NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 31
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de setiembre de 2004 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G64/G69/G63/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C/G49/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G79/G20/G44/G72/G6F/G67/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 833-2004/MINSA Lima, 27 de agosto del 2004 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legis- lativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 y el artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, con eficacia al 21 de febrero de 2004, la designación de la Q.F. Rosa Aman- da DÍAZ LEIVA, en el cargo de Directora Ejecutiva de Me-dicamentos, Insumos y Drogas, Nivel F-4, de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 15790 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G6F/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G78/G70/G69/G2D/G64/G61/G6E/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G20/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G73/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G55/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G46._/G75/G65/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G55/G73/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 835-2004/MINSA Lima, 27 de agosto del 2004 Visto el Oficio Nº 1225-2004-DGSP/MINSA, de la Di- rección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 015-2002-IN, se aprobó el Reglamento para la Obtención de Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, cuyos artículos 29º y 30º establecen que el Ministerio de Saludes el órgano competente a nivel nacional para autorizar a los establecimientos de salud públicos o privados que ex- pidan los certificados de salud mental, obligatorios paraobtener la licencia de posesión y uso de armas de fuego de uso civil; Que por Resolución Ministerial Nº 2188-2002-IN/1701, se aprobó la Directiva Nº02-2002-IN-1701 "Normas y Pro- cedimientos para el Examen de Salud Mental para la Cer- tificación de los Postulantes a obtener la Licencia de Pose-sión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil"; Que dentro de este contexto, es necesario regular los requisitos y el procedimiento para autorizar a los estableci-mientos de salud públicos o privados que expedirán los certificados de salud mental para la obtención de licencia de posesión y uso de armas de fuego de uso civil; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la Oficina Ge- neral de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artí- culo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 041 -MINSA/ DGSP-V.01: "Regulación para la Autorización de losEstablecimientos de Salud Públicos o Privados que Expi- dan Certificados de Salud Mental para la Obtención de Li-cencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Ci- vil", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer que una vez incluido el procedi- miento correspondiente a dicha autorización en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Mi-nisterio de Salud, procederá el derecho de pago que se indica en la citada Directiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Ser- vicios de Salud, la supervisión del cumplimiento de la ano- tada Directiva. Artículo 4º.- Las Direcciones de Salud, a nivel nacio- nal, son responsables del cumplimiento de la mencionada Directiva. Artículo 5º.- Encargar a la Oficina General de Comuni- caciones la publicación de dicha Directiva en la página web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud DIRECTIVA Nº 041-MINSA/DGSP-V.01 REGULACIÓN PARA LA AUTORIZACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLICOS O PRIVADOS QUE EXPIDAN CERTIFICADOS DE SALUD MENTAL PARA LA OBTENCIÓN DE LICENCIA DE POSESIÓN Y USO DE ARMAS DE FUEGO DE USO CIVIL 1. OBJETIVO Establecer los requisitos y el procedimiento que deben cumplir los establecimientos de salud públicos o privados para ser autorizados a expedir los certificados de salud mental para la obtención de licencia de posesión y uso dearmas de fuego de uso civil. 2. BASE LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 26842 - Ley General de Salud. - Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud.- Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, que aprobó el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud. - Decreto Supremo Nº 014-2002-SA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Salud. - Decreto Supremo Nº 015-2002-IN, que aprobó el Re- glamento para la Obtención de Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil." - Resolución Ministerial Nº 2188-2002-IN/1701, que aprobó la Directiva Nº 02-2002-IN-1701: "Normas y Pro- cedimientos del Examen de Salud Mental para la Certi-ficación de los Postulantes a obtener la Licencia de Po- sesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil". - Decreto Supremo Nº 004-2004-IN, que actualiza y modifica el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio del Interior, en lo relativo a la DICS-CAMEC. - Decreto Supremo Nº 009-2004-IN, que dispone que toda persona natural autorizada a poseer armas de fue- go de uso civil y que desee continuar con su posesión, sea evaluada por un profesional de la salud mental. 3. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio de los establecimientos de salud públicos o privados que soli- citen autorización para expedir certificados de salud men-tal para la obtención de licencia de posesión y uso de ar- mas de fuego de uso civil.