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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (11/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G30/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 11 de octubre de 2004 MIMDES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64 /G45/G75/G72/G6F/G70/G65/G61/G20/G32/G30/G30/G34/G2D/G32/G30/G30/G36/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G65/G71/G75/G69/G2D /G70/G6F/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 623-2004-MIMDES Lima, 7 de octubre de 2004 CONSIDERANDO:Que, con fecha 21 de julio de 2004, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y la Comunidad Europea repre-sentada por la Comisión de las Comunidades Europeas, suscribieron el Convenio Específico en apoyo a la Ejecu- ción 2004-2006 del Programa de Apoyo a la SeguridadAlimentaria PASA Perú/CE en adelante Convenio Espe- cífico MIMDES-CE, aprobado por Resolución Suprema Nº 021-2004-MIMDES de fecha 10 de agosto de 2004,con el objeto de contribuir a la seguridad alimentaria de las poblaciones rurales pobres, a través del fortalecimiento de capacidades institucionales e inversión social en infra-estructura económica y desarrollo productivo, en el mar- co de un modelo de gestión descentralizado y participativo del Gobierno Nacional y los Gobiernos Subnacionales,en los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huanca- velica y Junín, así como en los corredores económicos de Alto Amazonas-Bajo Huallaga y Valle del Río Apurí-mac-Ene; Que, el Numeral 8.5 del referido Convenio señala que el MIMDES con la no objeción de la Unidad Técnica deSeguridad Alimentaria - UTSA, designará un Coordinador Técnico del Convenio Específico MIMDES-CE, responsa- ble de la gestión de los Planes Operativos 2004, 2005 y2006, con las facultades necesarias para su ejecución físi- ca y financiera; Que, a través de la Carta Nº 440-UTSA.04 de fecha 24 de septiembre de 2004, la Unidad Técnica de Seguridad Alimen- taria - UTSA otorga su conformidad a la designación del inge- niero Adolfo Ignacio Ibarguen Uribe como Coordinador Técni-co del Convenio Específico MIMDES/CE 2004-2006; Que, asimismo el Numeral 8.1 del citado Convenio es- tablece que en el Viceministerio de Desarrollo Social, seconformará un Equipo Técnico, encargado del seguimiento, acompañamiento y asistencia técnica a los Gobiernos Re- gionales así como a los Gobiernos Locales, del ámbito deintervención del Convenio; Que, en tal sentido, es necesario designar al Coor- dinador Técnico del Convenio Específico MIMDES-CE porel presente ejercicio presupuestal, así como conformar el Equipo Técnico a que se refiere el considerando prece- dente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministe- rio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; y, en el Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, con efectividad al 29 de setiembre del 2004, al Ing. ADOLFO IGNACIO IBAR- GUEN URIBE, Gerente de Proyectos de Infraestructura de la Unidad Ejecutora 004: Fondo Nacional de Compen- sación y Desarrollo Social - FONCODES, como Coordi- nador Técnico del Convenio Específico MIMDES/CE2004-2006. Artículo 2º.- Conformar, con efectividad al 29 de setiem- bre del 2004, el Equipo Técnico de seguimiento, acompa-ñamiento y asistencia técnica a los Gobiernos Regionales, así como a los Gobiernos Locales, del ámbito de interven- ción del Convenio, el cual estará constituido por: - El Viceministro de Desarrollo Social. - El Director General de Descentralización, Concer- tación y Participación Social. - El Director General de Planeamiento.- El Gerente General de la Unidad Ejecutora 004: Fon- do Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FON- CODES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18240 RELACIONES EXTERIORES /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G2D /G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G22 DECRETO SUPREMO Nº 072-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 6 de julio de 2004, se suscribió en la ciudad de Madrid, Reino de España, el "Convenio Marco de Cooperación entre la República del Perú y el Reino de España" ; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artí-culo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a és- tos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio Marco de Co- operación entre la República del Perú y el Reino de España", suscrito el 6 de julio de 2004, en la ciudad de Madrid, Reino de España. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA La República del Perú y el Reino de España, en adelan- te las Partes; CONSIDERANDO el deseo de fortalecer los profundos e importantes vínculos históricos y culturales que siemprehan existido entre los dos países y los estrechos lazos de amistad que tradicionalmente han unido a sus pueblos; CONVENCIDAS de la necesidad de intensificar las re- laciones bilaterales existentes entre ambos países mediante la promoción y fortalecimiento de las relaciones de coope- ración para el desarrollo con especial énfasis en su dimen-sión política, económica, técnica y científico-tecnológica, educativa y cultural; RECONOCIENDO que la intensificación y diversifi- cación de sus relaciones bilaterales en los más distintos campos responde al común interés de ambos países y contribuye, por su inter medio, a un mayor acercamiento entre Europa y América del Sur; AFIRMANDO la importancia de reforzar los mecanis- mos que contribuyan al desarrollo de ese proceso y de lanecesidad de ejecutar programas de cooperación que ten- gan una efectiva incidencia en el desarrollo integral de sus respectivos países;