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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (11/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G30/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 11 de octubre de 2004 El Comité Paritario de Evaluación y Seguimiento estará integrado por dos o más representantes de alto nivel de cada una de las Administraciones de Cooperación Internacional de las Partes, y tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) Evaluar la evolución del Programa y los proyectos de cooperación en curso, aprobados por la Comisión Mixta.Valorar las recomendaciones de orden técnico y adminis- trativo que reciba del Fondo de Cooperación Hispano - Peruano. b) Adoptar las decisiones que correspondan en relación a la ejecución del Programa de Cooperación Hispano - Pe- ruano y de los proyectos que lo conforman. c) Tomar las providencias necesarias a efectos de ase- gurar la disponibilidad y habilitación por ambas Partes de los recursos requeridos para la ejecución del Programa yproyectos de cooperación. d) Evaluar los resultados de los proyectos en ejecución y/o los ejecutados con vistas al mayor rendimiento de lasactividades emprendidas en el marco de este Convenio. e) Formular a las Partes sus recomendaciones para la mejor ejecución del Programa y proyectos. El Comité Paritario de Evaluación y Seguimiento se re- unirá en Perú, una vez, durante el plazo de vigencia de laComisión Mixta, a mitad del ciclo del programa de Coope- ración Hispano Peruano. No obstante, las Partes podrán convocar, de común acuerdo y cuando lo consideren ne-cesario, reuniones extraordinarias del Comité Paritario de Evaluación y Seguimiento. Excepcionalmente, cada una de la Partes podrá, en cualquier momento, someter a consideración de la otra, proyectos o actividades específicas de cooperación, para su debido análisis y, en su caso, aprobación. DE LAS COMPETENCIAS INSTITUCIONALES ARTÍCULO XI Entidades de Coordinación La ejecución del programa y proyectos será coordina- da por ambas Partes, a través de sus respectivos organis- mos encargados de la cooperación internacional. La coordinación de la cooperación técnica internacio- nal por la parte española estará a cargo de la Embajada de España, a través de la Oficina Técnica de Cooperación en Perú de la Agencia Española de Cooperación Internacional- AECI. La coordinación por la parte peruana estará a car- go del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. ARTÍCULO XII La AECI La Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio deAsuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secre- taría de Estado para la Cooperación Internacional. Es el ór- gano de gestión de la política española de cooperación in-ternacional para el desarrollo. Para su actividad en Perú la AECI cuenta con una Oficina Técnica de Cooperación que es una Unidad adscrita orgánicamente a la Embajada. Para efectos del cumplimiento de las funciones que le corresponden, la AECI en el Perú goza de la capacidad necesaria para celebrar todo tipo de actos y contratos, den-tro del ámbito de su competencia, siendo representada por su Coordinador General. ARTÍCULO XIII La APCI La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores con autonomía téc- nica, económica, presupuestal y administrativa que rige sufuncionamiento de acuerdo a la Ley de Cooperación Técni- ca. Constituye el ente rector de la cooperación técnica in- ternacional y tiene la responsabilidad de conducir, progra-mar, organizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, en función de la política nacional de de- sarrollo, en el marco de las disposiciones legales que re-gulan la cooperación técnica internacional. DE LOS COMPROMISOS DE LAS PARTES ARTÍCULO XIV Com promiso conjunto Para efectos de garantizar el logro de los objetivos del presente Convenio, ambas Partes se comprometen a:a) Elaborar conjuntamente el Programa de Cooperación Hispano - Peruano y los proyectos de cooperación a eje- cutar, dentro de sus respectivas prioridades y estrategias de desarrollo y participar activamente en los mecanismosestablecidos en el presente Convenio. b) Facilitar y propiciar las relaciones, intercambios y cooperación entre las instituciones u organismos de cadaParte, o entre profesionales, técnicos, especialistas, inves- tigadores, científicos, intelectuales, artistas, entre otros, en todos los ámbitos de cooperación; así como la organiza-ción de foros, eventos, seminarios, conferencias, exposi- ciones o representaciones. c) Fomentar la creación de instituciones, organizacio- nes, centros o mecanismos que se consideren pertinentes para el impulso y/o complemento de las acciones de co- operación, según lo acuerden las Partes. d) Coordinar internamente con sus respectivas adminis- traciones y/o entidades con competencias en la materia, los programas y/o proyectos a realizar en virtud del presenteConvenio; a efectos de garantizar la unidad de acción y de alcanzar la mayor eficacia de los esfuerzos de cada Parte. e) Adoptar las medidas necesarias para que las accio- nes que se realicen y los recursos, bienes, técnicas y co- nocimientos que se adquieran como resultado de la co- operación bilateral contribuyan de manera eficiente y efec-tiva al desarrollo de sus respectivos países. f) Potenciar el conocimiento por parte de la opinión pú- blica de ambos países de los logros de la cooperación, conel fin de contribuir a profundizar una cultura de coopera- ción en sus sociedades. g) Adoptar las medidas legales, administrativas y pre- supuestarias necesarias para el cumplimiento de los com- promisos asumidos en virtud del presente Convenio. ARTÍCULO XV De la parte española La Parte española se compromete a:a) A través de la AECI, mantener operativos en Perú a la Oficina Técnica de Cooperación y al Centro Cultural,designando a sus respectivos representantes. b) Proporcionar los recursos financieros y no financieros, así como el material, equipo y demás bienes y serviciosnecesarios para el desarrollo del Programa, los proyectos y/ o actividades de cooperación convenidos por las Partes. c) Proporcionar el apoyo de expertos y/o voluntarios, así como de organizaciones o instituciones públicas o pri- vadas que desarrollen actividades en los programas y/o proyectos de cooperación acordados por las Partes. d) Otorgar becas para peruanos en consonancia con los objetivos que se fijen para la política española de co- operación cultural y exterior, y en atención a los requeri-mientos y necesidades de capacitación técnica, científica y profesional de la Parte peruana, en particular según a lo establecido en los convenios de cooperación bilaterales. e) Facilitar las publicaciones, documentos y el material de trabajo o consulta necesario para el desarrollo normal de las acciones de cooperación. ARTÍCULO XVI De la parte peruana La Parte peruana se compromete a:a) Otorgar reconocimiento oficial a la AECI en Perú, a través de la Oficina Técnica de Cooperación representadapor su Coordinador General y al Centro Cultural represen- tado por su Director. b) Proporcionar como contrapartida nacional, los recur- sos, bienes y/o servicios que se hubiesen acordado para complementar el financiamiento de los proyectos de co- operación convenidos por las Partes. c) Asignar personal de contraparte a los expertos y/o voluntarios proporcionados por la Cooperación Española, así como brindar todas las facilidades para su permanenciay desarrollo de funciones en el país. d) Asegurar y articular la colaboración y/o participación de las entidades o instituciones públicas y/o privadas invo-lucradas en los programas y/o proyectos de cooperación. e) De conformidad a lo acordado en cada proyecto, pro- porcionar o facilitar las instalaciones o locales necesariospara su ejecución y para el adecuado desempeño de las funciones de los expertos, así como los bienes y servicios requeridos para tales efectos. f) Acreditar, a solicitud de la Embajada de España, al per- sonal directivo designado por AECI para desempeñar funcio-