Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2004 (25/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2004

Que, la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658, establece principios, acciones, mecanismos y herramientas, con la finalidad de mejorar la gestion publica y constituir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, por Decreto Supremo Nº 164-2002-EF se creo un Equipo Tecnico Multisectorial para que proponga la racionalizacion de sus costos en concordancia con las prioridades intersectoriales de gasto del Gobierno en su conjunto; Que, como resultado del trabajo del Equipo Tecnico a que hace referencia la MORDAZA MORDAZA citada, se identifico la necesidad de garantizar, en el MORDAZA de la politica de austeridad, la identificacion de las principales acciones y sus responsables para cumplir los deberes del Estado; asi como la necesidad de organizar al Estado segun sus roles para servir al ciudadano y la reduccion del gasto injustificado, entre otras medidas; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2003-EF, se dictaron medidas en materia de racionalizacion de gastos para implementar acciones propuestas por Equipo Tecnico Multisectorial constituido por el D.S. Nº 164-2002-EF; Que, adicionalmente, la Directiva Nº 019-2004-EF/ 76.01 ha permitido dar inicio al registro de la informacion para la adecuada y progresiva implementacion del Sistema de Seguimiento y Evaluacion del Gasto Publico a nivel nacional; Que, a fin de continuar con el trabajo a que se refiere los considerandos precedentes, es necesario emitir las normas correspondientes para su reglamentacion; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27658 y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Establezcase la mejora de la calidad del gasto publico como una estrategia prioritaria en todos los organismos, entidades y empresas del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional. Todos los funcionarios publicos y los Ministros de Estado, en particular, tienen la obligacion de promover y velar porque las acciones del Estado MORDAZA eficaces, eficientes y equitativas, a traves del logro de resultados necesarios en el MORDAZA de sus funciones y competencias, de la obtencion de la mayor rentabilidad social posible y la focalizacion del gasto en beneficio de la poblacion mas necesitada. Articulo 2º.- Responsabilidad de los Ministros de Estado Cada Ministro es responsable de establecer en su Sector, incluyendo a las entidades adscritas al mismo, sus prioridades y determinar las actividades y proyectos necesarios para el cumplimiento de sus funciones basicas en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo 3º.- Determinacion de las prioridades del Estado Los Ministros deberan presentar ante el Consejo de Ministros, dentro del primer mes de cada ano, cinco (5) actividades y/o proyectos prioritarios por cada uno de los programas funcionales que son de su responsabilidad; El Consejo de Ministros presentara a la opinion publica la lista consolidada de las acciones prioritarias del Estado MORDAZA del 31 de marzo de cada ano. Articulo 4º.- Propuestas de mejora en la calidad del gasto publico Con el objeto de contribuir a la oportuna implementacion de lo dispuesto en el articulo anterior, los Ministros deberan presentar y sustentar ante el Consejo de Ministros, dentro del primer trimestre de cada ano, un documento de trabajo que contenga cuando menos: a) El plan de implementacion de las actividades y/o proyectos prioritarios de cada sector. b) Una propuesta de medidas de transparencia, eliminacion del gasto injustificado y un efectivo sistema de rendicion de cuentas al ciudadano. c) Una propuesta de mejora en la estructura organizacional en su sector, que debera contar con la

opinion previa de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 5º.- Pautas de elaboracion y criterios generales 5.1. El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, y la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Secretaria de Gestion Publica, dictaran las pautas necesarias para la uniformizacion de los documentos a los que se refiere el articulo precedente. 5.2. Dichas pautas deberan elaborarse sobre la base y desarrollar obligatoriamente al menos los siguientes criterios: a) Cumplimiento de las funciones para los cuales fueron creados. b) Aplicacion del MORDAZA de subsidiariedad del Estado. c) Prioridad en la atencion al ciudadano. d) Adecuacion de las acciones del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional al MORDAZA de Descentralizacion. e) Implementacion de sistemas de gestion por resultados con el fin de mejorar la productividad en el ejercicio de la funcion publica. f) Eficiencia en la asignacion de recursos. g) Eficiencia administrativa y el ahorro de costos de gestion. h) Eliminacion de duplicacion de funciones. i) Eliminacion de problemas de competencia entre organismos y entidades, como resultado de cambios en la estructura organizacional de los Ministerios. Articulo 6º.- Destino de los ahorros El 50% de los ahorros que se genere con motivo de la aplicacion de las propuestas de la mejora de la calidad del gasto, seran destinados a las acciones principales de cada Sector. Articulo 7º.- Sistema de Seguimiento y Evaluacion del Gasto Publico 7.1 Crease el Sistema de Seguimiento y Evaluacion de Gasto Publico con la finalidad de permitir al Estado y a la Sociedad Civil evaluar y darle seguimiento a las actividades y proyectos prioritarios del Sector Publico. 7.2 A partir del mes de enero de 2005, el Ministerio de Economia y Finanzas implementara progresivamente el Sistema de Seguimiento y Evaluacion de Gasto Publico (S.S.E.G.P.), en forma articulada a los sistemas que en la actualidad administran informacion relacionada con el desempeno del Estado. 7.3 Las Unidades Ejecutoras, los Pliegos y los Sectores de la Administracion Publica que MORDAZA seleccionados progresivamente, tienen la obligacion de efectuar el registro de informacion relacionada con los indicadores que establezca el sistema, ingresandola en una primera etapa, en forma manual, en aquellos casos que no exista un sistema informatico. 7.4 El Ministerio de Economia y Finanzas es responsable por informar periodicamente al Consejo de Ministros y brindar facilidades para el acceso a la informacion de los resultados de la aplicacion del Sistema de Seguimiento y Evaluacion del Gasto Publico a que se refiere la presente norma. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En un plazo no mayor de 120 dias la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economia y Finanzas presentaran las propuestas de fusiones y absorciones de entidades del Estado, considerando los principios de subsidiariedad, temporalidad, duplicacion, sinergias y eficiencia, en concordancia a lo dispuesto por los articulos 4º, 5º y 6º de la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. Segunda.- Deroguese el articulo 5º numeral 6 y el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 062-2003-EF.

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