Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2004 (29/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 281334

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 29 de noviembre de 2004

Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establece que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados para el consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 280-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 269-98-PE, en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera "COSTA MAR 1" de matricula CE-6262-PM, entendiendose como su nueva denominacion "DANY-B". Articulo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 631-95-PE modificado por Resolucion Ministerial Nº 26998-PE a PESQUERA ACUARIUS S.R.Ltda. para operar la embarcacion pesquera "DANY-B" (ex "COSTA MAR 1") con matricula CE-6262-PM de 187.57 m3 de capacidad de bodega, a favor de la empresa PESQUERA PREKO S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en los que fue otorgado. Articulo 3º.- El acceso al recurso sardina, esta supeditado a que la empresa PESQUERA PREKO S.A.C., cumpla con presentar Certificado de Adecuacion de las Dimensiones de la Red Sardinera e implemente la totalidad de las bodegas de la embarcacion con sistema de refrigeracion RSW o CSW operativo, cuyo adecuado funcionamiento es de caracter obligatorio y destine el recurso sardina al consumo humano directo, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA ACUARIUS S.R.Ltda. para operar la embarcacion "COSTA MAR 1" (actualmente "DANY-B") de matricula CE-6262-PM, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 269-98-PE que modifico a su vez la Resolucion Ministerial Nº 631-95-PE. Articulo 5º.- Incorporar la presente Resolucion, al literal J) del Anexo I y Anexo V de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a PESQUERA ACUARIUS S.R.Ltda. y la Resolucion Ministerial Nº 320-98PE de los indicados anexos. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral y consignarse en la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21528

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 285-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 25 de octubre de 2004 Visto los escritos de registros Nºs CE-13313002, CE13310002 y CE-13312002 de fechas 17 de noviembre del 2003, 2 diciembre del 2003 y 24 de setiembre del 2004, presentados por la empresa RH ADMINISTRACIONES S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca,

entre otros, a las empresas PESQUERA PLAYA NORTE S.A. y PESQUERA NAZCA S.A. para operar las embarcaciones denominadas "MACABI 1" y "MACABI 9" de matriculas CE-0240-PM y CE-0227-PM, respectivamente, con 200 TM de capacidad de bodega cada una, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolucion Ministerial Nº 490-95-PE de fecha 27 de setiembre de 1995, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a la empresa PESQUERA PLAYA NORTE S.A. para operar la embarcacion denominada "MACABI 5" de matricula CE-0224-PM con 200 TM de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de ½ pulgada (13 mm.); Que la Resolucion Directoral Nº 259-98-PE/DNE de fecha 20 de agosto de 1998, autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resoluciones Ministeriales 164-95-PE y 490-95-PE a favor de la empresa PESQUERA NAZCA S.A. en lo referente a la titularidad de las embarcaciones "MACABI 1" y "MACABI 5"; Que con Resolucion Directoral Nº 082-2002-PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de octubre del 2002, se otorgo a PESQUERA NAZCA S.A., autorizacion de incremento de flota para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "MACABI 1" con matricula CE-0240PM, de 211.56 a 265.56 m3, via la aplicacion de los saldos de 22 m3 y 32 m3 de capacidad de bodega, provenientes de los saldos reconocidos por la Administracion a traves de las Resoluciones Directorales Nº 059-2002-PRODUCE/ DNEPP y Nº 079-2002-PRODUCE/DNEPP, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 054-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 7 de marzo del 2003, se modifico la Resolucion Directoral Nº 259-98-PE/DNE, mediante el cual se otorgo permiso de pesca a PESQUERA NAZCA S.A. para operar la embarcacion pesquera "MACABI 1" de matricula CE-0240-PM, ampliandose la capacidad de bodega de la mencionada embarcacion a 265.56 m 3; Que el articulo 34º del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE establece que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgo; Que mediante los escritos del visto la empresa RH ADMINISTRACIONES S.A., solicita cambio de titular del permiso de pesca, otorgado mediante las Resoluciones mencionadas en los considerandos precedentes, por haber adquirido las embarcaciones "MACABI 1", "MACABI 5" y "MACABI 9" bajo la modalidad de fusion por absorcion con la empresa PESQUERA NAZCA S.A.; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) denominado Cambio de Titular de Permiso de Pesca de embarcacion de bandera nacional de mayor escala del ambito maritimo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, resultando procedente atender lo solicitado; Que por Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, se establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 516-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.