Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2004 (11/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Plan de Canalizacion MORDAZA TV 49 51 53 55 57 59

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 11 de octubre de 2004

Plan de Asignacion de Frecuencias Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 681.25 685.75 693.25 697.75 705.25 709.75 717.25 721.75 729.25 733.75 741.25 745.75 Total de canales: 21 La MORDAZA e.r.p. en la direccion de MORDAZA ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad sera: 4 KW. Localidad: HUARAL-CHANCAY Plan de Canalizacion Plan de Asignacion de Frecuencias MORDAZA TV Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 15 477.25 481.75 19 501.25 505.75 21 513.25 517.75 23 525.25 529.75 25 537.25 541.75 27 549.25 553.75 29 561.25 565.75 31 573.25 577.75 33 585.25 589.75 35 597.25 601.75 39 621.25 625.75 41 633.25 637.75 43 645.25 649.75 45 657.25 661.75 47 669.25 673.75 49 681.25 685.75 51 693.25 697.75 53 705.25 709.75 55 717.25 721.75 57 729.25 733.75 59 741.25 745.75 Total de MORDAZA : 21 La MORDAZA e.r.p. en la direccion de MORDAZA ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad sera: 4 KW. Localidad: MORDAZA Plan de Asignacion de Frecuencias Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 477.25 481.75 489.25 493.75 501.25 505.75 513.25 517.75 525.25 529.75 537.25 541.75 549.25 553.75 561.25 565.75 573.25 577.75 585.25 589.75 597.25 601.75 621.25 625.75 633.25 637.75 645.25 649.75 657.25 661.75 669.25 673.75 681.25 685.75 693.25 697.75 705.25 709.75 717.25 721.75 729.25 733.75 741.25 745.75 Total de MORDAZA : 22 La MORDAZA e.r.p. en la direccion de MORDAZA ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad sera: 240 KW. Plan de Canalizacion MORDAZA TV 15 17 19 21 23 25 27 29 31 33 35 39 41 43 45 47 49 51 53 55 57 59

del Servicio de Radiodifusion, los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias aprobados en el articulo primero, podran ser modificados de oficio procurando la menor afectacion de los derechos adquiridos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 18181

VIVIENDA
Autorizan suscripcion de Convenio MORDAZA, Convenios Especificos o disponer acciones para viabilizar transferencia de fondos destinados a obras de saneamiento en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 019-2004-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el primer considerando del Decreto de Urgencia Nº 016-2002 del 10 de MORDAZA del 2002 senala que el literal a) de la Octava Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27573 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2002, dispuso que se destinara un 50% a obras de infraestructura vial y de servicios basicos de electrificacion rural y saneamiento de los recursos percibidos por la venta de las acciones que MORDAZA propiedad del Estado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 116-2003-PCM del 10 de MORDAZA del 2003 se creo la Comision Tecnica de Alto Nivel, encargada de realizar los estudios tecnicos conducentes a evaluar los mecanismos para lograr la MORDAZA eficiencia en la distribucion de los fondos que correspondan como producto de la privatizacion de la empresa ELECTROANDES S.A.; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA por Acuerdo Regional Nº 0169-2003-GRJ/CR del 24 de noviembre del 2003; Acuerdo Regional Nº 034-2004-GRJ/CR del 30 de marzo del 2004 y Acuerdo Regional Nº 055-2004-GRJ/CR del 24 de MORDAZA del 2004 ha aprobado los proyectos de saneamiento basico que deben llevarse a cabo en el departamento de Junin; Que, mediante la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 28128 del 19 de diciembre del 2003 se ha distribuido el gasto de los Recursos Ordinarios del Gobierno Nacional, aprobandose en el pliego 037 correspondiente al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento una parte de los fondos que el Gobierno Regional de MORDAZA puede destinar para obras de saneamiento; Que, el articulo 29º del Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, del 6 de setiembre del 2002, el Viceministerio de Construccion y Saneamiento, es el organo encargado de formular y adoptar las politicas generales en materia de construccion de infraestructura y saneamiento; Que, dada la importancia de las obras a ejecutarse, se hace necesario que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Gobierno Regional de MORDAZA, procedan a la firma de un Convenio MORDAZA que permita que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento efectue la transferencia financiera de los fondos disponibles a que se refiere el MORDAZA considerando del presente Decreto al Gobierno Regional de MORDAZA, con el objeto de mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion; Que, el articulo 3º de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338, del 24 de MORDAZA de 1994, declara los servicios de saneamiento como servicios de necesidad y utilidad publica y de preferente interes nacional, cuya finalidad es proteger la salud de la poblacion y el ambiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792; la Ley Nº 27867, la Ley Nº 26338, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Suscripcion de Convenio Autorizase al Viceministro de Construccion y Saneamiento a firmar en representacion del Ministerio de Vivien-

Articulo 2º.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestacion de servicios de radiodifusion en las localidades a que se refiere el articulo precedente, observaran como potencia efectiva radiada (e.r.p.) MORDAZA de la estacion, la establecida en los respectivos Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias. Articulo 3º.- La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones publicara y actualizara mensualmente en la pagina web del Ministerio, una base de datos con el grado de ocupacion de los MORDAZA de television considerados para cada localidad en los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias a que se refiere el articulo primero. Articulo 4º.- A fin de optimizar el uso del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion y procurar una oferta plural de estos servicios que cumplan con los parametros tecnicos previstos en las Normas Tecnicas

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