Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2004 (02/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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4. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2004

5. RESPONSABILIDADES 5.1 El Director General de la Direccion de Salud respectiva y el titular del establecimiento de salud publico o privado autorizado, son responsables del cumplimiento de la presente Directiva. 5.2 El establecimiento de salud publico o privado autorizado remitira a la Direccion de Salud respectiva, el reporte mensual de los certificados de salud mental expedidos para la obtencion de licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil. 5.3 Las Direcciones de Salud respectivas informaran trimestralmente sobre la evaluacion y expedicion de dichos certificados a la Direccion General de Salud de las Personas. 6. ANEXO

4.1 La autorizacion a los establecimientos de salud publicos o privados, para expedir el certificado de salud mental para obtener la licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil, es competencia de la Direccion de Salud del ambito correspondiente. 4.2 Para obtener dicha autorizacion, los establecimientos de salud publicos o privados deben presentar los siguientes requisitos: 4.2.1 Solicitud con caracter de declaracion jurada, suscrita por el responsable legal del establecimiento de salud, dirigida al Director General de la Direccion de Salud respectiva, indicando que dicho establecimiento cuenta con lo siguiente: - Ambiente adecuado para evaluar y aplicar los instrumentos establecidos en la Directiva Nº 02-2002-IN/1701 aprobada con Resolucion Ministerial Nº 2188-2002-IN/1701 y, tambien con ambientes administrativos para el MORDAZA de obtencion del certificado de salud mental para la obtencion de licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil. - Director Medico, responsable de visar el mencionado certificado de salud mental. - Medico Psiquiatra, responsable del examen de salud mental, emision y suscripcion de dicho certificado y, Psicologo co-responsable de la evaluacion psicologica. El medico Psiquiatra debe estar inscrito en el Registro Nacional de Especialistas y debidamente habilitado y acreditado en el Colegio Medico del Peru. El Psicologo debe estar debidamente habilitado y acreditado en el Colegio de Psicologos del Peru y tener experiencia profesional no menor de 5 anos en el MORDAZA clinico. - Material y equipamiento para la aplicacion de los instrumentos de evaluacion previstos en la Directiva Nº 022002-IN-1701, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 2188-2002-IN/1701. 4.2.2 Comprobante de pago por derecho de autorizacion y/o renovacion de esta, equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria y, MORDAZA de Categorizacion expedida por la Direccion de Salud respectiva, en caso de los establecimientos de salud privados. 4.3 La Direccion de Salud respectiva, a traves de la Direccion Ejecutiva de Salud de las Personas a su cargo, debe evaluar el expediente presentado, realizar la verificacion en el establecimiento de salud solicitante y emitir el informe respectivo. 4.4 En el caso que el establecimiento de salud solicitante cumpla con los requisitos mencionados en el numeral 4.2, la Direccion de Salud respectiva procedera a emitir la Resolucion Directoral de Autorizacion, en un plazo no mayor de 15 dias habiles desde la MORDAZA del citado expediente. Para el efecto, se utilizara el formato de resolucion que obra como anexo de la presente Directiva. 4.5 En caso contrario, la Direccion de Salud respectiva expedira la Resolucion Directoral que deniegue la autorizacion solicitada. Ante esta situacion, el establecimiento de salud puede interponer recurso de reconsideracion o apelacion. El primero es resuelto por la Direccion de Salud y, el MORDAZA por la Direccion General de Salud de las Personas. 4.6 La autorizacion expedida tendra una vigencia de 4 anos, siendo automatico su vencimiento. 4.7 Para la renovacion de esta autorizacion, los establecimientos de salud publicos o privados deben solicitarla con una anticipacion de 30 dias a la fecha de su vencimiento; presentando los requisitos establecidos en el numeral 4.2 y adicionando MORDAZA de la Resolucion Directoral de Autorizacion. 4.8 La Direccion de Salud respectiva, en coordinacion con la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) del Ministerio del Interior, debe realizar supervisiones a los establecimientos de salud publicos o privados autorizados, a efecto de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. 4.9 De verificarse tal incumplimiento, la Direccion de Salud respectiva sancionara con suspension temporal de la autorizacion y, en caso de reincidencia, con suspension definitiva.

6.1 Modelo de Resolucion Directoral de Autorizacion. ANEXO RESOLUCION DIRECTORAL Nº MORDAZA, ....... de................... de 200... Visto el Expediente Nº .............., presentado por..................................................., solicitando autorizacion para expedir Certificado de Salud Mental para la Obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 015-2002-IN, se aprobo el Reglamento para la Obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, cuyos articulos 29º y 30º establecen que el Ministerio de Salud es el organo competente a nivel nacional para autorizar a los establecimientos de salud publicos y privados, para expedir certificados de salud mental, obligatorios para obtener la mencionada licencia; Que por Resolucion Ministerial Nº 2188-02-IN/1701, se aprobo la Directiva N 02-2002-IN-1701: "Normas y Procedimientos del Examen e Salud Mental para la Certificacion de los Postulantes a obtener la Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil"; Que por Resolucion Ministerial Nº -2004/MINSA, se aprobo la Directiva Nº -MINSA/DGSP-V.01: "Regulacion para la Autorizacion de los Establecimientos de Salud Publicos o Privados que expidan Certificados de Salud Mental para la Obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil", la cual senala los requisitos y el procedimiento que se debe cumplir para autorizar la expedicion de los referidos certificados de salud mental; De acuerdo a lo opinado por la Direccion Ejecutiva de Salud de las Personas en su INFORME Nº ; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, Conforme a lo establecido en el articulo 29º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y, en el literal c) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 573-2003-SA/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al establecimiento de salud (publico o privado) denominado: "...................................................", ubicado en .............................., a expedir Certificados de Salud Mental para la obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil. Articulo 2º.- La mencionada autorizacion tiene vigencia por 4 anos, contados a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. 15791

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