Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2004 (11/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 11 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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informado que en sus archivos no aparecen inscritas las Partidas de Nacimiento a nombre de MORDAZA Vielca Seto MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Iwasaki; Que, se establece la presuncion razonada que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA AMPILOQUIO MORDAZA MORDAZA han hecho uso de un documento falso como si fuese legitimo, con la finalidad de que a traves del Procedimiento de Autenticacion de Firma en Certificaciones o Constancias por Registrador Civil, senalado en el MORDAZA del RENIEC, se autentique la firma de los funcionarios autorizados para tal efecto, por lo cual, se deduce la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA AMPILOQUIO MORDAZA MORDAZA y contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA AMPILOQUIO MORDAZA MORDAZA y contra los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 17478

te la Resolucion de Superintendencia Nº 054-2000-SEPS/ CD; Que, de conformidad con el articulo 355º de la Ley General de Sociedades, las Entidades Prestadoras de Salud comprendidas en el citado MORDAZA de fusion dieron publicidad al mismo mediante la publicacion de avisos en el Diario Oficial El Peruano y el diario El Comercio los dias 23 y 29 de MORDAZA y el 5 de MORDAZA del ano 2004; Que, al no haberse presentado objeciones al mencionado MORDAZA de fusion, corresponde que la Intendencia General de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud expida la Resolucion de Autorizacion correspondiente, a fin de posibilitar la inscripcion de la Fusion por absorcion de Novasalud Peru EPS S.A. y MORDAZA EPS S.A. en los Registros Publicos, segun lo dispuesto en los articulos 6º y 10º del Reglamento de Fusion y Normas Complementarias de Disolucion y Liquidacion de Entidades Prestadoras de Salud; Que, de acuerdo con lo prescrito en el articulo 353º de la Ley General de Sociedades, las Juntas Generales de MORDAZA EPS S.A. y Novasalud Peru S.A. EPS de fecha 1 de MORDAZA de 2004, acordaron que la fusion entre en vigencia el dia que la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud emita la autorizacion de fusion y revoque la Autorizacion de Funcionamiento de Novasalud Peru S.A. EPS; Estando a las facultades conferidas a la Intendencia General en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2002SA; los articulos 3º, 6º, 10º y 12º del Reglamento de Fusion y Normas Complementarias de Disolucion y Liquidacion de Entidades Prestadoras de Salud, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Fusion por Absorcion entre Novasalud Peru S.A. EPS y MORDAZA S.A. EPS. Articulo Segundo.- REVOCAR la Autorizacion de Funcionamiento de Novasalud Peru S.A., quedando sin efecto la Resolucion de Intendencia General Nº 009-98-SEPS/IG de fecha 30 de noviembre de 1998. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entra en vigencia el 1 de agosto de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General 18238

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Autorizan fusion por absorcion entre Novasalud Peru S.A. EPS y MORDAZA S.A. EPS
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL Nº 038-2004-SEPS/IG MORDAZA, 14 de MORDAZA del ano 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de MORDAZA del ano 2004, Novasalud Peru S.A. EPS y MORDAZA EPS S.A. han solicitado autorizacion de Fusion por Absorcion, acompanando la informacion establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud y en el articulo 7º del Reglamento de Fusion y Normas Complementarias de Disolucion y Liquidacion de Entidades Prestadoras de Salud, aprobado median-

SUNAT
Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 010-024-0000024 MORDAZA, 6 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, sustituido por el Decreto Legislativo Nº 953, establece los requisitos que deberan de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del citado Codigo establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico;

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