Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2004 (25/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 280963

de semilleros; en este sentido, para el MORDAZA ChancayHuaral-Aucallama del departamento de MORDAZA, el periodo de siembra quedo establecido del 1 de agosto al 15 de setiembre; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 060-2004-AGSENASA-DGSV-DIA, de fecha 9 de noviembre de 2004, la Direccion General de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de ampliacion esta referida solo a la MORDAZA MORDAZA 2004-2005, cuyo sustento tecnico es la necesidad de superar la escasa disponibilidad del recurso hidrico que afecta al MORDAZA Chancay-Huaral-Aucallama; y, que esta solicitud se enmarca dentro de los requerimientos establecidos por el Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana; asimismo, informa que lo solicitado significa ampliar la fecha de siembra hasta el 30 de octubre de 2004; De conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 25194-AG, Resolucion Ministerial Nº 0443-97-AG y Resolucion Ministerial Nº 1118-2001-AG; y, con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar, en via de regularizacion, la fecha limite de siembra, solo para la MORDAZA MORDAZA 2004-2005, del cultivo del algodonero en el MORDAZA Chancay-Huaral-Aucallama del departamento de MORDAZA, hasta el 30 de octubre de 2004. Articulo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente resolucion, seran sancionados conforme a lo establecido en el articulo 31º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe 21249

Nº 009-2004-MINCETUR, cuya redaccion en adelante sera la siguiente: "Articulo 1º.- Creacion de la Comision Multisectorial Constituyase la Comision Multisectorial de Coordinacion para el Desarrollo de la Politica Comercial con los Estados Unidos de MORDAZA, cuya conformacion sera la siguiente: - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien la presidira; - El Ministro de Economia y Finanzas; - El Ministro de Relaciones Exteriores; - El Ministro de Agricultura; - El Ministro de la Produccion; - El Ministro de Energia y Minas; - El Ministro de Educacion; - El Ministro de Salud; - El Ministro de Justicia; - El Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo; - El Viceministro de Comercio Exterior; - El Embajador del Peru en los Estados Unidos de America; y, - Un Representante del Consejo Empresarial para las Negociaciones Internacionales (CENI). En caso de ausencia o impedimento, los Ministros podran ser representados en la Comision por sus Viceministros. La participacion en las sesiones de la Comision podra realizarse por medios virtuales, cuando asi se estime pertinente para el cumplimiento de sus funciones." Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil cuatro.

MINCETUR
Modifican el D.S. Nº 017-2003-MINCETUR, mediante el cual se creo la Comision Multisectorial para el Desarrollo de la Politica Comercial con los Estados Unidos de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 027-2004-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2003MINCETUR, modificado por Decreto Supremo Nº 0092004-MINCETUR, se creo la Comision Multisectorial de Coordinacion para el Desarrollo de la Politica Comercial con los Estados Unidos de MORDAZA, integrada por representantes del mas alto nivel del Gobierno, cuyo objeto es apoyar y optimizar las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de America; Que, es conveniente integrar como miembro de dicha Comision a un representante del Consejo Empresarial para las Negociaciones Internacionales (CENI), entidad que integra a los gremios de produccion y empresariales del MORDAZA, por cuya razon su participacion en la Comision permitira desarrollar una efectiva coordinacion con dichos gremios, articulando de modo eficaz las politicas de Gobierno con las propuestas del sector privado; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 017-2003-MINCETUR Modificase el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0172003-MINCETUR, modificado por el Decreto Supremo

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 21352

ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen disposiciones para la mejora de la calidad del gasto publico y crear el Sistema de Seguimiento y Evaluacion de Gasto Publico
DECRETO SUPREMO Nº 163-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en sus articulos 39º y 44º que todos los funcionarios y trabajadores publicos estan al servicio de la Nacion y que es deber primordial del Estado promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, el articulo 58º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion seguridad, servicios publicos e infraestructura y el articulo 60º del mismo cuerpo legal senala que el Estado solo podra realizar subsidiariamente actividad empresarial autorizado por ley expresa por razon de alto interes publico o de manifiesta conveniencia nacional;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.