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PÆg. 280968 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 2004 - Ingeniero Fernando Gala Soldevilla, Vocal del Con- sejo de Minería. - Ingeniero Jaime Castro Buitrón, de la Unidad Técni- ca de la Dirección General de Concesiones Mineras delINACC. - Ingeniero Freddy Chipayo Ramos, de la Unidad Técnica de la Dirección General de Concesiones Mine-ras del INACC. - Abogada Rosario Padilla Vidalón, encargada de la Dirección de Normatividad Minera de la Dirección Gene-ral de Minería, quien la presidirá. Regístrese y publíquese.MARÍA CHAPPUIS C. Directora General de Minería 21267 INTERIOR Absuelven de cargos a servidores de la Subprefectura de Talara y de la Direc-ción General de Control de Serviciosde Seguridad, Control de Armas,Municiones y Explosivos de Uso Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2429-2004-IN-0901 Lima, 19 de noviembre del 2004 VISTO: El Acta Nº 055-2004-IN-1300 de 8 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) designada por Resolución MinisterialNº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la conclusión del Proceso Administrativo Disciplina- rio instaurado al servidor Nicolás Valladares Navarro,identificado con DNI Nº 03827575, Técnico Administrati- vo III - STA de la Subprefectura de Talara del departa- mento de Piura de la Dirección General de GobiernoInterior; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1627-2004- IN-1300 de 17 de agosto de 2004 se instauró ProcesoAdministrativo Disciplinario al servidor Nicolás Vallada- res Navarro por haber inasistido injustificadamente a su centro de labores del 2 al 6 de febrero de 2004, incu-rriendo en falta de carácter disciplinario tipificada en el inciso k) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carre- ra Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-co, Decreto Legislativo Nº 276; Que, con Oficio Nº 187-2004-IN-1300 de 20 de agos- to de 2004 dirigido a la Subprefectura de Talara, la Comi-sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) solicitó se notificara la precitada Resolución Ministerialal servidor procesado; Que, el servidor Nicolás Valladares Navarro ha presentado en setenta y un (71) folios su descargo es-crito y pruebas convenientes en su defensa; Que, asimismo, el servidor procesado en aplicación del artículo 171º del Reglamento de la Ley de Carrera Adminis-trativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM de 15 de enero de 1990 solicitó hacer uso de su derecho de efectuar el Informe Oral. Diligencia que se llevó a cabo el 2de setiembre de 2004 de conformidad a lo establecido en el Oficio Nº 214-2004-IN-1300 de 31 de agosto de 2004; Que, el servidor Nicolás Valladares Navarro ha presentado, entre otras pruebas, un documento suscri- to por el Gobernador del distrito de Pariñas, su jefe inme- diato superior al momento de suscitarse los hechos, yuna Constancia suscrita por el Prefecto del departamento de Piura, documentos en los que las mencionadas Autoridades Políticas precisan que el mencionado servi-dor sí contaba con autorización para no concurrir a su centro de labores del 2 al 6 de febrero de 2004;Que, el mencionado servidor público ha desvirtuado los cargos imputados materia del Proceso Administrati- vo Disciplinario por lo que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio delInterior (Órganos No Policiales) por unanimidad ha reco- mendado se absuelva al servidor Nicolás Valladares Navarro; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor- midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legis- lativo Nº 276 y el artículo 170º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aproba- do por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Absolver al servidor Nicolás Valladares Navarro, identificado con DNI Nº 03827575, Técnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de Talara deldepartamento de Piura de la Dirección General de Go- bierno Interior del cargo que fue materia del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado mediante Reso-lución Ministerial Nº 1627-2004-IN-1300 de 17 de agosto de 2004 por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior archive todos los actuados relati- vos al presente Proceso Administrativo Disciplinario. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 21213 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2431-2004-IN/0901 Lima, 19 de noviembre del 2004 VISTO:El Acta Nº 054-2004-IN-1300 de 7 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionadacon la conclusión del Proceso Administrativo Disciplina- rio instaurado al servidor Gilber ZEVALLOS PINEDO, identificado con DNI Nº 10025737, Programador de Sis-tema PAD III - STA de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 1272-2004-IN- 0901 de 14 de julio de 2004 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor Gilber ZevallosPinedo por haber inasistido a su centro de trabajo por cinco (5) días consecutivos entre el 28 de mayo al 3 de junio de 2003 sin contar con la autorización de su jefeinmediato, incurriendo en falta de carácter disciplinario tipificada en el inciso k) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracio-nes del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276; Que, el servidor procesado ha sido debidamente notificado de la mencionada Resolución Ministerial, hapresentado su descargo escrito y pruebas convenien- tes en su defensa, ha hecho uso de su derecho de pre- sentar Informe Oral, diligencia que se llevó a cabo el 24de agosto de 2004 de conformidad a lo establecido en el Oficio Nº 182-2004-IN-1300 de 18 de agosto de 2004; Que, el Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil como autoridad competente tomó conocimiento de la presunta comisión de la falta el 6 de junio de 2003,fecha en que mediante Oficio Nº 10122-2003-IN-1707/1 remitió a la Oficina de Personal la solicitud presentada por el servidor procesado declarándola extemporánea;