Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2004 (29/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 29 de noviembre de 2004

m3 de la mencionada embarcacion a favor del senor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado por el senor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI para operar la embarcacion pesquera "EMILY" de matricula Nº PT-3882-CM en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, respetando lo establecido por la normatividad pesquera vigente. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 467-97-PE al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "EMILY" de matricula PT-3882CM. Articulo 4º.- Incorporar al senor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "EMILY" de matricula PT-3882-CM y la presente Resolucion, al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PE, asi como tambien al literal D) del Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Excluir al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "EMILY" de matricula PT-3882CM, del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002PE, asi como tambien al literal D) del Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 6º.- Otorgar al senor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "EMILY" de matricula PT-3882-CM, para la construccion de una embarcacion pesquera con 100.22 m3 de capacidad de bodega totalmente insulada y con sistema de preservacion o conservacion a bordo de MORDAZA R.S.W, para dedicarse a la extraccion de los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de 1½ pulgadas (38 mm.). Articulo 7º.- La autorizacion otorgada a traves de la presente Resolucion tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, conforme a lo establecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido el plazo de vigencia de esta resolucion el respectivo permiso de pesca. Asimismo deberan tener presente lo establecido en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE. Articulo 8º.- Vencido cualquiera de los plazos indicados en el parrafo precedente, la autorizacion caducara de pleno derecho en el caso de no haberse ejecutado o solicitado el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion otorgada, excediendo la capacidad de bodega de la embarcacion autorizada a adquirir o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 9º.- La embarcacion pesquera "EMILY" de matricula PT-3882-CM, mantendra vigente su permiso y podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion este en condiciones de efectuar faenas de pesca y obtenga el correspondiente permiso de pesca. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21559

SAC-; y los escritos de registro Nº CE-01779002 del 26 de febrero, 28 de MORDAZA, 11 de junio y 12 de agosto del 2004, presentados por el senor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 584-97-PE de fecha 16 de octubre de 1997, se otorgo, entre otros armadores, a la empresa ENVASADORA SAN MORDAZA S.A. (Ahora: Corporacion Pesquera San MORDAZA S.A. en Liquidacion) permiso de pesca a plazo determinando, para operar la embarcacion pesquera denominada "SOLANGE" con matricula Nº CE-10941-CM, de 130.48 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos jurel y caballa, destinados al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 1/2 pulgada (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso, en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca-, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, asimismo, dicho dispositivo establece que las autorizaciones de incremento de flota de embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que el numeral 32.1 del articulo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las autorizaciones de incremento de flota y permisos de pesca para embarcaciones pesqueras de mayor escala que se dediquen a la pesca para consumo humano directo, se otorgaran siempre que las embarcaciones dispongan de bodega totalmente insulada y de medios o sistemas de preservacion o conservacion a bordo y cumplan con los requisitos de sanidad e higiene industrial, exigidos por las disposiciones vigentes sobre la materia; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, dispone que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; Que el articulo 149º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General-, establece que la autoridad responsable de la instruccion, por propia iniciativa o a instancia de los administrados, dispone mediante resolucion irrecurrible, la acumulacion de los procedimientos en tramite que guarden conexion; Que mediante los escritos del visto, presentados por MORDAZA MORDAZA S.A.C. -MACASAC-; solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SOLANGE", con matricula Nº CE-10941-CM, por ser la actual propietaria de la referida embarcacion pesquera, conforme consta en el correspondiente Certificado Compendioso de Dominio expedido por el Registro General de Pesqueria de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos; Que de conformidad con los acuerdos establecidos en el Contrato de Asociacion en Participacion, celebrado con fecha 27 de MORDAZA del 2004 entre la empresa MORDAZA MORDAZA S.A.C. -MACASAC- y el senor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, este ultimo a traves de los escritos de vistos que corresponden, solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "SOLANGE", con matricula Nº CE-10941-CM, para la construccion de una nueva embarcacion pesquera de 130.48 m3 de capacidad de bodega, para operarla en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino para el consumo humano directo; Que de la revision efectuada a la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca presentada por MORDAZA MORDAZA S.A.C. -MACASAC- y de la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por el senor SPIRIDON

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 292-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 25 de octubre de 2004 Vistos los escritos de registro Nº CE-01778002 del 26 de febrero, 21 de MORDAZA, 11 de MORDAZA y 12 de agosto del 2004, presentados por MORDAZA MORDAZA S.A.C. -MACA-

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