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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de setiembre de 2004 LA MOTONIVELADORA CHAMPION REGISTRO Nº 433, ASCIENDE A S/. 56,444.00 (CINCUENTA Y SEIS MILCUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUE- VOS SOLES), consecuentemente el egreso que ocasione LA REPARACIÓN, será con cargo a la META: 00001 -REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA CARRE- TERA FEDERICO BASADRE, FUENTES DE FINANCIA- MIENTO: CANON Y SOBRECANON (S/. 26,444.00) YFONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL (S/. 30,000.00) del Presupuesto Aprobado para el Año 2004, de la Unidad Ejecutora; Por estas consideraciones y al amparo del Art. 19º Inc. “c”, Art. 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 142-2004-GRU-P, de fe- cha 11 de febrero del 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR, EL ARTÍCULO PRIME- RO de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 094-2004-GRU- UE: CFB/DE, de fecha 25-5-2004, la misma que queda re-suelto de la siguiente manera: DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA LA REPARACIÓN DE LA MOTO- NIVELADORA CHAMPION REGISTRO Nº 433, consisten-te en: reparación del motor, reparación total de los frenos, del sistema hidráulico y de la bomba de inyección, cuyo VA- LOR REFERENCIAL ASCIENDE A S/. 56,444.00 (CIN-CUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), consecuentemente el egreso que ocasione LA REPARACIÓN, será con cargo ala META: 00001 - REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA FEDERICO BASADRE, FUENTES DE FINANCIAMIENTO: CANON Y SOBRECANON (S/.26,444.00) Y FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL (S/ . 30,000.00), del Presupuesto Aprobado para el Año 2004, de la Unidad Ejecutora; en mérito a los considerandosexpuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE, conforme a Ley la presente Resolución, encargándose de su cumplimiento ala Oficina de Abastecimiento de la Entidad. Artículo Tercero.- PRECISAR, que la Resolución Di- rectoral Ejecutiva Nº 094-2004-GRU-UE: CFB/DE, de fe-cha 25-5-2004, surta todos sus efectos legales, en tanto no se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. OSCAR A. BARRETO VÁSQUEZ Director Ejecutivo 15808 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G2D /G72/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000377 San Juan de Miraflores, 23 de agosto del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTOS: El Informe Final Nº 01-2004-CPPAD /MDSJM emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios CPPAD, la Resolución de Alcaldía Nº 0316-04 del 7-7-04 y los actuados correspondientes al Expe- diente Nº 01-2004 "Verificación de Denuncias practicada a la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores porContraloría General de la República" en 895 folios; y,CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Resolución de Alcaldía Nº 0316- 04, del 7-7-04 se Instauró Proceso Administrativo Discipli- nario a trece(13) servidores y ex servidores de la Munici-palidad Distrital de San Juan de Miraflores, de los cuales cinco(5) son empleados permanentes, un(1) empleado nombrado, tres(3) contratados por Servicios No Persona-les, tres(3) Obreros y un(1) Funcionario, no procediendo la instauración de proceso administrativo disciplinario en for- ma conjunta, tal como señalaba la Resolución antes nom-brada; asimismo se emitió la Resolución de Alcaldía Nº 0356-04, del 9-8-04, declarando la Nulidad Parcial de la R.A. Nº 0316-04 y dentro del período pertinente de acuer-do a Ley, toda vez que no se ha llegado a consumar el acto viciado, en cuanto al extremo de instaurar Proceso Admi- nistrativo Disciplinario a los Srs. Carlos Walter Durán Era-zo, Luis Castro Rojas, Noé Jesús Flores Limo, y Joselito Narciso Yanavilca, Hernán Armando Aparcana Carrión, Percy Sotelo Bedón y Luis Javier Huapaya Chumpitaz;SUBSISTIENDO sus efectos en cuanto al extremo que Ins- taura Proceso Administrativo Disciplinario a los emplea- dos permanentes y ex empleados de esta Municipalidad,Srs. Maribel Cáceres Trillo, José Antonio Chumpitaz Ava- los, Roberto Saravia López, Sara Pinto Victorio, Luis Enri- que Vergaray Choquehuanca y empleado nombrado Arman-do Jaime García Livia; Que, de acuerdo con las conclusiones y recomendacio- nes consignadas en la Resolución de Alcaldía Nº 0316-04los servidores de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y ex servidora habrían incurrido en la comisión de faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisosa), f), h), del artículo 28º, presuntas faltas administrativas al haber infringido sus obligaciones contempladas en los Incs. b), g), h), Art.21º, por la presunción de No haber acatado laProhibición que dicta la Ley contemplado en el inc. b) Art. 23º, del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, asimismo por la presunta falta decautela en la seguridad y el Patrimonio del Estado tipificado en el Art. 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Re- glamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa,donde Maribel Cáceres Trillo se encuentra comprendida en las Observaciones 01, 03, 04, 06; , José Antonio Chumpitaz Avalos, está inmerso en las Observaciones 01,03, 04, 06¸Armando Jaime García Livia está inmerso en las Observa- ciones 01,04, 05, 06; Roberto Saravia López está inmerso en las Observaciones 01, 04, 06; Luis Enrique Vergaray Cho-quehuanca está inmerso en las Observaciones 01, 05; Sara Pinto Victorio se encuentra en las Observaciones 01,04; Que, de conformidad con las disposiciones legales vi- gentes, se cumplió con efectuar la notificación de la Resolu- ción de Alcaldía Nº 0316-04 del 7-7-04, la notificación de la Resolución de Alcaldía Nº 0356-04 del 9-8-04, por la que seinstaura los procesos administrativos disciplinarios y con el traslado de las imputaciones expresas en el Informe de Ase- soría Legal Externa, el atestado de la Dirección de PolicíaContra la Corrupción, de la Comisión CPPAD; y habiéndose notificado a los servidores y ex servidora en forma perso- nal, según consta en folios 115 al 131, y a través del DiarioOficial El Peruano; Que, los servidores y ex servidores manifiestan en su descargo lo siguiente: 1.- La Sra. Maribel Cáceres Trillo, según expediente Nº 10297-04 de folios 308 al 319, asimismo de su manifesta-ción oral en presencia de su abogado, se desprende, que su descargo lo hace en forma conjunta a las cuatro obser- vaciones(1,3,4,6) en que está inmersa, especificando losiguiente: que la procesada jamás fue partícipe de cobros a los contribuyentes que luego hayan sido apropiados por mi persona, que mi labor como cajera consistía en recibirlos pagos que efectuaban los contribuyentes por diversos conceptos como por ejemplo impuesto predial, emitir los recibos debidamente cancelados con mi firma, el sello asig-nado y su entrega al contribuyente; que no tengo ninguna responsabilidad en los cobros efectuados a los contribu- yentes y que no han sido materia de ingreso a las arcas dela Municipalidad; que las pruebas de cargo no tienen méri- to probatorio alguno contra mi persona, por cuanto la hoja informativa Nº 06-2003-CG /L530 emitido por la Contralo-ría General de la República es totalmente genérica, Que el Informe de Asesoría Legal Externa del 7-6-04, evidencia de una total subjetividad en sus apreciaciones; Que la in-