Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2004 (02/09/2004)


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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2004

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Modifican resolucion que declaro en situacion de urgencia la reparacion de motoniveladora
U.E. CARRETERA MORDAZA BASADRE RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 138-2004-GRU-UE: CFB/DE Pucallpa, 23 de agosto del 2004 VISTOS: La Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 0942004-GRU-UE: CFB/DE, de fecha 25-5-2004, el Oficio Nº E-620-2004(GTN/MON), de fecha 13-8-2004, emitido por la Sugerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y el Informe Nº 312-2004-GRU-UE: CFB-ABAST., de fecha 19-8-2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 0942004-GRU-UE: CFB/DE, de fecha 25-5-2004, se resuelve en su Articulo Primero: DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA LA REPARACION DE LA MOTONIVELADORA CHAMPION REG. Nº 433, consistente en: reparacion del motor, reparacion total de los frenos, del sistema hidraulico y de la bomba de inyeccion. Asimismo resuelve en su Articulo Segundo: APRUEBESE LA EXONERACION del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la reparacion de la Motoniveladora Champion Reg. Nº 433, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 19º Inc. "c" y 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM y su Articulo Tercero, resuelve AUTORIZAR, al Comite Especial Permanente de Adjudicaciones proceda conforme a lo dispuesto por el Ar. 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, efectuada la publicacion de la Resolucion en mencion, mediante Oficio Nº E-620-2004 (GTM/MON), de fecha 13-8-2004, notificado el dia 17-8-2004 a la Entidad, por la Subgerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, formula observacion en el sentido que en dicha Resolucion no se senala la situacion extraordinaria e imprevisible que habria originado la ausencia del servicio requerido, y que en vista de ello el CONSUCODE, solicita a la Entidad se informe los motivos por las cuales no se llevo a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente de manera oportuna. Asimismo observa que la parte resolutiva que aprueba el instrumento de exoneracion no precisa el VALOR REFERENCIAL Y LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO de la contratacion, requiriendo se tomen las medidas correctivas del caso y se informe AL CONSUCODE, en el plazo de diez (10) dias habiles de recibido el oficio correspondiente; Que, estando a las observaciones efectuadas por el CONSUCODE, mediante INFORME Nº 312-2004-GRU-UE: CFB-ABAST, de fecha 19-8-2004, la Unidad de Abastecimiento se dirige a la Direccion Administrativa de la Entidad, informando respecto a los motivos por los cuales no se llevo a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, asimismo informa respecto a la sustentacion de los motivos por los que LA REPARACION DE LA MOTONIVELADORA CHAMPION REGISTRO Nº 433, HA SIDO DECLARADO EN SITUACION DE URGENCIA Y CONSECUENTEMENTE SU EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION DE ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA, y asimismo, se proceda a subsanar los aspectos omitidos en la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 094-2004-GRU-UE: CFB/DE; dicho Informe es elevado por el Director de Administracion de la Entidad, a la Direccion Ejecutiva mediante Oficio Nº 1062004-UE: GRU-CFB-DE/DA, de fecha 23-8-04, para su tramite correspondiente; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, siendo asi; segun el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del 2004, en su 2da. Modificacion, de la Unidad Ejecutora: Carretera MORDAZA Basadre, el monto del VALOR REFERENCIAL PARA LA REPARACION DE

Dado en la sede institucional del Gobierno Regional del Callao, a los veintisiete dias del mes de agosto del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 15904

Aprueban el Programa de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional del Callao
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 020-2004-REGION CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, el inciso q. del Articulo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales- senala como una de las atribuciones del Consejo Regional el aprobar el Programa de Desarrollo Institucional; Que, el Articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Acuerdos del Consejo Regional, expresan la decision de este organo, sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico; Que, el inciso a. del Articulo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional senala que una de las atribuciones del Consejo Regional es la de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de Acuerdos y Ordenanzas Regionales; Que, el inciso q. del Articulo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional senala que son atribuciones del Consejo Regional la aprobacion de dicho instrumento tecnico normativo de gestion institucional; Que, la Comision Regional de Administracion, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, a traves del Dictamen Nº 06-2004-REGION CALLAO-COM.AMD.PLAN.PRESUPyAT, propone al Pleno del Consejo Regional la aprobacion del Programa de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional del Callao; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 27 de agosto del 2004, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867, su modificatoria aprobada por Ley Nº 27902 y por el Reglamento Interno del Consejo Regional. ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR el Programa de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional del Callao, texto que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el estricto cumplimiento del presente Acuerdo, con la finalidad de asegurar la oportuna y eficiente ejecucion del Programa de Desarrollo Institucional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayor circulacion de la Region. Articulo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente del Consejo Regional 15903

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