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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G33/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de noviembre de 2004 m3 de la mencionada embarcación a favor del señor SPI- RIDON KALINICOS KONTOGEORYI. Artículo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado por el señor SPIRIDON KALINICOS KON- TOGEORYI para operar la embarcación pesquera "EMILY" de matrícula Nº PT-3882-CM en los mismos términos y con-diciones en que fue otorgado, respetando lo establecidopor la normatividad pesquera vigente. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 467-97-PE al señor ANTONIO PERICHE PINGO, para ope- rar la embarcación pesquera "EMILY" de matrícula PT-3882-CM. Artículo 4º.- Incorporar al señor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI como titular del permiso de pesca otorga-do para operar la embarcación pesquera "EMILY" de matrí- cula PT-3882-CM y la presente Resolución, al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PE, así como tam-bién al literal D) del Anexo I, de la Resolución Ministerial Nº284-2003-PRODUCE. Artículo 5º.- Excluir al señor ANTONIO PERICHE PIN- GO, como titular del permiso de pesca otorgado para ope- rar la embarcación pesquera "EMILY" de matrícula PT-3882- CM, del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PE, así como también al literal D) del Anexo I, de la Reso-lución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- Otorgar al señor SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, autorización de incremento de flota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarca- ción pesquera "EMILY" de matrícula PT-3882-CM, para laconstrucción de una embarcación pesquera con 100.22m3 de capacidad de bodega totalmente insulada y consistema de preservación o conservación a bordo de tipoR.S.W, para dedicarse a la extracción de los recursos sardi- na, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando para ello redes de cerco con tamaño mínimo deabertura de malla de 1½ pulgadas (38 mm.). Artículo 7º.- La autorización otorgada a través de la presente Resolución tendrá vigencia por un plazo de die-ciocho (18) meses, conforme a lo establecido en el artículo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) mesesde vencido el plazo de vigencia de esta resolución el res-pectivo permiso de pesca. Asimismo deberán tener pre-sente lo establecido en el artículo 1º del Decreto SupremoNº 004-2002-PRODUCE. Artículo 8º.- Vencido cualquiera de los plazos indica- dos en el párrafo precedente, la autorización caducará depleno derecho en el caso de no haberse ejecutado o soli-citado el permiso de pesca correspondiente, sin que seanecesario para ello el pronunciamiento o la notificación porparte del Ministerio de la Producción. Asimismo, será cau- sal de caducidad la ejecución de la autorización otorgada, excediendo la capacidad de bodega de la embarcaciónautorizada a adquirir o con características diferentes a lasque la sustentaron. Artículo 9º.- La embarcación pesquera "EMILY" de matrícula PT-3882-CM, mantendrá vigente su permiso y podrá operar hasta que la embarcación objeto de la pre- sente autorización esté en condiciones de efectuar faenasde pesca y obtenga el correspondiente permiso de pesca. Artículo 10º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Minis-terio de Defensa, y consignarse en el Portal de la PáginaWeb del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 21559 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 292-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 25 de octubre de 2004 Vistos los escritos de registro Nº CE-01778002 del 26 de febrero, 21 de abril, 11 de mayo y 12 de agosto del 2004, presentados por MARIO CACERES S.A.C. -MACA-SAC-; y los escritos de registro Nº CE-01779002 del 26 de febrero, 28 de mayo, 11 de junio y 12 de agosto del 2004,presentados por el señor SPIRIDON KALINICOS KONTO-GEORYI. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 584-97-PE de fecha 16 de octubre de 1997, se otorgó, entre otros arma-dores, a la empresa ENVASADORA SAN ANTONIO S.A. (Ahora: Corporación Pesquera San Antonio S.A. en Liqui- dación) permiso de pesca a plazo determinando, para ope-rar la embarcación pesquera denominada "SOLANGE" conmatrícula Nº CE-10941-CM, de 130.48 m3 de capacidadde bodega, para la extracción de recursos hidrobiológicosjurel y caballa, destinados al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1 1/2 pulgada (38 mm.), en el ámbito del litoralperuano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de lasembarcaciones pesqueras de bandera nacional conllevala transferencia de dicho permiso, en los mismos términos ycondiciones en que se otorgaron; Que el artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977 -Ley Ge- neral de Pesca-, establece que la construcción y adquisi- ción de embarcaciones pesqueras deberá contar con au-torización previa de incremento de flota otorgada por elMinisterio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Pro-ducción), en función de la disponibilidad, preservación yexplotación racional de los recursos hidrobiológicos, asi- mismo, dicho dispositivo establece que las autorizaciones de incremento de flota de embarcaciones pesqueras paraconsumo humano indirecto, sólo se otorgarán siempre quese sustituya igual volumen de capacidad de bodega de laflota existente; Que el numeral 32.1 del artículo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PE, establece que las autorizaciones deincremento de flota y permisos de pesca para embarcacio-nes pesqueras de mayor escala que se dediquen a lapesca para consumo humano directo, se otorgarán siem-pre que las embarcaciones dispongan de bodega total- mente insulada y de medios o sistemas de preservación o conservación a bordo y cumplan con los requisitos de sani-dad e higiene industrial, exigidos por las disposiciones vi-gentes sobre la materia; Que el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, dispone que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel (Tra- churus picturatus murphy ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus ), serán destinados al consumo humano directo; Que el artículo 149º de la Ley Nº 27444 -Ley del Proce- dimiento Administrativo General-, establece que la autori-dad responsable de la instrucción, por propia iniciativa o a instancia de los administrados, dispone mediante resolu- ción irrecurrible, la acumulación de los procedimientos entrámite que guarden conexión; Que mediante los escritos del visto, presentados por MARIO CACERES S.A.C. -MACASAC-; solicita el cambiode titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "SOLANGE", con matrícula Nº CE-10941-CM, por ser la actual propietaria de la referida embarcaciónpesquera, conforme consta en el correspondiente Certifi-cado Compendioso de Dominio expedido por el RegistroGeneral de Pesquería de la Superintendencia Nacional deRegistros Públicos; Que de conformidad con los acuerdos establecidos en el Contrato de Asociación en Participación, celebrado confecha 27 de mayo del 2004 entre la empresa MARIO CA-CERES S.A.C. -MACASAC- y el señor SPIRIDON KALINI-COS KONTOGEORYI, este último a través de los escritosde vistos que corresponden, solicita autorización de incre- mento de flota vía sustitución de capacidad de bodega de la embarcación pesquera "SOLANGE", con matrícula NºCE-10941-CM, para la construcción de una nueva embar-cación pesquera de 130.48 m3 de capacidad de bodega,para operarla en la extracción de los recursos jurel y caba-lla con destino para el consumo humano directo; Que de la revisión efectuada a la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca presentada por MARIO CACE-RES S.A.C. -MACASAC- y de la solicitud de autorizaciónde incremento de flota presentada por el señor SPIRIDON