Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2004 (25/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2004

Autorizan viaje de funcionario a MORDAZA para participar en reuniones de coordinacion con la Secretaria del Club de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 144-2004-EF MORDAZA, 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, viajara a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa, con la finalidad de sostener reuniones de coordinacion con la Secretaria del Club de MORDAZA, a llevarse a cabo el dia 9 de diciembre de 2004, en la mencionada ciudad; Que, en tal sentido y siendo de interes para la institucion, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje en comision de servicio del senor MORDAZA MORDAZA GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia Finanzas, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa, del 7 al 10 de diciembre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle : Pasajes : US$ 1 677,47 Viaticos : US$ 780,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 21357

VISTO: El Expediente Nº 31135704, organizado por ELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., persona juridica inscrita en el asiento A 00001 de la Partida Nº 11269325 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, ELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA 1, con una potencia instalada de 830 kW, ubicada en el distrito de Sayan, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, tratandose de una central hidroelectrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantia de conformidad con lo establecido en el articulo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 268-2004DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a ELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., que se identificara con codigo Nº 31135704, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA 1, con una potencia instalada de 830 kW, ubicada en el distrito de Sayan, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: - Potencia instalada - MORDAZA de turbina - Caudal - Velocidad - Caida MORDAZA - Recurso hidrico : : : : : : 830 kW MORDAZA 3,5 m3/s 600 RPM 28 m Aprovechamiento de las aguas del MORDAZA Matriz MORDAZA MORDAZA (Resolucion Administrativa Nº 0063/2001-AG.UAD.LC/ATDRH de fecha 05.03.2001, concordante con la Resolucion Administrativa Nº 0126/2003-AG.DRA.LC/ ATDRH de fecha 13.08.2003)

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a Electrica MORDAZA MORDAZA S.A.C. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la provincia de Huaura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 481-2004-MEM/DM MORDAZA, 18 de noviembre de 2004

Articulo 2º.- ELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, que contempla la culminacion de las obras en el plazo de 12 meses a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes.

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