo 33º.- Los propietarios, transportistas de ga- nado y todo aquel que se encuentre dentro de una zonadeclarada en estado de cuarentena, deberán cumplir estrictamente con observar el contenido de la Resolu- ción Directoral que establezca la Cuarentena. Artículo 34º.- El área focal, perifocal y tampón esta- rán establecidas y sujetas a inspección de rigor por el SENASA; tendrán un radio conforme sea necesario, de-pendiendo de la extensión de la infección y de la evalua- ción epidemiológica que se realice. Artículo 35º.- Todos los establecimientos que hayan recibido animales, productos, insumos o enseres que puedan vehiculizar el virus desde predios infectados con Fiebre Aftosa en el espacio de dos (2) semanas anterio-res al inicio del foco, serán inspeccionados y permane- cerán bajo observación, pudiéndose incluir las zonas a las que pertenecen dichos establecimientos, dentro delárea cuarentenada. Artículo 36º.- Si la enfermedad se disemina fuera del área de cuarentena, ésta será ampliada y a medida quevaya quedando libre de la enfermedad, será reducida; lo cual será establecido mediante Resolución Directoral de Cuarentena, expedida por el Órgano Desconcentradocorrespondiente y con la opinión favorable del Órgano de Línea competente del SENASA. Artículo 37º.- Los Órganos Desconcentrados del SENASA serán los responsables de la convocatoria a la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, autoridades po- líticas, judiciales, Ministerio Público y demás institucio-nes, solicitando el apoyo para resguardar el área de cuarentena, el sacrificio de los animales clínicamente enfermos, la vacunación del área perifocal u otras activi-dades según corresponda; en cumplimiento a lo estipu- lado en la Ley Marco de Sanidad Agraria. Artículo 38º.- El SENASA notificará la ocurrencia de Fiebre Aftosa al Centro Panamericano de Fiebre Aftosa - PANAFTOSA, organismos internacionales de referen- cia y a otros organismos competentes. CAPÍTULO II DE LA SOSPECHA U OCURRENCIA DE ENFERMEDAD VESICULAR EN LAS ZONAS LIBRES CON Y SIN VACUNACIÓN CERTIFICADAS Artículo 39º.- En caso de la presencia de un foco de Fiebre Aftosa en una zona libre certificada, el SENASA a fin de recuperar la condición sanitaria y previa evalua-ción epidemiológica, implementará cualquiera de las es- trategias descritas en el Anexo 2. Artículo 40º.- En caso de aparición de un foco de Fiebre Aftosa o de una infección por el virus causal en una zona libre de la enfermedad, el SENASA hará cum- plir los plazos de espera estipulados en la normativainternacional de referencia descritas en el Anexo 3; a fin que la zona recupere el estatus de zona libre. TÍTULO IV DE LA MOVILIZACIÓN CAPÍTULO I DE LA MOVILIZACIÓN DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL Artículo 41º.- Todo ganado, producto y subproducto susceptible de contraer o transmitir la Fiebre Aftosa,