Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2004 (02/09/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 275633

procesado se apropio del dinero producto del pago por concepto de tributos municipales, que recibieron en su condicion de Servidores Publicos de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores en agravio del Erario Publico representado por la Entidad Edilicia ver folios 97. 5.- Existe en el expediente la opinion de la Direccion de Policia Contra la Corrupcion, respecto Al procesado, quienes afirman que en su condicion de cajero, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se apropio ilicitamente del pago efectuado por el contribuyente MORDAZA MORDAZA ARESTEGUE, utilizando el Sistema Informatico en donde consigno doble numeracion de movimiento ver folios 166,167. 6.- Que habiendo sido reportados a almacen en calidad de DEVUELTO e INEXISTENTES los recibos dentro del rango de PRE-impresion 0220001 al 0222000 segun Informe Nº 076-UT-2003-MDSJM el 27-2-03 del Jefe de la Unidad de Tesoreria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ver folios 72,73; el cajero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA emitio los recibos con numeracion impreso "0221972" del 10-3-03, a nombre del contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien pago la suma de S/.261.20 Nuevos Soles, y "0221994" del 4-303 a nombre del contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien pago la suma de S/.69.20, ver folios 73, recibo que se encuentra dentro del rango 0220001 al 0222000, ver folios150. 7.- Que al igual de su companera de "trabajo", realizo los mismos procedimientos para apropiarse del dinero del Erario Publico en lo que respecta a los recibos PRE-impresos "0221997" del 4-3-03, "0221994 y 0221972" del 10-303, con codigo de usuario "56" y clave "JOSE CHUMP". 8.- Que el procesado se apropio ilicitamente del pago efectuado por MORDAZA MORDAZA Arestegue de S/. 60.72 Nuevos Soles por concepto de impuesto predial del ano 1998 con recibos de numeracion PRE-impresos "0112719" y el recibo "0112720" por la suma de S/. 63.20 Nuevos Soles por concepto de impuesto predial del ano 1999, mediante el procedimiento de doble numeracion de movimiento. Que, existe suficiente evidencia para determinar que el procesado no desvirtua las imputaciones hechas con respecto a las observaciones en que esta inmerso, habiendo soslayado los literales a), f), h), del Art. 28º, incumplido sus obligaciones estipuladas en los literales b), g), h), del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, asimismo ha soslayado el Art. 129º del D. S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; 3.- La persona MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA segun expediente Nº 10303-04 de folios 416 al 432, asimismo de su manifestacion oral a la CPPAD en presencia de su abogado, precisa que todos los recibos emitidos por su persona como cajero han ingresado a las arcas de la Municipalidad; asimismo al igual que el descargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Trillo y del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el procesado sostiene que todas las areas involucradas con la recaudacion tributaria estaban totalmente carentes de seguridad, situacion que hacia incontrolable la fiscalizacion de las funciones de los trabajadores, que MORDAZA gente extrana tenia acceso al area de tesoreria, por lo que soy totalmente ajeno a los actos indebidos; al igual que los procesados nombrados anteriormente, sostiene que la hoja informativa Nº 06-2003-CG /L530 emitido por la Contraloria General de la Republica es totalmente generica, Que el Informe de Asesoria Legal Externa del 7-6-04, evidencia de una total subjetividad en sus apreciaciones; Que la investigacion efectuada por la Policia adscrita a la Contraloria General de la Republica carece de objetividad; Que los recibos ingresados al sistema de bases de datos estan formalmente registrados como se puede verificar de los reportes diarios, los mismos que fueran emitidos al final de la jornada. Que el Sr.Eduardo MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA realizo un pago en la MORDAZA a mi cargo por derecho de certificado de defensa civil por un monto de S/. 450.00 Nuevos Soles el mismo que fue emitido con el recibo continuo. Luego de retirarse volvio a los pocos minutos con una MORDAZA fotostatica del MORDAZA indicando que en el no se especificaba dicho monto, exigiendo en forma prepotente la devolucion de lo pagado, lo mismo que se hizo luego de recuperar el recibo original emitido por mi persona, en otra oportunidad igualmente efectuo varios pagos por derecho de espectaculos publicos no deportivos, los mismos que se encuentran registrados en los deportes y sistemas de datos, pero es el caso que al

percatarse que el MORDAZA se precisa la validez del pago por dicho concepto hasta un mes, tratandose de dos espectaculos en el mismo local, solicito la devolucion de lo pagado doble, procediendose a la anulacion de dicho recibo y efectuandose la devolucion del dinero del contribuyente. Que no se le ha encontrado ningun recibo por duplicado. Mas bien todos los recibos fueron emitidos en la Oficina de Tesoreria como consta en los cuadernos de cargo de dicha area. Que, despues de analizar el descargo de cada observacion, su manifestacion oral y los actuados correspondientes al procesado, se debe precisar: 1.- Cuando desempeno su labor de cajero, el referido procesado uso el codigo de usuario(clave): Nº 59 dado por la Direccion de informatica ver folios 142, 540,541. 2.- Existe en el expediente el Informe del Asesor Legal Externo Dr. MORDAZA MORDAZA Quiroga MORDAZA quien opina, que el procesado se apropio del dinero producto del pago por concepto de tributos municipales a "Espectaculos Publicos no Deportivos"(eventos o MORDAZA sociales) por los rubros de Inspeccion Tecnica Basica de Defensa Civil, Autorizacion de espectaculos entre otros, mediante el MORDAZA de "EXTORNO" o "ANULADO", procediendo a eliminar de manera irregular los recibos continuos de pago correspondientes, y que recibio en su condicion de Servidor Publico de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, siendo este proceder falta grave en agravio del Erario Publico representado por la Entidad Edilicia, ver folios 79, al 81,88,89,97. 3.- Existe en el expediente la opinion de la Direccion de Policia Contra la Corrupcion, respecto a que el procesado, es reconocido plenamente por el promotor de espectaculos MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, quien afirma que los dias 26-3-03 y 10-6-03 procedio a pagar y recepcionar los recibos de pago por concepto de autorizacion de eventos sociales, y despues de efectuar los tramites en la Oficina de Administracion Tributaria, devolvio el mismo dia al cajero en mencion los recibos para que MORDAZA anulados ilegalmente, y por esta accion ilicita el cajero se quedaba con la mitad del importe que consignaba cada uno de los recibos, dinero que no ha sido reportado como ingreso a MORDAZA por el cajero en mencion en las fechas senaladas. 4.- Que al igual que sus companeros empleo el metodo del "EXTORNO", en complicidad con el cajero Joselito MORDAZA MORDAZA Yanavilca(obrero), para apropiarse ilicitamente del dinero producto de los pagos por concepto de autorizacion de "Espectaculos Publicos no Deportivos", concertando para esta falta con el promotor de espectaculos Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, ver folios 97, 144. 5.- Que el monto "EXTORNADO" o "ANULADO" de manera ilegal por el cajero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es de S/. 610.00 Nuevos Soles en el ano 2003, ver folios 168. 6.- Que la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA en su manifestacion y dos ampliaciones de manifestacion a la Direccion de Policia Contra la Corrupcion, acepta plenamente que realizo esta diligencia en complicidad con los cajeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Joselito MORDAZA MORDAZA Yanavilca, ver folios168,169. 7.- Existe en el expediente la ampliacion de la manifestacion de la persona MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA al Ministerio Publico del Poder Judicial Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Miraflores ver folios 737 al 740, donde indica el mencionado promotor de espectaculos que es totalmente falso lo afirmado por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien niega "haber pedido que le entregara los recibos de pago", asimismo niega "que a cambio de dichas entregas el Sr. MORDAZA de MORDAZA MORDAZA le devolvio la mitad del monto a pagar", que fue precisamente dicho cajero quien me pidio que le haga entrega de los recibos y que a cambio me entregaria la mitad del monto de los recibos, ya que mi condicion de usuario me era imposible haber solicitado a un empleado del municipio y en particular a esta persona facilidades para pagar menos de lo establecido por derecho de Espectaculos Publicos no Deportivos. Que, existe suficiente evidencia para determinar que el procesado no desvirtua las imputaciones hechas con respecto a las observaciones en que esta inmerso, habiendo soslayado los literales a), f), h), del Art. 28º, incumplido sus obligaciones estipuladas en los literales b), g), h), del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, asimismo ha soslayado el Art. 129º del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.