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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 280966 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 2004 Autorizan viaje de funcionario a Fran- cia para participar en reuniones decoordinación con la Secretaría del Clubde París RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2004-EF Lima, 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el señor GUILLERMO CESAR GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de París, Repú-blica Francesa, con la finalidad de sostener reuniones de coordinación con la Secretaría del Club de París, a llevarse a cabo el día 9 de diciembre de 2004, en la mencionada ciudad; Que, en tal sentido y siendo de interés para la institu- ción, es necesario autorizar el viaje del citado funciona- rio, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asu-mir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concep- to de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el Decre- to Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servi- cio del señor GUILLERMO CESAR GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de Crédito Público del Minis-terio de Economía Finanzas, a la ciudad de París, Repú- blica Francesa, del 7 al 10 de diciembre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presu-puesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Ge- neral del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle : Pasajes : US$ 1 677,47 Viáticos : US$ 780,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendi- ción de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 21357 ENERGÍA Y MINAS Otorgan autorización a ElØctrica San- ta Rosa S.A.C. para desarrollar la acti- vidad de generación de energía elØc- trica en la provincia de Huaura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 481-2004-MEM/DM Lima, 18 de noviembre de 2004VISTO: El Expediente Nº 31135704, organizado por ELÉCTRICA SANTA ROSA S.A.C., persona jurídica ins- crita en el asiento A 00001 de la Partida Nº 11269325 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registralde Lima y Callao, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO: Que, ELÉCTRICA SANTA ROSA S.A.C. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Santa Rosa 1, con una potencia instalada de 830 kW, ubicadaen el distrito de Sayán, provincia de Huaura y departa- mento de Lima, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos le- gales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultu-ral de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, tratándose de una central hidroeléctrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantía de conformidad con lo establecido en el artículo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctri-cas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum-plido con los requisitos establecidos en la Ley de Conce- siones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 268-2004- DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido, a ELÉCTRICA SANTA ROSA S.A.C., que se identifi-cará con código Nº 31135704, para desarrollar la activi- dad de generación de energía eléctrica en las instalacio- nes de la Central Hidroeléctrica Santa Rosa 1, con unapotencia instalada de 830 kW, ubicada en el distrito de Sayán, provincia de Huaura y departamento de Lima, cuyas características principales son las siguientes: - Potencia instalada : 830 kW - Tipo de turbina : Francis - Caudal : 3,5 m3/s - Velocidad : 600 RPM - Caída neta : 28 m- Recurso hídrico : Aprovechamiento de las aguas del Canal Matriz Santa Rosa (Resolución Adminis-trativa Nº 0063/2001-AG- .UAD.LC/ATDRH de fecha 05.03.2001, concordante conla Resolución Administrativa Nº 0126/2003-AG.DRA.LC/ ATDRH de fecha 13.08.2003) Artículo 2º.- ELÉCTRICA SANTA ROSA S.A.C., de- berá construir las obras descritas en su solicitud, segúnel Cronograma de Ejecución de Obras, que contempla la culminación de las obras en el plazo de 12 meses a partir de la fecha de publicación de la presente Resolu-ción. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecución, conllevará a la cance- lación de la presente autorización. Artículo 3º.- La titular está obligada a operar cum- pliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultu-ral de la Nación; así como al cumplimiento de las obliga- ciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes.