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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de setiembre de 2004 UNIVERSIDADES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G76/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G2D /G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G2D /G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G6E/G6F/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G2D /G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G22/G4A/G6F/G73/GE9/G20/G46._/G61/G75/G73/G74/G69/G6E/G6F/G20/G53/GE1/G6E/G2D/G63/G68/G65/G7A/G20/G43/G61/G72/G72/G69/GF3/G6E/G22 UNIVERSIDAD NACIONAL "JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN" RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 786-2004-UH Huacho, 27 de agosto del 2004 VISTO: El Oficio Nº A-1560-2004-(GTN/MON), de CONSUCODE, de fecha 18 de agosto de 2004, por el que formula observacio- nes al Aviso de Convocatoria, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de agosto de 2004; el Oficio Nº 004-2004-CECOPU/SNP, de fecha 26 de agosto de 2004, emitido por el Presidente del Comité Especial, por el que absuelve las observaciones efectuadas por CONSUCODE a la Convocato-ria del Proceso de Concurso Público para Contratación de Ser- vicios No Personales y adjunta nuevo Aviso de Convocatoria conteniendo cronograma reformulado; el Oficio Nº 728-2004-R-UNJFSC, de fecha 27 de agosto de 2004, mediante el cual, el señor Rector autoriza la emisión del acto resolutivo que re- trotraiga el proceso al estadío de su Convocatoria y la aproba-ción del nuevo cronograma y Aviso de Convocatoria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº A-1560-2004(GTN/MON), el Sub- gerente de Monitoreo de CONSUCODE, dirigido al ComitéEspecial responsable del Concurso Público para la contrata- ción de servicios no personales en la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, se formulan observacionesa la publicación del Aviso de Convocatoria, realizada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 18 de agosto de 2004; Que, mediante Oficio Nº 004-2004-CECOPU/SNP, de fecha 26 de agosto de 2004, el Presidente del Comité Espe- cial absuelve las observaciones a que se refiere el conside- rando precedente, corrigiendo los errores advertidos y ental sentido presenta nuevo Aviso de Convocatoria contenien- do nuevo cronograma, el cual debe ser aprobado. Por lo que debe declararse la nulidad de oficio de la Convocatoria pu-blicada con fecha 15 de agosto de 2004, en el Diario Oficial El Peruano y de todos sus actos subsiguientes; Que, siendo esto así, es procedente retrotraer el Pro- ceso de Concurso Público para la contratación de Servi- cios No Personales, al estadío de su convocatoria y con- secuentemente declarar la nulidad de oficio de todos losactos subsiguientes en virtud de las observaciones formu- ladas por CONSUCODE; Estando a lo expuesto en los considerandos preceden- tes, a lo autorizado por el Rectorado en su Decreto de fe- cha 18 de junio de 2004 y en uso de las atribuciones confe- ridas por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de laUniversidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO, del Aviso de Convocatoria del Concurso Público para lacontratación de servicios no personales, publicada en el Diario Oficial El Peruano; con fecha 15 de agosto de 2004 y de todos sus actos subsiguientes. Artículo 2º.- RETROTRAER, el Proceso del Concurso Público para la Contratación de Servicios No Personales, hasta el estadío previo al Acto de la Convocatoria. Artículo 3º.- APROBAR, el nuevo Aviso de Convoca- toria, elaborado por el Comité Especial, presidido por el Ing. Héctor Romero Camarena. Artículo 4º.- AUTORIZAR, a la Oficina de Secretaría General, para que realice la publicación de la presente re- solución y del nuevo Aviso de Convocatoria, dentro de los5 días de haber sido emitido este acto resolutivo.Artículo 5º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a CONSUCODE y a las dependencias pertinentes de la Univer-sidad, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 15838 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46._/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 9495-2004-UNFV San Miguel, 16 de agosto de 2004 Visto, el Oficio Nº 091-2004-CPDA-UNFV, con fecha de recepción 19.7.2004, de la Comisión Permanente de Pro- cedimientos Administrativos Disciplinarios para ServidoresAdministrativos de la Universidad, mediante el cual remite el Acta de Sesión Extraordinaria de fecha 16.7.2004, pro- poniendo se sancione con destitución y la consiguiente in-habilitación para prestar servicios al Estado, a doña CAR- MEN ADA RÍOS ARAUJO, servidora administrativa per- manente STA de esta Casa Superior de Estudios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 607-2003-ORLP-OCRH-UNFV, de fecha 29.12.2003, la Oficina de Relaciones Laborales advierteque doña CARMEN ADA RÍOS ARAUJO, con Formato de Li- cencia solicita vacaciones por treinta (30) días a partir del 3.11.2003, la misma que fue declarada improcedente, requirién-dosele vía Carta Notarial, se reintegre a sus labores dentro del término de veinticuatro (24) horas de recepcionada la misma; Que, en el referido informe se advierte además que doña CARMEN ADA RÍOS ARAUJO, desde el 3.11.2003 a la fecha de expedición del mismo (29.12.2003) no registra asistencia a su centro de labores, debiéndose tener en cuenta que obra en losantecedentes de la presente resolución la Solicitud con fecha de recepción 14.10.2003, de la referida servidora, mediante la cual peticiona licencia sin goce de remuneraciones por un (1) año apartir del 3.12.2003, de la que parece haber hecho uso sin espe- rar la conformidad institucional; Que, con Resolución R. Nº 8347-2004-UNFV, de fecha 1.4.2004, se instauró proceso administrativo disciplinario a doña CARMEN ADA RÍOS ARAUJO, por haber presunta- mente incurrido en la comisión de falta grave de carácterdisciplinario prevista en el literal k) del Art. 28º (ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos a partir del 3.11.2003) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Ba-ses de la Carrera Administrativa, concordante con el Art. 150º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1.1.2 de las Disposiciones Generales del Manual Normativo Nº 003-93- DNP - “Licencias y Permisos”, la sola presentación de la solicitudno da derecho al goce de la licencia, siendo esto así, si el trabaja- dor se ausentara en esta condición, sus ausencias se considera- rían como inasistencias injustificadas; Que, a mayor abundamiento el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa establece en el Art. 109º que: “(...). El uso del derecho de licencia se inicia a petición departe y está condicionada a la conformidad institucional. (...)”; Que, ante la imposibilidad de poder notificar a doña CARMEN ADA RÍOS ARAUJO, personalmente la Resolu-ción R. Nº 8347-2004-UNFV, de fecha 1.4.2004, en la di- rección que figura en su legajo personal, se procedió a hacer pública dicha resolución mediante notificaciones efectua-das en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano (8.4.2004; pág. 11), así como en la Sección Política del diario La República (8.4.2004; pág 7); a efectos de garanti-zar el derecho de defensa de la referida servidora y el de- bido procedimiento administrativo, de conformidad con el numeral 3. del Art. 25º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce-dimiento Administrativo General;